Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2012 (14/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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inherente al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Defensa y en algunos casos, por el merito de ser designado como Ministro de Defensa, le corresponde recibir la Condecoracion respectiva en el Grado de "GRAN CRUZ"; Que, a fin de uniformizar criterios en la normativa sobre las distintas condecoraciones del Sector Defensa, resulta necesario modificar los Reglamentos de las Condecoraciones a que se refiere el presente Decreto Supremo, con el objeto de establecer que el Ministro de Defensa, asume la condicion de Canciller de todas las Condecoraciones del Sector Defensa y las Instituciones Armadas asi como los privilegios y obligaciones inherentes, desde el momento de su designacion como Ministro de Estado; De conformidad con la Ley 29605, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2011-DE; DECRETA: Articulo 1.- Modificar los Reglamentos de las Condecoraciones "Orden Militar de Ayacucho", "Cruz Peruana al Merito Militar", "Orden Militar MORDAZA Bolognesi", "Cruz Peruana al Merito Aeronautico", "Orden Capitan Quinones", "Cruz Peruana al Merito Naval" y "Orden Gran MORDAZA Grau", a fin de establecer que la funcion de Canciller de las Ordenes y Condecoraciones, es inherente al cargo de Ministro de Defensa, no requiriendose para asumir tal condicion, la realizacion de acto alguno. Articulo 2.- Modificar los Reglamentos de las Condecoraciones "Orden Militar de Ayacucho", "Cruz Peruana al Merito Militar", "Orden Militar MORDAZA Bolognesi", "Cruz Peruana al Merito Aeronautico", "Orden Capitan Quinones", "Cruz Peruana al Merito Naval" y "Orden Gran MORDAZA Grau", a fin de establecer que el Ministro de Defensa, al momento de asumir la referida Cartera, se hace acreedor a las precitadas Condecoraciones en el MORDAZA grado, sin necesidad de la realizacion de acto alguno. Articulo 3.- Deroguense todas las disposiciones que se opongan al cumplimiento de lo prescrito por el presente Decreto Supremo. Articulo 4.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa

Que, en ese sentido, en atencion a los intereses del Sector, resulta necesario designar a dos (02) representantes del Ministerio de Defensa para que viajen a la MORDAZA de Buenos Aires - Republica MORDAZA, a fin de participar en el tercer taller del Grupo de Trabajo responsable de establecer una metodologia que permita estandarizar un mecanismo para transparentar el inventario militar de los paises suramericanos y su actualizacion periodica; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con el objeto de garantizar la presencia de la Delegacion Peruana durante la totalidad del referido taller, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con un dia de anticipacion al inicio de la misma; Que, asimismo, el articulo 8° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, senala que los viaticos que se otorguen, seran por cada dia que dure la mision oficial o el evento, a los que se podra adicionar por una sola vez el equivalente a un (01) dia de viaticos, cuando el viaje se realice a cualquier MORDAZA de MORDAZA, por concepto de gastos de instalacion y traslado; Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el Item 299, del Rubro 5: Medidas de Confianza Mutua, del Anexo 01 (R.O.) del Plan Anual de Viajes el Exterior del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2012, aprobado con Resolucion Suprema Nº 014-2012 DE/ del 13 de enero de 2012 y sus modificatorias, aprobadas con Resolucion Suprema Nº 2842012 DE/ del 21 de junio de 2012, Resolucion Suprema Nº 384-2012 DE/ del 27 de agosto de 2012 y Resolucion Suprema Nº 457-2012 DE/ del 28 de setiembre de 2012; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0012011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en Comision de Servicio, al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DNI: 43550336, CIP: 113781600; y al Capitan de Navio AP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DNI: 43330962, CIP: 01879443; de la Direccion Ejecutiva de la Secretaria Pro Tempore del Consejo de Defensa Suramericano de la Union de Naciones Suramericanas - UNASUR; para que participen en el tercer taller del Grupo de Trabajo responsable de establecer una metodologia que permita estandarizar un mecanismo para transparentar el inventario militar de los paises suramericanos y su actualizacion periodica, a realizarse en la MORDAZA de Buenos Aires ­ Republica MORDAZA, el 16 de noviembre de 2012; asi como autorizar su salida del MORDAZA el 15 de noviembre de 2012. Articulo 2°.- El Ministerio de Defensa - Administracion General, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: MORDAZA ­ Buenos Aires (Republica Argentina) ­ MORDAZA US$ 1,606.91 x 2 personas (Incluye TUUA) Viaticos: US$ 200.00 x 2 personas x 2 dias TOTAL: US$ 800.00 US$ 4,013.82 US$ 3,213.82

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Autorizan viaje de personal militar de la Direccion Ejecutiva de la Secretaria Pro Tempore del Consejo de Defensa Suramericano de la Union de Naciones Suramericanas - UNASUR a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 593-2012-DE/
MORDAZA, 13 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, segun lo acordado en la MORDAZA Reunion del Grupo de Trabajo de la actividad 1.a: "Conformar un Grupo de Trabajo responsable de establecer una metodologia que permita estandarizar un mecanismo para transparentar el inventario militar de los paises suramericanos y su actualizacion periodica" del Plan de Accion 2012 del Consejo de Defensa Suramericano, llevada a cabo el 24 de agosto de 2012 en MORDAZA de MORDAZA ­ Republica de MORDAZA, el siguiente taller de trabajo se efectuara durante la primera quincena de noviembre de 2012 en la MORDAZA de Buenos Aires ­ Republica Argentina; Que, mediante Carta del 26 de octubre de 2012, el Secretario de Asuntos Internacionales de la Defensa del Ministerio de Defensa de la Republica MORDAZA, comunica que el tercer taller de trabajo se llevara a cabo el dia 16 de noviembre de 2012 en la MORDAZA de Buenos Aires Republica Argentina;

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El personal autorizado debera cumplir con lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos.

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