Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2013 (28/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2013

i) Numero de RUC del cliente, cuando cuente con este, o numero de documento de identidad; segun corresponda. j) Apellidos y nombres, denominacion o razon social del cliente. En caso de personas naturales se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido MORDAZA, apellido MORDAZA y nombre completo. k) Valor de la exportacion, de acuerdo al monto total facturado. l) Base imponible de la operacion gravada. En caso de ser una operacion gravada con el Impuesto Selectivo al Consumo, no debe incluir el monto de dicho impuesto. m) Importe total de las operaciones exoneradas o inafectas. n) Impuesto Selectivo al Consumo, de ser el caso. o) Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promocion Municipal, de ser el caso. p) Base imponible de la operacion gravada con el Impuesto a las Ventas del Arroz Pilado. q) Impuesto a las Ventas del Arroz Pilado. r) Otros tributos y cargos que no forman parte de la base imponible. s) Importe total del comprobante de pago. t) MORDAZA de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia. u) En el caso de las notas de debito o las notas de credito, adicionalmente, se MORDAZA referencia al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se debera registrar la siguiente informacion: i) Fecha de emision del comprobante de pago. ii) MORDAZA de comprobante de pago (segun la Tabla 10 de la Resolucion de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT). iii) Numero de serie del comprobante de pago o de la maquina registradora, segun corresponda. iv) Numero del comprobante de pago, en forma correlativa por serie o por numero de serie de la maquina registradora, segun corresponda. El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, segun corresponda, senalado en las notas de credito, se consignara respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados al valor facturado de la exportacion, base imponible de la operacion gravada e importe total de la operacion exonerada o inafecta. El monto de la base imponible y/o impuesto o valor, segun corresponda, senalados en las notas de debito, se consignaran respectivamente en las columnas indicadas en el parrafo anterior. v) Estado o indicador de la operacion, segun la codificacion del Anexo 3 que se aprueba en el articulo 13º. 7.2 Registro de Compras Electronico 7.2.1 Este registro contendra mensualmente la siguiente informacion: a) Periodo. b) Numero correlativo del registro o codigo unico de la operacion de compra. c) Fecha de emision del comprobante de pago o documento. d) Fecha de vencimiento o fecha de pago en los casos de servicios de suministros de energia electrica, agua potable y servicios telefonicos, telex y telegraficos, lo que ocurra primero. Fecha de pago del impuesto retenido por liquidaciones de compra. Fecha de pago del impuesto que grave la importacion de bienes, utilizacion de servicios prestados por no domiciliados o la adquisicion de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda. e) MORDAZA de comprobante de pago o documento, (segun la Tabla 10 de la Resolucion de Superintendencia Nº 2342006/SUNAT). f) Serie del comprobante de pago o documento. En los casos de la Declaracion Aduanera de Mercancias se consignara el codigo de la dependencia Aduanera (segun la Tabla 11 de la Resolucion de Superintendencia Nº 2342006/SUNAT). g) Ano de emision de la Declaracion Aduanera de Mercancias. h) Numero del comprobante de pago o documento o numero de orden del formulario fisico o formulario virtual donde conste el pago del impuesto, tratandose de liquidaciones de compra, utilizacion de servicios prestados por no domiciliados u otros, numero de la Declaracion Aduanera de Mercancias, de la Liquidacion de Cobranza

u otros documentos emitidos por SUNAT que acrediten el credito fiscal en la importacion de bienes. Cuando el generador lleve un sistema de control computarizado que mantenga la informacion detallada y que permita efectuar la verificacion individual de cada comprobante de pago y opte por anotar el total de las operaciones diarias que no otorguen derecho a credito fiscal en forma consolidada, debera registrar los numeros correlativos iniciales y finales por cada serie de comprobante de pago. i) MORDAZA de documento de identidad del proveedor (segun la Tabla 2 de la Resolucion de Superintendencia Nº 2342006/SUNAT). j) Numero de RUC del proveedor o numero de documento de identidad; segun corresponda. k) Apellidos y Nombres, denominacion o razon social del proveedor. En caso de personas naturales se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido MORDAZA, apellido MORDAZA y nombre completo. l) Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a credito fiscal y/o saldo a favor por exportacion, destinadas exclusivamente a operaciones gravadas y/o de exportacion. m) Monto del Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promocion Municipal correspondiente a las adquisiciones registradas conforme a lo dispuesto en el literal anterior. n) Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a credito fiscal y/o saldo a favor por exportacion, destinadas a operaciones gravadas y/o de exportacion y a operaciones no gravadas. o) Monto del Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promocion Municipal correspondiente a las adquisiciones registradas conforme a lo dispuesto en el literal anterior. p) Base imponible de las adquisiciones gravadas que no dan derecho a credito fiscal y/o saldo a favor por exportacion, por no estar destinadas a operaciones gravadas y/o de exportacion. q) Monto del Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promocion Municipal correspondiente a las adquisiciones registradas conforme a lo dispuesto en el literal anterior. r) Valor de las adquisiciones no gravadas. s) Monto del Impuesto Selectivo al Consumo, en los casos en que el sujeto pueda utilizarlo como deduccion. t) Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible. u) Importe total de las adquisiciones registradas segun comprobantes de pago. v) Numero de comprobante de pago emitido por el sujeto no domiciliado en la utilizacion de servicios o adquisiciones de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda. En estos casos se debera registrar la base imponible correspondiente al monto del impuesto pagado y el referido impuesto. Dicha informacion se consignara, segun corresponda, en las columnas utilizadas para senalar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportacion; adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportacion y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas. w) Numero de la MORDAZA de deposito de detraccion, cuando corresponda. x) Fecha de emision de la MORDAZA de deposito de detraccion, cuando corresponda. y) MORDAZA de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia. z) En el caso de las notas de debito o las notas de credito, adicionalmente, se MORDAZA referencia al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se debera registrar la siguiente informacion: i) Fecha de emision del comprobante de pago. ii) MORDAZA de comprobante de pago (segun la Tabla 10 de la Resolucion de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT). iii) Numero de serie del comprobante de pago o de la maquina registradora, segun corresponda. iv) Numero del comprobante de pago, en forma correlativa por serie o por numero de serie de la maquina registradora, segun corresponda. El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, segun corresponda, senalado en las notas de credito, se consignara respectivamente, en las

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