Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2012 (20/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2012

aplicacion de exoneracion y suspension de aranceles aduaneros. Articulo 141-L°.- Funciones de la Division de Procesos de Ingreso Son funciones de la Division de Procesos de Ingreso: a) Elaborar la propuesta de diseno y mejora de los procesos de su competencia. b) Elaborar los requerimientos informaticos, las especi caciones tecnicas e interfaces de usuarios y demas de niciones que requiera el sistema que da soporte a los procesos de su competencia. c) Elaborar la propuesta de procedimientos, circulares, instructivos y demas normatividad, relacionados a las materias de su competencia. d) Proyectar respuesta a las propuestas de normatividad, formuladas por otras unidades organicas o por otras entidades del sector publico o representativas del sector privado, organismos internacionales y u otras entidades extranjeras. e) Emitir respuesta a las consultas tecnicas escritas que formulen las unidades organicas de la SUNAT en los aspectos de su competencia. f) Evaluar las consultas tecnicas que formulen las instituciones del sector publico, entidades representativas del sector privado, organismos internacionales, entidades extranjeras, personas naturales o juridicas y proyectar la respuesta, en coordinacion con las unidades organicas de la SUNAT, de corresponder. g) Emitir las resoluciones anticipadas sobre aplicacion de exoneracion, con excepcion de las resoluciones de incentivos migratorios, y suspension de aranceles aduaneros y para declarar el abandono o el desistimiento de las solicitudes, asi como las que se requieran para modi car, revocar, sustituir o complementar dichas resoluciones. h) Emitir las resoluciones de determinacion y/o de aplicacion de sanciones sobre los temas de su competencia, asi como formular y noti car las liquidaciones de cobranza, remitir la documentacion correspondiente para su cobranza coactiva, de corresponder. i) Proyectar las resoluciones que declaren la prescripcion, la cobranza dudosa u onerosa, asi como las que se pronuncien sobre la inadmisibilidad o desistimiento de las apelaciones. j) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Procesos de Carga, MORDAZA e Ingreso. Articulo 141-M°.- Gerencia de Procesos de Salida y Regimenes Especiales La Gerencia de Procesos de Salida y Regimenes Especiales es la unidad organica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, encargada de conducir el diseno y mejora de los procesos de exportacion de nitiva, exportacion temporal para perfeccionamiento pasivo y para reimportacion en el mismo estado, restitucion simpli cada de derechos arancelarios, reposicion de mercancia con franquicia arancelaria, regimenes especiales o de excepcion y zonas o centros de tratamiento especial, y proponer la normatividad vinculada a dichos procesos. Articulo 141-N°.- Funciones de la Gerencia de Procesos de Salida y Regimenes Especiales Son funciones de la Gerencia de Procesos de Salida y Regimenes Especiales: a) Evaluar y elevar las propuestas de diseno y mejora de los procesos de su competencia. b) Evaluar y elevar las propuestas de procedimientos, circulares, instructivos y demas normatividad, relacionados a las materias de su competencia. c) Emitir respuesta a las propuestas de normatividad interna formuladas por otras unidades organicas y organos, asi como evaluar los proyectos de respuesta a las propuestas de normatividad remitidos por entidades del sector publico o representativas del sector privado, organismos internacionales u otras entidades extranjeras¸ en coordinacion con las unidades organicas de la SUNAT, de corresponder. d) Absolver las consultas tecnicas escritas sobre los temas de su competencia, formuladas por las personas

naturales o juridicas y evaluar los proyectos de respuesta de consultas tecnicas solicitadas por las entidades del sector publico o representativas del sector privado, organismos internacionales u otras entidades extranjeras, en coordinacion con otras unidades organicas de corresponder. e) Emitir resoluciones sobre recursos impugnatorios y las que se pronuncien sobre la inadmisibilidad o desistimiento de las apelaciones o elevar estas ultimas al organismo competente, segun corresponda. f) Conducir los procesos a cargo de las unidades organicas que dependen de ella. g) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera. Articulo 141-O°.- Division de Procesos de Salida La Division de Procesos de Salida es una unidad organica, de MORDAZA nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Procesos de Salida y Regimenes Especiales, encargada del diseno y mejora de los procesos de exportacion de nitiva, exportacion temporal para perfeccionamiento pasivo y para reimportacion en el mismo estado, restitucion simpli cada de derechos arancelarios, reposicion de mercancia con franquicia arancelaria, y de proyectar la normatividad correspondiente. Asimismo atiende las solicitudes de emision de resoluciones anticipadas sobre restitucion simpli cada de derechos arancelarios y sobre reimportacion de mercancias reparadas o alteradas. Articulo 141-P°.- Funciones de la Division de Procesos de Salida Son funciones de la Division de Procesos de Salida: a) Elaborar las propuestas de diseno y mejora de los procesos de su competencia. b) Elaborar los requerimientos informaticos, las especi caciones tecnicas e interfaces de usuarios y demas de niciones que requiera el sistema que da soporte a los procesos de su competencia. c) Elaborar la propuesta de procedimientos, circulares, instructivos y demas normatividad, relacionados a las materias de su competencia. d) Proyectar respuesta a las propuestas de normatividad, formuladas por otras unidades organicas o por otras entidades del sector publico o representativas del sector privado, organismos internacionales y otras entidades extranjeras. e) Emitir respuesta a las consultas tecnicas escritas que formulen las unidades organicas de la SUNAT en los aspectos de su competencia. f) Evaluar las consultas tecnicas que formulen las instituciones del sector publico, entidades representativas del sector privado, organismos internacionales, entidades extranjeras, personas naturales o juridicas y proyectar la respuesta, en coordinacion con las unidades organicas de la SUNAT, de corresponder. g) Emitir las resoluciones anticipadas sobre restitucion simpli cada de derechos arancelarios y sobre reimportacion de mercancias reparadas o alteradas y para declarar el abandono o el desistimiento de las solicitudes, asi como las que se requieran para modi car, revocar, sustituir o complementar dichas resoluciones. h) Proyectar las resoluciones que se pronuncien sobre la admisibilidad o desistimiento de las apelaciones. i) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Procesos de Salida y Regimenes Especiales. Articulo 141-Q°.- Division de Procesos de Regimenes Especiales La Division de Procesos de Regimenes Especiales es una unidad organica, de MORDAZA nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Procesos de Salida y Regimenes Especiales, encargada del diseno, actualizacion y mejora de los procesos de regimenes especiales o de excepcion y zonas o centros de tratamiento especial, y de proyectar la normatividad correspondiente. Articulo 141-R°.- Funciones de la Division de Procesos de Regimenes Especiales Son funciones de la Division de Procesos de Regimenes Especiales:

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