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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (29/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 131

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de junio de 2012 469581 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Amplían vigencia del Plan Estratégico Institucional 2008-2011 de la Región Ancash, hasta fines de julio de 2012 ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2012-GRA/CR Huaraz, 10 de mayo del 2012. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Estado Peruano, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modifi catorias; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modifi cado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada mediante Ley Nº 27902; Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional reglamentando las materias de su competencia conforme se establece en el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902, establece que es atribución del Consejo Regional la de aprobar, modifi car o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. En Sesión Ordinaria de Consejo Regional, realizada en la ciudad de Huaraz, el día 10 de Mayo del 2012, visto el Ofi cio Nº 001-2012-GRA/CPPAT, instrumento mediante el cual se remite el Dictamen Nº 001-2012-GRA/CPPAT sobre Proyecto de Ordenanza Regional referido a Ampliar la Vigencia del Plan Estratégico Institucional 2008 – 2011 del Gobierno Regional de Ancash; Que, mediante debate y acto de sustentación por parte del Presidente de la Comisión de Planifi cación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Consejero Regional Ing. Jorge Patrocinio Trevejo Méndez respecto de la propuesta de la ampliación de la vigencia del Plan Estratégico Institucional 2008 – 2011; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; El Consejo Regional de Ancash en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Leyes Nros. 27902, 28961, 28968 y 29053 y demás normas pertinentes; y estando a lo acordado por Unanimidad en Sesión Ordinaria, de fecha 10 de Mayo del año dos mil doce y con la dispensa del trámite de la aprobación del acta; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA QUE APRUEBA AMPLIAR LA VIGENCIA DEL PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL 2008 – 2011” Artículo Primero.- AMPLIAR la Vigencia del Plan Estratégico Institucional 2008 – 2011” de la Región Ancash”, hasta fi nes del mes de Julio 2012. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ancash, realice las Coordinaciones con el Centro de Planeamiento Nacional (CEPLAN) y elaboren el Plan Estratégico Institucional 2012 – 2014, con la participación de las Direcciones Regionales Sectoriales según el plazo establecido en el Artículo Primero. Artículo Tercero.- VIGENCIA, la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del contenido de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”; así como, su publicación en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. ZENÓN FULGENCIO AYALA LÓPEZ Consejero Delegado del Consejo Regional de Ancash POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los Diez días del mes de Mayo del año 2012. CESAR J. ALVAREZ AGUILAR Presidente 807228-1 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban procedimientos y plazos para recuperación de deudas y titulación a parceleros de las Secciones D y E del Proyecto Especial Majes Siguas I, en concordancia con los lineamientos e indicadores de rendimiento para la optimización de resultados económicos y productivos ORDENANZA REGIONAL Nº 166-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial Majes Siguas – Primera Etapa fue creado el 21 de Febrero de 1973 a través del Decreto Supremo N° 252-73-AG; que, por Ley 23350 del 29 de diciembre de 1981 se creó la Autoridad Autónoma de Majes – AUTODEMA, la que mediante Ley N° 23740, Ley del Presupuesto para el año 1984, modifi cada por la Ley N° 24515, fue autorizada para la venta de parcelas dentro de su ámbito de ejecución; y, que en el Decreto Supremo N° 006-97-PRES del 18 de Julio de 1997, se fi jó el precio de parcela de las secciones D y E en un monto de $15,000.00 (QUINCE MIL con 00/100 dólares americanos). Que, conforme a la Ordenanza Regional N° 010- AREQUIPA, el Proyecto Especial Majes Siguas se encuentra dentro de la estructura orgánica del Gobierno Regional de Arequipa, en atención a la transferencia