Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de noviembre de 2012 478580 General Industrias Culturales y Artes, Ingrid Gisela Cafferata Vega, Directora Regional de Tacna de la Dirección Regional de Cultura de Tacna, Katie Marlene Navarro Vásquez, Directora de la Dirección de Recuperaciones de la Dirección General de Fiscalización y Control, Claudia Silvana Ato Rodríguez, Asesora del Viceministerio de Interculturalidad, Rodrigo Antonio Chocano Paredes, investigador de la Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo, funcionarios del Ministerio de Cultura, brinden los aportes necesarios conforme a sus respectivas competencias funcionales en el evento antes descrito, es conveniente para el interés nacional, autorizar el viaje de los mismos del 15 al 16 de noviembre de 2012, a la ciudad de Arica, República de Chile; Que, los gastos por conceptos de pasajes y viáticos que irrogue el mencionado viaje, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Cultura; Que, el Artículo 2° del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado artículo, que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo N° 001-2011-MC, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los señores Félix Antonio Lossio Chávez, Director General de la Dirección General Industrias Culturales y Artes, Ingrid Gisela Cafferata Vega, Directora Regional de Tacna de la Dirección Regional de Cultura de Tacna, Katie Marlene Navarro Vásquez, Directora de la Dirección de Recuperaciones de la Dirección General de Fiscalización y Control, Claudia Silvana Ato Rodríguez, Asesora del Viceministerio de Interculturalidad, Rodrigo Antonio Chocano Paredes, investigador de la Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo, funcionarios del Ministerio de Cultura, a la ciudad de Arica, República de Chile, los días 15 y 16 de noviembre de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle: Félix Antonio Lossio Chávez: Pasajes (vía terrestre): US $ 30.00 Viáticos (US $ 200 x 2 días): US $ 400.00 Katie Marlene Navarro Vásquez: Pasajes (vía terrestre): US $ 30.00 Viáticos (US $ 200 x 2 días): US $ 400.00 Rodrigo Antonio Chocano Paredes: Pasajes (vía terrestre): US $ 30.00 Viáticos (US $ 200 x 2 días): US $ 400.00 Claudia Silvana Ato Rodríguez: Pasajes (vía terrestre): US $ 30.00 Viáticos (US $ 200 x 2 días): US $ 400.00 Ingrid Gisela Cafferata Vega: Pasajes (vía terrestre): US $ 30.00 Viáticos (US $ 200 x 2 días): US $ 400.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas indicadas en el Artículo 1º de la presente Resolución, deberán presentar ante el Ministerio de Cultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas documentada de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ Ministro de Cultura 866101-21 DEFENSA Modifican los Reglamentos de las Condecoraciones de las Fuerzas Armadas DECRETO SUPREMO Nº 005-2012-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Sector Defensa y las Instituciones Armadas, vienen otorgando Condecoraciones en función a las normas que las crearon y sus respectivos reglamentos, tales como la “Orden Militar de Ayacucho”, creada por Ley N° 7563, modifi cada con Ley N° 25135 y cuyo Reglamento fue aprobado por Decreto Supremo N° 016 DE/SG; “Cruz Peruana al Mérito Militar”, creada con Ley N° 10961 y su Reglamento (RE 672-20) aprobado por Resolución Ministerial N° 1825 GU/AG; “Orden Militar Francisco Bolognesi”, creada por Decreto Supremo N° 08 GU/AG y cuyo Reglamento (RE 672-30) fue aprobado por Resolución Ministerial N° 1827 GU/AG; “Cruz Peruana al Mérito Aeronáutico”, creada con Ley N° 12372 y su Reglamento aprobado por Resolución Suprema N° 0262-77/AE; “Orden Capitán Quiñones”, creada por Decreto Ley N° 21207 y su Reglamento aprobado con Resolución Suprema N° 0127- 85/AE; “Cruz Peruana al Mérito Naval”, creada mediante Ley N° 10678 y cuyo Reglamento (REOCPMENA-11102) fue aprobado con Resolución Ministerial N° 0811-84-MA/ CG y actualizado mediante Resolución Ministerial N° 1164- 2004-DE/MGP; “Orden Gran Almirante Grau”, creada por Decreto Supremo N° 015-69-MA, modifi cado por Decreto Supremo N° 003-2010-DE y cuyo Reglamento (REOGAG- 11101) fue aprobado con Resolución Ministerial N° 0789- 78-MA/CG y actualizado mediante Resolución Ministerial N° 1165-2004-DE/MGP; Que, los Reglamentos de las precitadas Condecoraciones, establecen que el Ministro de Defensa es el Canciller de la Orden; y, que el Consejo de cada una, constituye su órgano de mayor jerarquía. Corresponde al Canciller, presidir los referidos Consejos en las reuniones ordinarias y extraordinarias, para estudiar y pronunciarse sobre las propuestas y solicitudes presentadas para el otorgamiento de las mismas; hacer cumplir los acuerdos del Consejo; así como controlar el estricto cumplimiento de los Reglamentos de las Condecoraciones; Que, en ese orden de ideas, la función de Canciller de los Consejos de las respectivas Condecoraciones es