Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2012 (20/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2012

Visto, la solicitud y documentos presentados por don MORDAZA Nikitin, sobre otorgamiento de la nacionalidad peruana por naturalizacion; CONSIDERANDO: Que, mediante el expediente administrativo Nº 483892006 don MORDAZA Nikitin, ciudadano de nacionalidad rusa, ha solicitado al senor Presidente Constitucional de la Republica del Peru, se le conceda la nacionalidad peruana por naturalizacion; Que, con Informe Nº 197-2009-IN-1606, Informe consolidado Nº 338-2011-IN-1606 e Informe Nº 790-2012IN-1606, la Subdireccion de Naturalizacion de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion, da cuenta que el administrado ha cumplido con presentar los requisitos generales y especi cos exigidos por las normas legales sobre la materia y opina favorablemente a efecto de la concesion de la nacionalidad peruana por naturalizacion; Que, mediante Dictamen Nº 632-2012-IN-1603, la O cina de Asesoria Legal de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion considera procedente la solicitud presentada por don MORDAZA Nikitin; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion y con la visacion de la O cina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 52 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 26574 ­ Ley de Nacionalidad y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00497-IN, la Ley Nº 29334 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, el Decreto Supremo Nº 002-2012IN- Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior y el Decreto Supremo 004-2008-IN- Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1.- Conceder la Nacionalidad Peruana por Naturalizacion a don MORDAZA Nikitin, inscribirlo en el registro respectivo y extenderle el Titulo de Nacionalidad correspondiente. Articulo 2.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 880785-12

Que, de conformidad con el inciso 3) del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 958, concordado con el inciso c) del articulo 10º del Reglamento de la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2007-JUS, una de las atribuciones de la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal es elaborar el Calendario O cial de Aplicacion Progresiva del citado Codigo y de ser el caso, proponer su modi cacion; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2011-JUS, se dispuso la MORDAZA modi cacion al Calendario O cial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal; Que, asimismo, el articulo 3º del Decreto Supremo MORDAZA acotado, senala que la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal, de acuerdo con la evaluacion y resultados obtenidos de la implementacion, podra proponer, si lo estima necesario, modi caciones en el Calendario O cial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal; Que, la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal propone modi car el Calendario O cial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal dispuesto por Decreto Supremo Nº 004-2011-JUS, a n de identi car las areas de oportunidad que permitan la elaboracion de una estrategia transversal y sistemica, que contenga los objetivos y estrategias conjuntas para realizar la implementacion del MORDAZA sistema de justicia penal en las regiones del VRAEM y MORDAZA para el ano 2014, teniendo en consideracion las experiencias adquiridas en los 23 Distritos Judiciales en los cuales ya se ha implementado el referido Codigo; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el inciso 3) del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 958, que regula el MORDAZA de Implementacion y Transitoriedad del MORDAZA Codigo Procesal Penal; y la Ley Nº 28671, Ley que modi ca la entrada en vigencia del Codigo Procesal Penal y dicta Normas Complementarias para el MORDAZA de implementacion del MORDAZA Codigo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2011-JUS Modificase el Calendario O cial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal, de acuerdo a lo propuesto por la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal, quedando de la siguiente manera: Ano 2014: Primera Fase:Apurimac y Huancavelica. Ano 2014: MORDAZA Fase: MORDAZA y Junin.

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Modifican el Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal
DECRETO SUPREMO N° 019-2012-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se promulgo el MORDAZA Codigo Procesal Penal; Que, a traves del Decreto Legislativo Nº 958 se MORDAZA el MORDAZA de implementacion y transitoriedad del MORDAZA Codigo Procesal Penal, creandose la Comision Especial de Implementacion del citado Codigo, la misma que esta integrada por representantes del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio del Interior, Ministerio de Economia y Finanzas y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuyo representante la preside;

Ano 2014: Tercera Fase: Callao, MORDAZA Norte, MORDAZA Sur y Lima. Articulo 2º.- Secuencia del cronograma En el ano 2014, el Codigo Procesal Penal entrara en vigencia en la primera fase, el 1 de abril; en la MORDAZA fase, el 01 de julio; y en la tercera fase, el 01 de diciembre. Articulo 3º.Trabajos conjuntos e interinstitucionales En el ano 2013, la Secretaria Tecnica de la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal, en coordinacion conjunta con los Equipos Tecnicos Institucionales, llevaran a cabo las evaluaciones a nivel normativo y operativo que permitan a la Comision Especial suscribir convenios y emitir las directivas u otros documentos necesarios para una adecuada implementacion de las regiones del VRAEM y MORDAZA, respectivamente. Articulo 4º.- Modificaciones en el calendario La Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal, de acuerdo con el monitoreo, la evaluacion y los resultados obtenidos de la implementacion, podra proponer, si lo estima necesario, modi caciones en el Calendario O cial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal.

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