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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481351 División, así como formular y noti¿ car las liquidaciones de cobranza, y remitir la documentación correspondiente para su cobranza coactiva o para la ejecución de la garantía. f) Proyectar resoluciones sobre solicitudes de incentivos migratorios, y resolver las solicitudes de franquicia aduanera diplomática, de transferencia de mercancía importada con exoneración o inafectación tributaria; así como emitir resoluciones que modi¿ quen, revoquen, sustituyan o complementen dichos actos administrativos. g) Proyectar las resoluciones que declaren la prescripción, la cobranza dudosa u onerosa y las que se pronuncien sobre la inadmisibilidad o desistimiento de las apelaciones. h) Emitir respuesta a las consultas técnicas escritas que formulen las unidades orgánicas de la SUNAT en los aspectos de su competencia i) Proyectar la respuesta a consultas técnicas que formulen las instituciones del sector público, entidades representativas del sector privado, organismos internacionales, entidades extranjeras, personas naturales o jurídicas, en coordinación con las unidades orgánicas de la SUNAT, de corresponder. j) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Atención al Usuario Aduanero y Sistema de Calidad. Artículo 141-E°.- División de Gestión del Sistema de Calidad La División de Gestión del Sistema de Calidad es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Atención al Usuario Aduanero y Sistema de Calidad, encargada de administrar el sistema de gestión de la calidad, y proyectar la normatividad correspondiente. Artículo 141-F°.- Funciones de la División de Gestión del Sistema de Calidad Son funciones de la División de Gestión del Sistema de Calidad: a) Evaluar, proyectar y actualizar el manual, los procedimientos, instructivos y circulares exigidos por el sistema de gestión de la calidad, así como atender las consultas técnicas de su competencia. b) Establecer mecanismos para la difusión, retroalimentación y veri¿ cación del cumplimiento del sistema de gestión de calidad, así como promover, el establecimiento, evaluación y seguimiento de estándares e indicadores de dicho sistema. c) Implementar y mantener actualizado el módulo del Sistema de Gestión de la Calidad y los sistemas de información institucional respecto a la información de su competencia. d) Elaborar y proponer al Comité Directivo de la Calidad el programa anual de auditorías internas y externas de calidad; así como conducir su ejecución y seguimiento de sus resultados. e) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Atención al Usuario Aduanero y Sistema de Calidad. Artículo 141-G°.- Gerencia de Procesos de Carga, Tránsito e Ingreso La Gerencia de Procesos de Carga, Tránsito e Ingreso es una unidad orgánica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, encargada de conducir el diseño y mejora de los procesos de carga, regímenes de tránsito, tránsito internacional, importación para el consumo, admisión temporal para reexportación en el mismo estado y para perfeccionamiento activo, depósito aduanero, reimportación en el mismo estado, exoneraciones e inafectaciones tributario – aduaneras, y proponer la normatividad vinculada a dichos procesos. Artículo 141-H°.- Funciones de la Gerencia de Procesos de Carga, Tránsito e Ingreso Son funciones de la Gerencia de Procesos de Carga, Tránsito e Ingreso: a) Evaluar y elevar las propuestas de diseño y mejora de los procesos de su competencia. b) Evaluar y elevar las propuestas de procedimientos, circulares, instructivos y demás normatividad, relacionados a las materias de su competencia. c) Emitir respuesta a las propuestas de normatividad interna formuladas por otras unidades orgánicas y órganos así como evaluar los proyectos de respuesta a las propuestas de normatividad remitidos por entidades del sector público o representativas del sector privado, organismos internacionales u otras entidades extranjeras; en coordinación con las unidades orgánicas de la SUNAT, de corresponder. d) Absolver las consultas técnicas escritas sobre los temas de su competencia, formuladas por personas naturales o jurídicas y evaluar los proyectos de respuesta de consultas técnicas solicitadas por las entidades del sector público o representativas del sector privado, organismos internacionales u otras entidades extranjeras, en coordinación con otras unidades orgánicas de corresponder. e) Emitir resoluciones sobre recursos impugnatorios, las que declaren la prescripción, la cobranza dudosa u onerosa, así como las que se pronuncien sobre la inadmisibilidad o desistimiento de las apelaciones o elevar estas últimas al organismo competente, según corresponda. f) Conducir los procesos a cargo de las unidades orgánicas que dependen de ella. g) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera. Artículo 141-I°.- División de Procesos de Carga y Tránsito La División de Procesos de Carga y Tránsito es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Procesos de Carga, Tránsito e Ingreso, encargada del diseño y mejora de los procesos de carga, los regímenes de tránsito y el tránsito internacional, y proponer la normatividad correspondiente. Artículo 141-J°.- Funciones de la División de Procesos de Carga y Tránsito Son funciones de la División de Procesos de Carga y Tránsito: a) Elaborar la propuesta de diseño o mejora de los procesos de su competencia. b) Elaborar los requerimientos informáticos, las especi¿ caciones técnicas e interfaces de usuarios y demás de¿ niciones que requiera el sistema que da soporte a los procesos de su competencia. c) Elaborar la propuesta de procedimientos, circulares, instructivos y demás normatividad, relacionados a las materias de su competencia. d) Proyectar respuesta a las propuestas de normatividad, formuladas por otras unidades orgánicas o por otras entidades del sector público o representativas del sector privado, organismos internacionales u otras entidades extranjeras. e) Emitir respuesta a las consultas técnicas escritas que formulen las unidades orgánicas de la SUNAT en los aspectos de su competencia. f) Evaluar las consultas técnicas que formulen las instituciones del sector público, entidades representativas del sector privado, organismos internacionales, entidades extranjeras, personas naturales o jurídicas y proyectar la respuesta, en coordinación con las unidades orgánicas de la SUNAT, de corresponder. g) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Procesos de Carga, Tránsito e Ingreso. Artículo 141-K°.- División de Procesos de Ingreso La División de Procesos de Ingreso es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Procesos de Carga, Tránsito e Ingreso, encargada del diseño y mejora de los procesos de importación para el consumo, admisión temporal para reexportación en el mismo estado y para perfeccionamiento activo, depósito aduanero, reimportación en el mismo estado, exoneraciones e inafectaciones tributario – aduaneras, y de proponer la normatividad correspondiente. Asimismo, atiende las solicitudes de emisión de resoluciones anticipadas sobre