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El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513003 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Norma Metrológica Peruana sobre Instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos (pesadoras totalizadoras de tolvas) RESOLUCIÓN DEL SERVICIO NACIONAL DE METROLOGÍA N° 002-2013/SNM-INDECOPI Lima, 24 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 45º y a la Quinta Disposición complementaria de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 1033, corresponde al Servicio Nacional de Metrología, establecer y aprobar las Normas de Metrología Legal; Que, con fecha 06 de noviembre de 1999 se publicó la Resolución Nº 0060-99-INDECOPI/CRT aprobando la norma NMP 010:1999 Instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos (Tolvas pesadoras totalizadoras) Parte 1: Requisitos metrológicos y técnicos - Ensayos; equivalente a la Recomendación Internacional OIML 107-1:1997 Discontinuos totalizing automatic weighing instruments (totalizing Hopper weighers). Part 1: Metrological and Technical requirements-Test. Que, a nivel internacional los países vienen adecuando sus sistemas de supervisión y control a las Recomendaciones Internacionales OIML vigentes, otorgando períodos de implementación para su entrada en vigor; Que, mediante Informe Técnico SNM Nº 020-2012, del 2012-12-28 se propone la actualización de la norma NMP 010:1999 como equivalente de la Recomendación Internacional OIML R 107-1: 2007 “Discontinuous totalizing automatic weighing instruments (totalizing hopper weighers) - Part 1: Metrological and technical requirements - Tests”. Que, las empresas usuarias, fabricantes e importadoras requieren un plazo para adecuar sus procesos de adquisición de instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos a las exigencias de la nueva norma metrológica peruana NMP 010:2013; Que, la existencia en el mercado de instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos con parámetros metrológicos basados en la anterior edición de la norma metrológica peruana NMP 010:1999 hace necesario dictar normas que faciliten la implementación de la nueva edición de la norma metrológica NMP 010:2013 y precisar los términos en que dicha implementación debe llevarse a cabo tomando en cuenta la existencia de instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos diseñados bajo parámetros metrológicos anteriores a la norma citada; Que, el Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 010:2013 “Instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos (pesadoras totalizadoras de tolva)” fue elaborado de acuerdo al Procedimiento de Elaboración y Aprobación de Normas Metrológicas Peruanas y sometido a consulta pública y a la opinión de diversas organizaciones involucradas. Que, no habiendo recibido observaciones al Proyecto de Norma Metrológica Peruana y luego de la evaluación correspondiente; estando en las facultades conferidas por el Decreto Legislativo 1033, la Ley 23560 y sus normas reglamentarias, RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR como Norma Metrológica Peruana, con carácter obligatorio, la siguiente: NMP 010:2013 “Instrumentos de pesaje totalizadores d i s c o n t i n u o s automáticos (pesadoras totalizadoras de tolva)” Artículo 2º.- El plazo para la implementación y cumplimiento de la norma metrológica peruana NMP 010:2013 es de un año, contado a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Norma Metrológica Peruana NMP 010:1999 “Instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos (Tolvas pesadoras totalizadoras) Parte 1: Requisitos metrológicos y técnicos – Ensayos, una vez concluido el plazo de implementación de la norma NMP 010:2013. Artículo 4º.- Respecto de la evaluación de los instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos, deberá tenerse en cuenta lo siguiente: a) Los instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos que fueron adquiridos antes del vencimiento del plazo de implementación establecido en el artículo 2° de la presente resolución, serán evaluados con la norma metrológica peruana con la que fueron fabricados. b) Durante el plazo señalado en el artículo 2° de la presente resolución, podrán admitirse transitoriamente las verifi caciones realizadas sobre la base de la NMP 010:1999. c) Una vez vencido el plazo señalado en el artículo 2° de la presente resolución, los nuevos instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos (pesadoras totalizadoras de tolva) que se instalen en el país, deberán cumplir obligatoriamente con las exigencias establecidas en la norma metrológica peruana NMP 010:2013. Artículo 5º.- La aprobación de modelo, la verifi cación inicial y la verifi cación periódica de los Instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos (pesadoras totalizadoras de tolva) son obligatorias y deberán realizarse con arreglo a la Norma Metrológica Peruana vigente. Artículo 6º.- La aprobación de modelo será realizada en el Perú por el Servicio Nacional de Metrología de acuerdo a sus capacidades de medición. Los certifi cados de aprobación de modelo tendrán una vigencia de 10 años y serán publicados y actualizados periódicamente en el Portal electrónico Institucional del INDECOPI (http://www.indecopi.gob.pe). Artículo 7º.- Los certifi cados de aprobación de modelo procedentes del extranjero deberán ser homologados por el Servicio Nacional de Metrología. Para la homologación los interesados deberán presentar su solicitud adjuntando los certifi cados de aprobación de modelo o su equivalente otorgados por los organismos autorizados en el país donde han sido emitidos, con los correspondientes informes que muestren los resultados de las pruebas a las que han sido sometidos de acuerdo a la Norma Metrológica Peruana. Los requisitos aplicables a la homologación y los certifi cados homologados serán publicados y actualizados periódicamente en el Portal electrónico Institucional del INDECOPI (http://www.indecopi.gob.pe). Artículo 8º.- Cada instrumento de pesaje totalizador que se instale en el país debe llevar inscrita la identifi cación de aprobación de modelo obtenida. Artículo 9º.- La verifi cación inicial y la verifi cación periódica serán realizadas en el Perú por Organismos autorizados por el Servicio Nacional de Metrología, los mismos que deberán ser Organismos Acreditados ante el Servicio Nacional de Acreditación. Artículo 10º.- La aprobación de modelo, la homologación de los certifi cados de aprobación de modelo emitidos en el extranjero, la verifi cación inicial y la verifi cación periódica, previstas en los artículos 6º, 7º, 8º y 9º serán obligatorias a partir de la vigencia de la norma NMP 010:2013. Artículo 11º.- Las empresas usuarias, fabricantes e importadoras son responsables de la correcta aplicación de las disposiciones contenidas en la presente resolución. Regístrese y publíquese. JOSE DAJES CASTRO Jefe del Servicio Nacional de Metrología 1032509-1 Aprueban Norma Metrológica Peruana sobre Termómetros clínicos (de mercurio en vidrio con dispositivo de máxima) RESOLUCIÓN DEL SERVICIO NACIONAL DE METROLOGIA N° 003-2013/SNM-INDECOPI Lima, 24 de diciembre de 2013