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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de noviembre de 2012 478583 Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 866101-13 Autorizan viaje de personal militar FAP a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 595-2012-DE/ Lima, 13 de noviembre de 2012 Visto la Papeleta de Trámite NC-5-SGFA-Nº 3607 de fecha 31 de julio de 2012 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú, la Papeleta de Trámite NC-50-EMAI- Nº 1056 de fecha 30 de julio de 2012 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, el Ofi cio NC- 50-3-CEFO-Nº 1450 de fecha 23 de octubre de 2012 del Comandante de Educación de la Fuerza Aérea del Perú y el FAX AABR-Nº 253 de fecha 04-10-2012 del Agregado de Defensa y Aéreo en la República Federativa del Brasil. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea Brasileña ofrece una (01) beca de estudio a la Escuela de Ofi ciales de la Fuerza Aérea del Perú, para que Cadetes del Primer Año participen en el “Curso de Formación de Ofi ciales Aviadores (CFOAV)”, del 16 de enero de 2013 al 09 de diciembre de 2016; Que, el Cadete de 1er. Año FAP DIEGO JOSE FLORES GUIZADO y el Cadete de 1er. Año FAP JULIO ARMANDO LOBO YAPU, han sido seleccionados para cumplir la etapa de pre-selección (eliminatoria) de las becas de estudio ofrecidas por la Fuerza Aérea Brasileña, por su efi ciente desempeño académico y militar como Cadetes FAP, reuniendo las cualidades personales para asumir con responsabilidad su nombramiento en Misión de Estudios en el extranjero; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Pirassununga - República Federativa del Brasil, del Cadete de 1er. Año FAP DIEGO JOSE FLORES GUIZADO y Cadete de 1er. Año FAP JULIO ARMANDO LOBO YAPU, para que participen en la etapa de pre-selección (eliminatoria) del “Curso de Formación de Ofi ciales Aviadores (CFOAV)” en la Academia de la Fuerza Aérea Brasileña, del 19 de noviembre de 2012 al 11 de enero de 2013, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de ia Fuerza Aérea del Perú; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al período comprendido del 19 de noviembre al 31 de diciembre de 2012, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el período comprendido del 01 al 11 de enero de 2013 el pago será con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Que, la antes citada Misión de Estudios ha sido incluida en el ítem 65 del rubro 1.-Formación/Califi cación/ Especialización, del anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado mediante Resolución Suprema N° 014-2012- DE/ del 13 de enero de 2012, modifi cado con Resolución Suprema N° 284-2012-DE/ del 21 de junio de 2012, Resolución Suprema N° 384-2012-DE/ del 27 de agosto de 2012 y Resolución Suprema N° 457-2012-DE/ del 28 de setiembre de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora N° 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778- 2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; De conformidad con la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 001 - 2011 -DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Pirassununga - República Federativa del Brasil, del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participen en la etapa de pre-seiección (eliminatoria) del “Curso de Formación de Ofi ciales Aviadores (CFOAV)” en la Academia de la Fuerza Aérea Brasileña, del 19 de noviembre de 2012 al 11 de enero de 2013: Cadete de 1er. año FAP DIEGO JOSE FLORES GUIZADO NSA: O-9795710 DNI: 70273928 Cadete de 1er. año FAP JULIO ARMANDO LOBO YAPU NSA: O-9803411 DNI: 47493711 Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Pirassununga (República Federativa de! Brasil)-Lima US$ 1,301.00 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 2,602.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 500.00 /30 x 12 días x 02 personas = US$ 400.00 US$ 5 500.00 x 01 mes x 02 personas = US$ 1.000.00 Total a pagar = US$ 4,002.00 Artículo 3°.- El pago comprendido del 01 al 11 de enero de 2013, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2013. Artículo 4.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. Artículo 6.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.