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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481344 d) Diseñar y construir los sistemas de información requeridos para la gestión del conocimiento. e) Realizar las pruebas unitarias y de integración de los sistemas a su cargo, así como las coordinaciones para los ajustes a las observaciones realizadas por la División de Certi¿ cación de Calidad de Software Tributario y Analítico en el ámbito de su competencia. f) Elaborar y actualizar los manuales de usuarios de los sistemas de información de su competencia. g) Aprobar el diseño de nuevos sistemas de información requeridos para la gestión del conocimiento que modi¿ quen la arquitectura de información y la de aplicaciones existentes, en el ámbito de su competencia. h) Mantener actualizados los modelos de datos, esquemas de clasi¿ cación, niveles de seguridad y demás componentes de la arquitectura de información de la SUNAT, en el ámbito de su competencia. i) Mantener actualizado la información de las aplicaciones y servicios, sus versiones, y demás componentes de la arquitectura de aplicaciones de la SUNAT, en el ámbito de su competencia. j) Elaborar propuestas de alianzas estratégicas y/o convenios en materias de su competencia. k) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. l) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. m) Elaborar y proponer proyectos de opinión técnica y de normas relacionadas a las actividades a su cargo. n) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Soluciones de Negocio. Artículo 122°.- Gerencia de Desarrollo de Sistemas Tributarios. La Gerencia de Desarrollo de Sistemas Tributarios es una unidad orgánica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, encargada del desarrollo, mantenimiento y pruebas de las aplicaciones informáticas requeridas por la SUNAT, referidas a los procesos de tributos internos. Asimismo, se encarga de las pruebas de las aplicaciones analíticas de la SUNAT. Artículo 123°.- Funciones de la Gerencia de Desarrollo de Sistemas Tributarios Son funciones de la Gerencia de Desarrollo de Sistemas Tributarios: a) Supervisar el diseño, construcción y pruebas de los sistemas de información relacionados a los procesos de tributos internos de la SUNAT. b) Supervisar las pruebas de los sistemas de información relacionados a las soluciones analíticas de la SUNAT. c) Supervisar el mantenimiento adaptativo, preventivo y correctivo de los sistemas de información que soportan los procesos de tributos internos de la SUNAT. d) Supervisar el soporte a los usuarios en la atención de incidentes y problemas en los sistemas de información que soportan los procesos de tributos internos de la SUNAT, en el ámbito de su competencia. e) Revisar y elevar propuestas de alianzas estratégicas y/o convenios en materias de su competencia. f) Conducir la formulación y actualización de propuestas de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias de su competencia. g) Aprobar y elevar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. h) Revisar y elevar las propuestas de opinión técnica y de normas relacionadas a los procesos de su competencia. i) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. Artículo 123-A°.- División de Desarrollo de Software Tributario. La División de Desarrollo de Software Tributario es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Desarrollo de Sistemas Tributarios, encargada del diseño y construcción de los sistemas de información que soportan los procesos de tributos internos de la SUNAT. Artículo 123-B°.- Funciones de la División de Desarrollo de Software Tributario Son funciones de la División de Desarrollo de Software Tributario: a) Diseñar y construir los sistemas de información relacionados a los procesos de tributos internos de la SUNAT siguiendo la metodología de desarrollo de sistemas y lineamientos de seguridad informática, aprobados. b) Realizar las pruebas unitarias y de integración de los sistemas a su cargo, así como las coordinaciones para los ajustes a las observaciones realizadas por la División de Certi¿ cación de Calidad de Software Tributario y Analítico en el ámbito de su competencia. c) Elaborar y actualizar los manuales de usuarios de los sistemas de información en el ámbito de su competencia. d) Realizar mantenimiento adaptativo de los sistemas de información que soportan los procesos de tributos internos de la SUNAT. e) Elaborar propuestas de alianzas estratégicas y/o convenios en materias de su competencia. f) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. g) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. h) Elaborar y proponer proyectos de opinión técnica y de normas relacionadas a las actividades a su cargo. i) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Desarrollo de Sistemas Tributarios. Artículo 123-C°.- División de Mantenimiento de Software Tributario. La División de Mantenimiento de Software Tributario es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Desarrollo de Sistemas Tributarios, encargada del mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de información que soportan los procesos de tributos internos de la SUNAT. Artículo 123-D°.- Funciones de la División de Mantenimiento de Software Tributario Son funciones de la División de Desarrollo de Mantenimiento de Software Tributario: a) Realizar mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de información que soportan los procesos de tributos internos de la SUNAT. b) Realizar las pruebas unitarias y de integración de los ajustes realizados, así como las coordinaciones para los ajustes a las observaciones realizadas por la División de Certi¿ cación de Calidad de Software Tributario y Analítico. c) Resolver los problemas asociados a los sistemas de información, en coordinación con la División de Atención a Usuarios y en el ámbito de su competencia. d) Brindar soporte a los usuarios en la atención de incidentes, en el ámbito de su competencia. e) Elaborar propuestas de alianzas estratégicas y/o convenios en materias de su competencia. f) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. g) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. h) Elaborar y proponer proyectos de opinión técnica y de normas relacionadas a las actividades a su cargo. i) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Desarrollo de Sistemas Tributarios. Artículo 123-E°.- División de Certifi cación de Calidad de Software Tributario y Analítico. La División de Certi¿ cación de Calidad de Software Tributario y Analítico es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Desarrollo de Sistemas Tributarios, encargada de la veri¿ cación de la calidad de los sistemas de información