Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2012 (20/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2012

MORDAZA nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Bienestar Laboral y Social, encargada de las acciones de mejora y fomento del clima laboral y de la cultura organizacional en la SUNAT. Articulo 107-R°.- Funciones de la Division de Bienestar Son funciones de la Division de Bienestar: a) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias, en el ambito de su competencia. b) Ejecutar y evaluar los programas motivacionales y de integracion, asi como los de fortalecimiento de la cultura organizacional en la SUNAT. c) Realizar estudios y programas de mejora y fomento del clima laboral de la institucion, asi como realizar su seguimiento y evaluacion. d) Proponer el proyecto de presupuesto de los programas y actividades a su cargo. e) Supervisar la prestacion de servicios en los topicos de enfermeria y gestionar el suministro de medicamentos y equipos de primeros auxilios. f) Controlar los servicios que brindan los concesionarios de los comedores de la SUNAT. g) Elaborar y proponer proyectos de opinion tecnica, emitir los que correspondan, y proyectar normas relacionadas a las actividades a su cargo. h) Elaborar y elevar propuestas de alianzas estrategicas y/o convenios con entidades en materias de su competencia. i) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. j) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Bienestar Laboral y Social. Articulo 107-S°.- Division de Administracion de Programa Medico Familiar y Seguros La Division de Administracion de Programa Medico Familiar y Seguros es una unidad organica, de MORDAZA nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Bienestar Laboral y Social, encargada de administrar el Programa Medico Familiar y los diversos seguros que la SUNAT brinda a los trabajadores e integrantes de las modalidades formativas laborales. Articulo 107-T°.- Funciones de la Division de Administracion de Programa Medico Familiar y Seguros Son funciones de la Division de Administracion de Programa Medico Familiar y Seguros: a) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias, en el ambito de su competencia. b) Proponer el proyecto de presupuesto de los programas y actividades a su cargo. c) Proporcionar asistencia tecnica, evaluar y atender las solicitudes de los trabajadores e integrantes de las modalidades formativas laborales con respecto a los seguros que la SUNAT brinda, en el ambito de su competencia. d) Administrar los servicios del Programa Medico Familiar, asi como canalizar los reclamos presentados por los trabajadores. e) Elaborar y proponer proyectos de opinion tecnica, emitir los que correspondan, y proyectar normas relacionadas a las actividades a su cargo. f) Elaborar y elevar propuestas de alianzas estrategicas y/o convenios con entidades en materias de su competencia. g) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. h) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Bienestar Laboral y Social. Articulo 107-U°.- Gerencia de Seguridad y Salud en el Trabajo La Gerencia de Seguridad y Salud en el Trabajo es

una unidad organica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, encargada de la administracion de las politicas y acciones de seguridad y salud en el trabajo y asegurar su aplicacion en la SUNAT. Articulo 107-V°.- Funciones de la Gerencia de Seguridad y Salud en el Trabajo Son funciones de la Gerencia de Seguridad y Salud en el Trabajo: a) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias, en el ambito de su competencia. b) Formular el proyecto del presupuesto de los programas y actividades a su cargo. c) Elaborar los proyectos de opinion tecnica en el ambito de su competencia, emitir los que correspondan, y elaborar proyectos de normas relacionadas a las actividades a su cargo. d) Elaborar las especi caciones tecnicas y gestionar la dotacion del vestuario y equipamiento de proteccion laboral para los trabajadores de la SUNAT. e) Administrar el Sistema de Gestion de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y gestionar el cumplimiento de la normatividad correspondiente en el ambito de su competencia. f) Proponer la suscripcion de alianzas estrategicas y/o convenios con entidades, en materias de su competencia. g) Elaborar y elevar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. h) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Recursos Humanos. (...) Articulo 120°.- Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion La Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion es un organo dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administracion Interna, encargado de proveer de los procedimientos, sistemas e infraestructura informatica requeridos para apoyar las labores operativas, de soporte y de gestion de la SUNAT. Articulo 121°.- Funciones de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion Son funciones de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion: a) Dirigir el desarrollo de sistemas de informacion de la SUNAT. b) Dirigir el mantenimiento de los sistemas de informacion de la SUNAT. c) Conducir el soporte a los usuarios de los sistemas de informacion implementados, asi como supervisar, en el ambito de su competencia, las acciones de las unidades organicas desconcentradas. d) Elevar las propuestas de alianzas estrategicas y/o convenios en materias de su competencia. e) Administrar la arquitectura de sistemas de la SUNAT f) Controlar las actividades de investigacion tecnologica. g) Controlar la formulacion y actualizacion de politicas, planes, programas, proyectos y estrategias y proponerlos a la Alta Direccion para su aprobacion; asi como aprobar las que le correspondan. h) Refrendar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia y derivar a las instancias pertinentes para su atencion, cuando corresponda. i) Emitir opinion tecnica y proponer las normas relacionadas a su competencia, incluidas las relacionadas a las labores de operacion y soporte informatico en las unidades organicas desconcentradas; asi como aprobar las que le correspondan. j) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Superintendencia Nacional Adjunta de Administracion Interna.

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