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El Peruano Sábado 20 de julio de 2013 499731 Artículo 2º.- FACULTAR, a la Ofi cina Central de Ejecución Presupuestaria para que ejecute el presupuesto del citado viaje de investigación de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes y Gastos de Transportes Internacionales CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5,958.00), Viáticos y Asignaciones por comisión de Servicios Internacionales ONCE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11,616.00). Artículo 3º.- DISPONER, que el mencionado Investigador deberá presentar un informe de los viajes autorizados por la presente Resolución. Artículo 4º.- CARGAR, el egreso que ocasione la presente Resolución a la sección funcional 036 investigación y desarrollo, partida 2.3.2.1.1.1 y 2.3.2.1.1.2, fuente 5 RD (Recursos del Canon), certifi cado 016. Regístrese, comuníquese y ejecútese. JOSÉ RAÚL RODRÍGUEZ LICHTENHELDT Rector ALFREDO SULLON LEON Secretario General 964588-1 Aprueban expedición de duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1083 Lima, 09 de julio de 2013 Visto el expediente STDUNI: 2013-64175 presentado por la señorita Vetty Verónica Navarro Sánchez, quien solicita duplicado de su diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial; CONSIDERANDO: Que, la señorita Vetty Verónica Navarro Sánchez, identifi cada con DNI Nº 44033676, egresada de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de su Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Industrial; por pérdida de dicho documento, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008; Que, la Ofi cina de Trámite Documentario, Grados y Títulos de la Secretaría General de la Universidad, mediante informe de fecha 12-06-2013 precisa que el diploma de la señorita Vetty Verónica Navarro Sánchez, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 11, página 342, con el número 32439-B; teniéndose en cuenta la documentación que acompaña según el Ofi cio Nº 483-2013/1er. VR, de fecha 01 de julio del 2013, del Primer Vicerrector, Geól. José S. Martínez Talledo y la recomendación de la Comisión Académica y de Investigación en su sesión Nº 28-2013 realizada el 01-07-2013; y, Que, el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria Nº 21 del 05 de julio del 2013 acordó aceptar lo solicitado y se expida el duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial, a la señorita Vetty Verónica Navarro Sánchez; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso c), artículo número 50º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial, a la señorita VETTY VERÓNICA NAVARRO SÁNCHEZ, otorgado el 25 de mayo de 2011, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO M. PADILLA RÍOS Rector 964067-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman la Res. Nº 020-2012-SG/ ONPE, que declaró infundado recurso de reconsideración interpuesto contra el Oficio Nº 1109-2012-SG/ONPE, que declaró improcedente solicitud de reproceso de firmas RESOLUCIÓN Nº 345-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00045 ONPE Lima, veinticinco de abril de dos mil trece. VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Javier Ernesto Rodríguez Escalante, personero legal titular de la organización política en vías de inscripción Partido Manpista Peruano, en contra de la Resolución de Secretaría General Nº 020-2012-SG/JNE, del 30 de julio de 2012, que declaró infundado su recurso de reconsideración interpuesto en contra del Memorando Nº 254-2012-GGE/ONPE, que concluye que no procede su solicitud de reproceso de liberación de fi rmas, y oído el informe oral. ANTECEDENTES Respecto del procedimiento seguido ante la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales Con fecha 25 de mayo de 2012, Javier Ernesto Rodríguez Escalante, personero legal titular de la organización política en vías de inscripción Partido Manpista Peruano, solicita ante la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (en adelante ONPE), que se le comprenda en el reproceso de liberación de fi rmas, tan igual como lo hicieron con los partidos políticos en vías de inscripción, Orden, Tierra y Libertad, Avanza País y Resurgimiento Peruano, habiendo realizado tres entregas de planillones de fi rmas de adherentes, totalizando 357 183 (trecientos cincuenta y siete mil ciento ochenta y tres) fi rmas de adherentes. Mediante Ofi cio Nº 1109-2012-SG/ONPE, de fecha 12 de junio de 2012, la licenciada Luz Marina Vera Cabrera, entonces secretaria general de la ONPE, remitió a Javier Ernesto Rodríguez Escalante, personero legal titular de la organización política en vías de inscripción Partido Manpista Peruano, copia del Memorando Nº 254-2012- GGE/ONPE, de fecha 11 de junio de 2012, por medio del cual Francisco Calmet Assereto, gerente de gestión electoral de la ONPE, concluyó que la solicitud de reproceso de fi rmas de adherentes no era procedente, debido a que el partido político no había presentado listas de adherentes que se hubieran verifi cado con fecha posterior al 2 de julio de 2011. Con fecha 20 de junio de 2012, el personero legal titular de la organización política en referencia, interpuso el respectivo recurso de reconsideración en contra del Memorando Nº 254-2012-GGE/ONPE, de fecha 11 de junio de 2012, bajo los siguientes argumentos: a. Con Ofi cio Nº 3891-2011-ROP/JNE, del Registro de Organizaciones Políticas (en adelante ROP), se fi nalizó el proceso de Elecciones Generales 2011 y se precisó los nombres de las organizaciones políticas que se encontraban en proceso de inscripción.