TEXTO PAGINA: 90
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481368 bono se considerará el régimen de dozavos por fracciones inferiores a un año de servicio. Artículo 4º.- De la naturaleza de la bonifi cación extraordinaria La boni¿ cación extraordinaria no tiene carácter remunerativo ni pensionable, ni es base de cálculo para cualquier otro bene¿ cio. Artículo 5º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O¿ cial El Peruano. Artículo 6.- Publicación Publíquese la presente norma en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en el Portal Institucional de los Ministerios de Economía y Finanzas, Defensa e Interior, el mismo día de su publicación en el Diario O¿ cial El Peruano. Artículo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior ANEXO 1 Nivel remune- rativo Grados equivalentes Ofi ciales Base de Cálculo (S/.) Ejército Marina de Guerra Fuerza Aérea Policía Nacional 1 General de División Vicealmirante Teniente General Teniente General 1 500 2 General de Brigada Contraalmirante Mayor General General 1 463 3 Coronel Capitán de Navío Coronel Coronel 1 209 4 Teniente Coronel Capitán de Fragata Comandante Comandante 749 5 Mayor Capitán de Corbeta Mayor Mayor 569 6 Capitán Teniente Primero Capitán Capitán 473 7 Teniente Teniente Segundo Teniente Teniente 395 8 Sub Teniente Alférez de Fragata Alférez Alférez 386 Nivel remu- nerativo Grados equivalentes Subofi ciales Base de Cálculo (S/.) Ejército Marina de Guerra Fuerza Aérea Policía Nacional 1 Técnico Jefe Superior Técnico Superior Primero Técnico Supervisor Sub Ofi cial Superior 467 2 Técnico Jefe Técnico Superior Segundo Técnico Inspector Sub Ofi cial Brigadier 448 3 Técnico Primera Técnico Primero Técnico de Primera Sub Ofi cial Técnico de Primera 417 4 Técnico Segunda Técnico Segundo Técnico de Segunda Sub Ofi cial Técnico de Segunda 390 5 Técnico Tercera Técnico Tercero Técnico de Tercera Sub Ofi cial Técnico de Tercera 368 6 Sub Ofi cial de Primera Ofi cial de Mar Primero Sub Ofi cial de Primera Sub Ofi cial de Primera 357 7 Sub Ofi cial Segunda Ofi cial de Mar Segundo Sub Ofi cial de Segunda Sub Ofi cial de Segunda 351 8 Sub Ofi cial Tercera Ofi cial de Mar Tercero Sub Ofi cial de Tercera Sub Ofi cial de Tercera 346 880786-1 Ratifican Acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN que aprobó la modificación del “Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del diseño, financiamiento, construcción, operación y mantenimiento del Nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero - Cusco” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 079-2012-EF Lima, 19 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27528, publicada el 11 de octubre de 2001, se creó el Proyecto Especial Aeropuerto Internacional de Chinchero, a cargo de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada – COPRI y se declaró de necesidad y utilidad pública y de la más alta prioridad para el Estado, el Proyecto Especial Aeropuerto Internacional de Chinchero, en la provincia de Urubamba del departamento del Cusco; Que, el Artículo 4º de la citada Ley autorizó a la COPRI la entrega en concesión al sector privado para la construcción, operación y explotación del nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero en el departamento del Cusco, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos; Que, por el Decreto Supremo Nº 27-2002-PCM, se dispuso la absorción de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, la Comisión Nacional de Inversiones y Tecnologías Extranjeras - CONITE y de la Gerencia de Promoción Económica de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERÚ, por la Dirección Ejecutiva FOPRI, pasando a denominarse Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, en sesión de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 14 de abril de 2010, se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto “Entrega en concesión del diseño, construcción, operación y mantenimiento del Nuevo Aeropuerto Internacional del Cusco - Chinchero”; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 039-2010, se incorporó, dentro de los proyectos prioritarios de necesidad nacional a que se re¿ ere el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 121-2009, modi¿ cado por el Decreto de Urgencia Nº 032-2010, el Aeropuerto Internacional de Chinchero – Cusco; Que, en sesión de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 7 de Julio de 2010, considerando la necesidad de adecuar el texto del Acuerdo del Consejo Directivo de fecha 14 de abril de 2010 -para incluirlo dentro de los alcances de Decreto de Urgencia Nº 039-2010- se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto “Entrega en concesión del diseño, construcción, operación y mantenimiento del Nuevo Aeropuerto Internacional del Cusco - Chinchero”, Acuerdo que fue publicado el 16 de julio de 2010 en el Diario O¿ cial El Peruano; Que, en sesión de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 27 de agosto de 2010, se aprobaron modi¿ caciones al Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto “Entrega en concesión del diseño, construcción, operación y mantenimiento del Nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero - Cusco”; Acuerdo que fue publicado el 28 de agosto de 2010, en el Diario O¿ cial El Peruano; en mérito a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 039-2010; Que, en sesión de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 20 de enero de 2011, se aprobaron modi¿ caciones al citado Plan; Acuerdo que fue publicado el 21 de enero de 2011 en el Diario O¿ cial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 001-2011; Que, en sesión de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN de fecha 28 de abril de 2011, se acordó aprobar modi¿ caciones al referido Plan, a efectos de