Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2012 (20/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
Valor Nominal

481365
: S/. 1 000,00 (Un Mil Nuevos Soles) El monto que corresponde a las fracciones del MORDAZA sera cancelado por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, en la fecha de colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de agosto de 2026. : Nuevos Soles : 8,20% nominal anual fija. : Libremente negociables : Oferta privada al Banco de la Nacion : 05 de MORDAZA de 2016 : Mediante anotacion en cuenta en CAVALI S.A ICLV y listado en la Bolsa de Valores de MORDAZA

de Defensa ha declarado la viabilidad de los proyectos contenidos en el conjunto de requerimientos denominados "Requerimientos Intermedios" e "Implementacion, mantenimiento y equipamiento de unidades militares en el VRAEM"; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento interno y la operacion de administracion de deuda, en aplicacion del literal l) del Articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, la Ley N° 29814 y su modi catoria, y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento interno 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento interno a ser acordada entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por la suma de S/. 768 249 867,00 (SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar un conjunto de requerimientos denominados "Requerimientos Intermedios" e "Implementacion, mantenimiento y equipamiento de unidades militares en el VRAEM". 1.2 El monto correspondiente al principal de la citada operacion de endeudamiento interno, sera integramente cancelado en una (01) cuota, el 04 de MORDAZA de 2016, y devengara una tasa de interes efectiva anual de 3.9% sobre el monto efectivamente desembolsado. Los intereses seran pagados semestralmente, calculados a partir de la fecha del primer desembolso. Articulo 2º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de administracion de deuda 2.1 Apruebese la operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se generen de la operacion de endeudamiento interno que se aprueba en el articulo 1º de este decreto supremo, bajo la modalidad de re nanciacion, a traves de la emision y colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de agosto de 2026, cuya emision se aprueba en el articulo siguiente. 2.2 La Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, efectuaran la conciliacion del monto desembolsado con cargo a la operacion de endeudamiento que se aprueba mediante el articulo 1º del presente decreto supremo. Efectuada la conciliacion del monto total desembolsado, se determinara, de acuerdo con lo establecido en el respectivo Contrato de Prestamo, la cantidad de bonos soberanos que seran entregados al Banco de la Nacion. 2.3 El presente articulo entrara en vigencia el 05 de MORDAZA de 2016. Articulo 3º.- De la emision de bonos soberanos 3.1 Apruebese la emision interna de bonos hasta por S/. 768 249 867,00 (SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), la cual forma parte de la operacion de administracion de deuda a que se re MORDAZA el articulo precedente, cuyas caracteristicas seran como se detalla a continuacion:
Monto a emitir : Hasta por S/. 768 249 867,00 (Setecientos Sesenta y Ocho millones Doscientos Cuarenta y Nueve mil Ochocientos Sesenta y Siete y 00/100 Nuevos Soles).

Moneda Tasa Cupon Negociabilidad de los bonos Modalidad de colocacion Fecha de colocacion Registro

3.2 Las caracteristicas adicionales de la citada emision interna se ajustaran a lo dispuesto en el Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno, vigente a la fecha de dicha emision. 3.3 El presente articulo entrara en vigencia el 05 de MORDAZA de 2016. Articulo 4º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del conjunto de requerimientos denominados "Requerimientos Intermedios" e "Implementacion, mantenimiento y equipamiento de unidades militares en el VRAEM" sera el Ministerio de Defensa. Articulo 5º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de la operacion de endeudamiento interno y de administracion de deuda que se aprueba en los articulos 1º y 2° de este decreto supremo; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar las citadas operaciones, y las que se requieran para implementar la emision del MORDAZA a que se re MORDAZA el Articulo 3° de la presente MORDAZA legal. Articulo 6º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento interno y de administracion de deuda que se aprueban mediante los articulos 1º y 2° del presente decreto supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 880785-7

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