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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 96

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481374 Dan por concluida designación de Jefe de Tesorería de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 343-2012-MIMP Lima, 18 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 116-2012- MIMP se designó al señor economista Antonio Gilberto Bustamante Mandamiento en el cargo de Jefe de Tesorería de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, en atención a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo ʋ 003-2012- MIMP, mediante Resolución Ministerial ʋ 316-2012-MIMP se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS; Que, el referido Manual contempla una nueva estructura orgánica, por lo que resulta pertinente dar por concluida la designación a la que se contrae el primer considerando; De conformidad con lo dispuesto por la Ley ʋ 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley ʋ 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo ʋ 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo ʋ 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del economista ANTONIO GILBERTO BUSTAMANTE MANDAMIENTO efectuada mediante Resolución Ministerial ʋ 116-2012-MIMP de fecha 23 de mayo de 2012, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP 880659-1 Conforman Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa y Equipo de Mejora Continua del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 344-2012-MIMP Lima, 18 de diciembre de 2012 Visto, el Memorando Nº 224-2012-MIMP/OGPP de la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la simpli¿ cación administrativa como política nacional de obligatorio cumplimiento, es aplicable a todas las entidades públicas que tramitan procedimientos administrativos o brindan servicios administrativos en exclusividad; en ese sentido, involucra al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP; Que, con la ¿ nalidad de orientar a las entidades del sector público en el desarrollo de los procesos de simpli¿ cación administrativa, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM se aprobó la Metodología de Simpli¿ cación Administrativa; Que, en virtud de la citada metodología, se dispone la conformación de un Comité de Dirección del Proceso de Simpli¿ cación Administrativa como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simpli¿ cación y el Equipo de Mejora Continua como responsable de plani¿ car y gestionar el proceso de simpli¿ cación administrativa al interior de cada entidad del sector público; Que, en mérito a lo expuesto y considerando la nueva estructura orgánica y funciones especí¿ cas de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, es necesario conformar el Comité de Dirección del Proceso de Simpli¿ cación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua del MIMP; Con las visaciones de los Viceministerios de la Mujer y de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General y de las O¿ cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y de Asesoría Jurídica; y, Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar el Comité de Dirección del Proceso de Simpli¿ cación Administrativa como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simpli¿ cación administrativa en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, así como de supervisar y facilitar la labor del Equipo de Mejora Continua, el que estará integrado de la siguiente manera: - El (La) Secretario (a) General, quien lo presidirá. - El (La) Viceministro (a) de la Mujer o su representante. - El (La) Viceministro (a) de Poblaciones Vulnerables o su representante. - El (La) Director (a) General de la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto. - El (La) Director (a) General de la O¿ cina General de Administración; y, - Un (a) representante de los administrados o de la Sociedad Civil, el cual será determinado a través de documento del Despacho Ministerial. Artículo 2.- Conformar el Equipo de Mejora Continua - EMC del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, responsable de plani¿ car y gestionar el proceso de simpli¿ cación administrativa, según lo señalado en la Metodología de Simpli¿ cación Administrativa aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, el que estará integrado de la siguiente manera: - El (La) Jefe (a) de la O¿ cina de Modernización Institucional, responsable del Equipo de Mejora Continua. - Un (a) representante de la O¿ cina General de Asesoría Jurídica, especialista legal. - Un (a) representante de la O¿ cina General de Administración, especialista en costos. - Un (a) representante de la O¿ cina de Modernización Institucional, especialista administrativo o especialista en racionalización. - Un (a) representante de la O¿ cina de Tecnologías de la Información, especialista en informática y tecnología. - Un (a) representante de la O¿ cina de Comunicación, especialista en comunicaciones; y, Artículo 3.- El Equipo de Mejora Continua - EMC realizará las actividades señaladas en la Metodología de Simpli¿ cación Administrativa, pudiendo incorporar de manera temporal a los responsables de los procedimientos que pueden ser una o más personas de los diferentes órganos, programas nacionales o unidades orgánicas de la Entidad. Sin perjuicio de ello, todas las dependencias del MIMP deberán brindar al Equipo de Mejora Continua el apoyo que éste requiere para el cumplimiento de sus ¿ nes. Artículo 4.- Los documentos e informes que elaboren el Comité de Dirección del Proceso de Simpli¿ cación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua, serán difundidos al público en general a través del Portal