Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2012 (26/07/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

471450

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2012

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designacion de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 145-3N0000/2012-000174 Mollendo, 13 de MORDAZA del 2012 VISTO, La Resolucion de Intendencia Nº 1453N0000/2012-000051 del 10/04/2012, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 15/04/2012 respectivamente, se designo en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo a la Sra. JACKELINE MORDAZA MORDAZA VALENCIA. CONSIDERANDO: Que, el articulo 114º del Decreto Supremo Nº 13599-EF, mediante el cual se aprueba el Codigo Tributario, senala los requisitos para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo, siendo estos los siguientes: a). Ser ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles; b). Acreditar como minimo el grado de Bachiller en especialidades tales como Derecho, Contabilidad, Economia o Administracion; c). No haber sido condenado ni hallarse procesado por delito doloso; d). No haber sido destituido de la MORDAZA judicial o del Ministerio Publico o de la Administracion Publica o de empresas estatales por medidas disciplinarias, ni de la actividad privada por causa o falta grave laboral. e). Tener conocimiento y experiencia en Derecho Administrativo y/o Tributario. f). No tener vinculo de parentesco con el Ejecutor, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad y/o MORDAZA de afinidad; g). Ser funcionario de la Administracion Tributaria; y, h). No tener ninguna otra incompatibilidad senalada por Ley. Por su parte la Circular Nº 009-2005 del 28/04/2005, el cual "Actualiza los procedimientos a seguir, para la designacion y para dejar sin efecto la misma, en el caso de Ejecutores y Auxiliares Coactivos de la SUNAT", en el numeral 5.4.1 establece los requisitos para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo, siendo estos los siguientes: A). Los previstos en el articulo 114º del Codigo Tributario; b). Haber ingresado a la institucion mediante concurso publico. c). Haber Aprobado el Curso de Administracion Tributaria, el Curso para Especialista en Aduanas o el Curso de Oficiales de Aduanas; d). Que, el anterior oportunidad, no se MORDAZA dejado sin efecto su designacion en el cargo de Ejecutor Coactivo o Auxiliar Coactivo, por sanciones en el ejercicio de la funcion; y, e). MORDAZA de una declaracion jurada por la cual el trabajador propuesto declara cumplir con los requisitos legales necesarios para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo. Que, en el presente caso por necesidad de servicio y al no estar ejerciendo funciones que le fueron conferidas; que en uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia 216-2011/SUNAT de fecha 23.09.2004, que faculta al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias y estando a la designacion dispuesta mediante Memorandum Nº 217-2012-SUNAT/3N00000 de fecha 12/07/2012. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la designacion de la servidora JACKELINE MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo, dispuesto con Resolucion de

Intendencia Nº 145-3N0000/2012-000051 publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 15/04/2012, respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GANOZA MORDAZA Intendente Aduana Mollendo (e) 818735-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Determinan tasa registral aplicable a los actos registrales que correspondan a la pequena mineria y mineria artesanal en el Registro de Bienes Muebles
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 191- 2012-SUNARP/SN MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2012 VISTO, el Memorandum Nº 639-2012-SUNARP/ GPD de fecha 13 de MORDAZA de 2012, mediante el cual la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo senala que del analisis realizado, resulta procedente, efectuar el cobro de derecho de calificacion e inscripcion registral de los Actos Registrales de la Pequena Mineria y la Mineria Artesanal en el Registro de Bienes Muebles de manera extensiva a las tasas registrales aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 037-94-JUS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26366 se crea el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, como un organismo publico tecnico especializado, encargado de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional; Que, mediante Resolucion Nº 106-2012-SUNARP/SN de fecha 08 de MORDAZA de 2012, se aprobo el Reglamento de Inscripciones de Bienes vinculados a la Pequena Mineria y Mineria Artesanal en el Registro de Bienes Muebles; Que, en tal contexto, resulta necesario determinar la tasa registral aplicable a los actos registrales que correspondan a la Pequena Mineria y Mineria Artesanal en el Registro de Bienes Muebles; Estando a lo dispuesto en el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; Contando con la visacion de la Gerencia Legal, Gerencia Registral; y, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que las tasas registrales por derecho de calificacion, inscripcion y publicidad registral correspondiente a los actos descritos en el siguiente cuadro, se aplicara de manera extensiva a las tasas registrales aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 37-94-JUS. ACTOS REGISTRALES EN EL REGISTRO DE BIENES MUEBLES VINCULADOS A LA PEQUENA MINERIA Y MINERIA ARTESANAL
Nº SERVICIOS REGISTRALES INMATRICULACIONES 1 BIENES IMPORTADOS 0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificacion y 3/1000 del valor del acto valorizable por Derecho de Inscripcion. Segun D.S.037-94-JUS. TASAS A SER APLICADOS

2 BIENES ADQUIRIDOS POR 0.24% de la U.I.T por Derecho de DECLARACION JUDICIAL DE Calificacion y 3/1000 del valor del PROPIEDAD acto valorizable por Derecho de Inscripcion. Segun D.S.037-94-JUS.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.