Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2012 (24/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2012

de MORDAZA del 2012, que aplica a las entidades del Sistema Nacional de Informatica del que el BCRP forma parte e incluye un cronograma de implementacion; De acuerdo a la Resolucion Ministerial N° 129-2012PCM "...cada entidad designara un coordinador que MORDAZA las veces de oficial de seguridad de la informacion hasta la adecuacion de su estructura organizacional donde se incorpore esta funcion..."; De conformidad con lo acordado por el Directorio en su sesion del 12 de MORDAZA de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Delgado-Neira Coordinador del Banco Central de Reserva del Peru ante la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica para la implementacion del Sistema de Gestion de Seguridad de la Informacion. Articulo 2°.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir de la fecha. Publiquese. MORDAZA MORDAZA Presidente 818382-1

N° 29277 - Ley de la MORDAZA Judicial, que el perfil del juez esta constituido por un conjunto de capacidades y cualidades personales que permiten asegurar que, en el ejercicio de sus funciones, respondera de manera idonea a las demandas de justicia. Entre las caracteristicas que configuran el perfil del juez, caben destacar: que tenga una formacion juridica solida, capacidad para interpretar y razonar juridicamente a partir de casos concretos, y una trayectoria personal eticamente irreprochable; Cuarto: Que, de la informacion recibida sobre la conducta del magistrado evaluado, objetivamente fluye lo siguiente: i) En el formato de declaracion jurada el magistrado no indico registrar sancion disciplinaria alguna. Empero, segun el reporte y documentacion de la Oficina de Control de la Magistratura, el magistrado MORDAZA MORDAZA Aguinaga MORDAZA, registra una multa del 10% de su haber mensual, por haber incurrido en motivacion insuficiente de una sentencia penal emitida en el expediente Nº 259-2008, de la Tercera Sala Penal con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, tal como fue establecido en la Ejecutoria Suprema del 30 de setiembre de 2010, asimismo, se le han impuesto cuatro apercibimientos, uno de ellos por cambiar de criterio en un mismo caso penal. ii) Conforme al reporte e informacion de la Oficina de Control de la Magistratura registra varias investigaciones en tramite: 1) investigacion Nº 011-2010, en la que se ha propuesto se le imponga al magistrado evaluado la medida disciplinaria de multa del 10% de su haber mensual (por no adoptar las medidas necesarias para evitar el quiebre del juicio oral del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por delito de homicidio, por no motivar suficientemente la desestimacion de la actuacion de una prueba de la parte civil, por no existir correspondencia entre la sentencia leida y la que aparece en el expediente, y por no haber puesto a disposicion oportunamente la sentencia); 2) investigacion Nº 151-2010, en la que el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, impuso la medida disciplinaria de suspension al magistrado evaluado por un mes, en razon a que anulo una sentencia firme; y, 3) investigacion Nº 407-2010, en la que se ha propuesto se le imponga al magistrado evaluado la medida disciplinaria de suspension por dos meses, debido a que en la sentencia recaida en el MORDAZA penal seguido contra Sabey Gales Piscoya MORDAZA, por el delito de corrupcion de funcionarios se vulnero el MORDAZA acusatorio y se inobservo la sentencia vinculante de la Corte Suprema del 13 de MORDAZA de 2007 (Queja Nº 16782006). iii) En materia de participacion ciudadana, se ha de precisar que se han presentado u obraban en el Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, once denuncias, la mayor parte fueron resueltas por la OCMA u ODICMA conforme aparece en la carpeta de evaluacion, siendo el caso destacar, la interpuesta por Sabey Gales Piscoya MORDAZA, quien en sintesis sostiene, que el magistrado evaluado cambio el contenido de la sentencia leida el 22 de setiembre de 2009, asi como, ha sido victima de amenaza de muerte durante una conversacion telefonica sostenida entre los magistrados MORDAZA Aguinaga MORDAZA y Malzon MORDAZA La MORDAZA, la que se propalo en el programa televisivo "Panorama" el 16 de MORDAZA de 2010, habiendose ­segun la trascripcion de la grabacion- sostenido la conversacion siguiente: "Urbina: Alli en el MORDAZA de Piscoya habria que hacer algo academico juridico. Aguinaga: ¿Que podriamos hacer? Urbina: Un habeas MORDAZA podria ser por una persecucion. Aguinaga: preventivo. Urbina: tu planteamiento de le mandes una embajada con tus contactos en el hampa era, algo que no era viable ¿a quien pensabas mandar tu? Aguinaga: yo tengo un amigo que es del INPE, asi es que cualquier cosa doctor. Urbina: ¿Pero no te parece eso....? Aguinaga: MORDAZA, no, no, es peligroso... pero siempre se llega a saber, ya, si la cosa se pone de otro MORDAZA, yo mismo soy, no creo en nadie, yo mi unica reaccion es cuando me joden, me tocan indebidamente, porque si es debidamente, como las huevas normal. No, no, no. La unica cosa que puedes hacer tu es matar a una persona para que no quede huella. Todo lo demas es... Y matar a una persona es ya pues, estamos hablando de que cosa, Nadie haria eso. Pero este Piscoya si se merece pues porque es un desgraciado. Urbina: es una persona incorrecta. Aguinaga: es un perro".

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Resuelven no ratificar en el cargo a magistrado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 156-2012-PCNM MORDAZA, 19 de marzo de 2012 VISTO: El expediente de evaluacion y ratificacion de don MORDAZA MORDAZA Aguinaga Moreno; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, por Resolucion N° 280-2003-CNM, de 02 de MORDAZA de 2003, don MORDAZA MORDAZA Aguinaga MORDAZA fue nombrado Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, juramentando en el cargo el 10 de MORDAZA de 2003, quien ejerce actualmente como Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por traslado dispuesto de conformidad con la Resolucion Administrativa N° 043-2008-CE-PJ, de 6 de febrero de 2008 y titulo del Consejo Nacional de la Magistratura expedido con fecha 28 de febrero de 2008, habiendo transcurrido el periodo de siete anos a que se refiere el articulo 154° inciso 2) de la Constitucion Politica del Peru para los fines del MORDAZA de evaluacion y ratificacion correspondiente; Segundo: Que, por acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura se aprobo la Convocatoria N° 004­2011­CNM de los procesos individuales de evaluacion y ratificacion, comprendiendo entre otros a don MORDAZA MORDAZA Aguinaga MORDAZA, precisandose que su convocatoria es en la calidad que ejerce actualmente como Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, cuyo periodo de evaluacion comprende su ejercicio efectivo como magistrado desde el 10 de MORDAZA de 2003 a la fecha de conclusion del presente MORDAZA, cuyas etapas han culminado con la entrevista personal al evaluado en sesion publica de 19 de marzo de 2012; habiendose garantizado el acceso previo al expediente e informe individual para su lectura respectiva, respetando en todo momento las garantias del derecho al debido MORDAZA, por lo que corresponde adoptar la decision; Tercero: Que, como desarrollo del articulo 146º de la Constitucion, se ha establecido en el articulo 2º de la Ley

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