Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2012 (26/07/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

471446

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2012

Articulo 29°.- Documentacion e informacion a presentar en caso de valores extranjeros de emisores de paises del Anexo N° 15 "Paises de referencia" Los valores extranjeros admitidos a negociacion en las Bolsas de Valores o Mercados Organizados, debidamente autorizados, de paises que forman parte del Anexo N° 15 del presente Reglamento podran inscribirse en el Registro y en el RVB a solicitud del emisor o de un Agente Promotor. Para tal efecto, se debe presentar junto con la solicitud respectiva segun el formato contenido en el Anexo N° 3 "Solicitud de Inscripcion de Valores Extranjeros", los siguientes documentos e informacion: 29.1 Las principales caracteristicas del emisor: su razon o denominacion social, la fecha de su constitucion, domicilio, MORDAZA de origen, sector al que pertenece, actividad economica, principales productos, asi como el importe del capital social pagado en la moneda de origen y en dolares americanos. 29.2 Las principales caracteristicas de los valores a inscribir: su valor nominal, los derechos que confieren, su numero de identificacion ISIN y mnemonico del valor, de ser el caso. 29.3 La fecha y el MORDAZA de derecho pendiente de pago. 29.4 MORDAZA del contrato celebrado con una Institucion de Compensacion y Liquidacion de Valores del MORDAZA para la Representacion de Valores por Anotaciones en Cuenta, indicando un domicilio en el Peru para todos los fines de comunicaciones y/o notificaciones judiciales o extrajudiciales, segun corresponda. 29.5 La indicacion de la institucion del exterior encargada de la custodia, compensacion y liquidacion del valor a inscribir con la que una Institucion de Compensacion y Liquidacion de Valores del MORDAZA MORDAZA suscrito convenio, o en su defecto, un informe detallando los medios y facilidades para la custodia, compensacion y liquidacion de valores. 29.6 En el caso de que la inscripcion sea solicitada por emisor extranjero, MORDAZA del acta en la que consten los acuerdos adoptados por el organo competente, sobre el registro de los valores en la SMV y en la Bolsa, el sometimiento a sus normas y disposiciones, y el nombramiento de la persona que tramitara la inscripcion; asi como, del representante bursatil (ambos domiciliados en el Peru). 29.7 En el caso de que la inscripcion sea solicitada por emisor extranjero, poder del representante que tramita la inscripcion, asi como del representante bursatil (con las facultades de representacion de los articulos 74 y 75 del Codigo Procesal Civil), debidamente inscrito en los Registros Publicos del pais. 29.8 MORDAZA simple del contrato suscrito con la entidad de certificacion digital autorizada para el uso del sistema MVNet, segun corresponda. 29.9 Informacion adicional que el solicitante o su representante considere pertinente. 29.10 MORDAZA simple del recibo de pago o deposito a favor de la SMV por concepto del derecho a tramite. Articulo 30°.- Documentacion e informacion a presentar en caso de valores extranjeros de emisores de paises no incluidos en el Anexo N° 15 "Paises de referencia" Los valores extranjeros admitidos a negociacion en las Bolsas de Valores o Mercados Organizados, debidamente autorizados, de paises no incluidos en el Anexo N° 15 del presente Reglamento, podran inscribirse en el Registro y en el RVB a solicitud del emisor o de un Agente Promotor, para lo cual deberan adjuntar a la solicitud de inscripcion (Anexo N° 3 "Solicitud de Inscripcion de Valores Extranjeros"), la siguiente documentacion e informacion: 30.1 Aquella prevista en el articulo 8° del presente Reglamento. 30.2 Adicionalmente deberan presentar la siguiente informacion: 30.2.1 Los Estados Financieros a que se refiere el numeral 8.4 del articulo 8°, preparados en la forma exigida en su MORDAZA de origen, salvo disposicion legal en contrario, los mismos que deberan ser suscritos por una sociedad de auditoria del exterior que goce de reconocido prestigio internacional.

