Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2012 (14/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; Que, asimismo, dicho proyecto tiene como finalidad el fortalecimiento de las capacidades nacionales, desarrollar la infraestructura y generar las lineas de base que permitan una adecuada evaluacion, prevencion y gestion de los impactos potenciales sobre la biodiversidad MORDAZA de la liberacion al ambiente de OVM, por lo que se requiere crear Programas y un Proyecto en el MORDAZA de lo establecido por el numeral 38.1 del articulo 38º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y el numeral 3) del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento de la Ley N° 29811, Ley que establece la Moratoria al Ingreso y Produccion de Organismos Vivos Modificados al Territorio Nacional por un Periodo de 10 anos Apruebese el Reglamento de la Ley N° 29811, Ley que establece la Moratoria al Ingreso y Produccion de Organismos Vivos Modificados al Territorio Nacional por un Periodo de 10 anos, que consta Seis (6) Titulos, doce (12) Capitulos, cuarenta y cinco (45) Articulos, seis (6) Disposiciones Complementarias Finales y una (1) Disposicion Complementaria Transitoria Unica, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros del Ambiente, de Agricultura, de la Produccion y de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

lineas de base, que permitan una adecuada evaluacion, prevencion y gestion de los impactos potenciales sobre la biodiversidad MORDAZA de la liberacion al ambiente de OVM. No esta comprendido en el ambito de aplicacion del presente Reglamento, lo dispuesto en el articulo 3° de la Ley N° 29811. Articulo 3°.- Del Glosario de Terminos Cuando en el presente Reglamento se utilicen los terminos que aparecen a continuacion, debera entenderse por: a) Agrobiodiversidad: Variabilidad de cultivos, animales de cria y organismos asociados a ellos dentro de los complejos ecologicos de los que forman parte, esto incluye la diversidad entre especies y entre ecosistemas. b) Analisis cualitativo: Evidencia la presencia o ausencia del caracter buscado, pero no su concentracion; en este caso, se realizara mediante tiras reactivas para proteinas expresadas por el transgen. c) Bioetica: Estudio sistematico de la conducta humana en el ambito de las ciencias de la MORDAZA y de la salud, analizada a la luz de los valores y principios morales. d) Biotecnologia Moderna: Tecnicas in vitro de acido nucleico, incluidos el acido desoxirribonucleico (ADN) recombinante y la inyeccion directa de acido nucleico en celulas u organulos; o la fusion de celulas mas alla de la familia taxonomica que superan las barreras fisiologicas naturales de la reproduccion o de la recombinacion y que no son tecnicas utilizadas en la reproduccion y seleccion tradicional. e) Centros de Origen: La MORDAZA geografica donde una especie domesticada o MORDAZA adquirio por primera vez sus propiedades especificas, y puede compartir su ambito de distribucion con otras especies emparentadas cercanas. f) Centro de Diversificacion: La MORDAZA geografica que contiene un nivel elevado de diversidad genetica en condiciones in situ, a nivel intra e interespecifico. g) Crianza: Proveer a los animales domesticos o silvestres en cautiverio de las condiciones y cuidados requeridos para lograr de ellos bienes y servicios, en atencion a las necesidades del ser humano. MORDAZA todas, o independientemente cada una de las etapas de sus ciclos de MORDAZA, desde el nacimiento hasta la muerte (crecimiento, desarrollo y reproduccion), y considera la atencion de su manejo, alimentacion, sanidad, y de ser el caso, de la seleccion, apareamientos y multiplicacion. Puede realizarse en lugares cerrados o abiertos ubicados en ambientes naturales o artificiales, de manera intensiva, semiextensiva y extensiva, e involucrar la concurrencia de dos o mas especies animales (mixta) en un mismo espacio fisico (pequenos productores). Asimismo, aparte de su finalidad socioeconomica tambien puede incorporar caracteristicas culturales. h) Cultivo: Proveer a las plantas domesticas o silvestres ex situ, de las condiciones y cuidados requeridos para lograr de ellas bienes y servicios, en atencion a las necesidades del ser humano. MORDAZA todas o, independientemente, cada una de las etapas de sus ciclos de MORDAZA desde la siembra hasta la cosecha, en el caso de hortalizas y plantas anuales; y hasta el termino de su MORDAZA util, en el caso de plantas perennes y semiperennes (crecimiento, desarrollo y produccion), y considera la atencion de su manejo, fertilizacion y sanidad, y de ser el caso, de la seleccion, cruzamientos y propagacion (semilla botanica o vegetativa). Puede realizarse en lugares cerrados o abiertos, ubicados en ambientes naturales o artificiales, de manera intensiva o extensiva, e involucrar la concurrencia de dos o mas especies (mixta) en un mismo espacio fisico. Asimismo, aparte de su finalidad socioeconomica, tambien puede incorporar caracteristicas culturales. i) Espacio confinado: Local, instalacion u otra estructura fisica, que entrane la manipulacion de OVM controlados por medidas especificas que limiten de forma efectiva su contacto con el medio exterior o sus efectos sobre dicho medio. j) Especie: Entidad biologica caracterizada por poseer una carga genetica capaz de ser intercambiada entre sus componentes a traves de la reproduccion natural. k) Liberacion al ambiente: Introduccion deliberada o accidental de un OVM fuera de un espacio confinado. l) Lineas de base: Informacion sistematizada y analizada que refleja el estado actual de la biodiversidad que puede ser potencialmente afectada por los OVM y su utilizacion.

Reglamento de la Ley Nº 29811, Ley que establece la Moratoria al Ingreso y Produccion de Organismos Vivos Modificados al Territorio Nacional por un Periodo de 10 anos TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Del Objeto, Finalidad y Glosario de Terminos
Articulo 1°.- Del Objeto La presente MORDAZA tiene por objeto reglamentar las disposiciones contenidas en la Ley Nº 29811, Ley que establece la Moratoria al Ingreso y Produccion de Organismos Vivos Modificados al Territorio Nacional por un Periodo de 10 anos. Articulo 2°.- De la Finalidad El presente Reglamento, en concordancia con la Ley Nº 29811, tiene por finalidad impedir el ingreso, produccion y liberacion de los OVM contemplados en el articulo 1° de la Ley N° 29811, asi como fortalecer las capacidades nacionales, desarrollar la infraestructura y generar las

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