30.2.2 El codigo ISIN y el mnemonico del valor. 30.2.3 La indicacion de las bolsas o mercados donde se negocien los valores objeto de inscripcion, incluyendo informacion cuantitativa de estos mercados, tales como el valor de capitalizacion, importes y volumenes negociados, numero de emisoras inscritas y de intermediarios registrados. 30.2.4 Con relacion al ultimo trimestre, datos relativos a la evolucion en los mercados donde se negocien los valores objeto de inscripcion, tales como el promedio del precio, volumen de negociacion, numero de valores en circulacion, valor de capitalizacion, numero de valores negociados y nivel de rotacion. 30.2.5 Informe del regimen legal del MORDAZA en el que este constituido el emisor y las principales diferencias con la legislacion peruana, abarcando las materias societarias, tributarias, del MORDAZA de valores, restricciones al ingreso y salida de capital, dividendos, intereses, comisiones, medios con que contara el titular de los valores para hacer MORDAZA sus derechos ante el emisor y todas aquellas de importancia. El informe sera suscrito por el profesional responsable. 30.2.6 Informe de las principales diferencias entre el tratamiento contable del MORDAZA de origen del emisor o del MORDAZA donde se negocien sus valores, con el Peru, en especial los principios para la preparacion de estados financieros de las emisoras, indicando si se rige por normas y principios aceptados a nivel internacional; asi como, si la MORDAZA de la informacion anual consolidada es dictaminada por auditores independientes, y haciendo referencia a su efecto sobre las cuentas del balance y el estado de ganancias y perdidas. El informe debera ser suscrito por el profesional responsable. 30.2.7 Restricciones y controles a los que esta sujeto el emisor en su MORDAZA de origen. 30.2.8 En caso sea la emisora la que solicite la inscripcion del valor, esta debera presentar MORDAZA del acuerdo adoptado por el organo competente de la misma, por el cual se compromete a cumplir con todas las obligaciones de transparencia e informacion previstas en la Bolsa de Valores o MORDAZA Organizado, debidamente autorizados, donde se encuentre inscrito el valor y las disposiciones legales nacionales y las dictadas por el Consejo Directivo de la Bolsa. 30.2.9 En caso la solicitante sea el agente promotor, este presentara una declaracion comprometiendose a entregar a la Bolsa y la SMV toda la informacion difundida por el emisor en la Bolsa de Valores o MORDAZA Organizado donde se encuentre inscrito el valor en la misma oportunidad de MORDAZA en dichos mercados. 30.2.10 El instrumento, asi como la MORDAZA de inscripcion en el Registro de Poderes y Mandatos de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, en el que consten las facultades a que se refieren los numerales 3 y 4 del Anexo N° 8 "Acuerdos societarios, contratos y documentos registrales" del presente Reglamento y las generales y especiales de representacion ante las autoridades administrativas y judiciales peruanas. 30.2.11 La indicacion de la institucion del exterior encargada de la custodia, compensacion y liquidacion del valor a inscribir con la que una Institucion de Compensacion y Liquidacion de Valores del MORDAZA MORDAZA suscrito convenio, o en su defecto, un informe detallando los medios y facilidades para la custodia, compensacion y liquidacion de valores. 30.2.12 MORDAZA del contrato celebrado con una Institucion de Compensacion y Liquidacion de Valores del MORDAZA para la Representacion de Valores por Anotaciones en Cuenta, indicando un domicilio en el Peru para todos los fines de comunicaciones y/o notificaciones judiciales o extrajudiciales. 30.2.13 En el caso de valores admitidos a negociacion en el extranjero de emisores nacionales que no cuenten con valores inscritos en el RVB, se acompanara a la solicitud la informacion prevista en el articulo 8° y la senalada en los numerales 30.2.2, 30.2.3, 30.2.4 y 30.2.8 del presente articulo. 30.2.14 Indicacion de los sistemas de informacion publica de la(s) Bolsa(s) o Mercados Organizados donde se encuentre inscrito el valor. Como consecuencia de la inscripcion del valor, la Bolsa y la SMV difundiran, por los medios establecidos para ello, la informacion financiera difundida por el emisor en las Bolsas de Valores o Mercados Organizados del MORDAZA donde se encuentra inscrito el valor.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.