Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2013 (13/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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al momento de tratar la solicitud de vacancia contra los regidores cuestionados, y se proceda a resolver conforme a la reglas del debido procedimiento. 5. Consignar en el acta de la sesion convocada las firmas de todos los asistentes al acto senalado. 6. Remitir la MORDAZA o resolucion que declara consentido el acuerdo adoptado, en el caso de que no MORDAZA sido materia de impugnacion, para proceder al archivo del presente expediente. 7. Elevar el expediente administrativo en original, o copias certificadas de ser el caso, en un plazo MORDAZA de tres dias habiles luego de presentado el recurso de apelacion y cumplir con la remision de la siguiente documentacion: 7.1. Las constancias de notificacion al miembro afectado del concejo y al solicitante de la convocatoria a las sesiones extraordinarias y de los acuerdos adoptados sobre el pedido de vacancia o el recurso de reconsideracion. 7.2. Las actas de las sesiones extraordinarias en las que conste el acuerdo de concejo sobre la vacancia o reconsideracion solicitada. 7.3. El original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por recurso de apelacion, equivalente al 3,15% de la Unidad Impositiva Tributaria (S/.116,55). Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA Sobre el recurso de apelacion MORDAZA MORDAZA Secretario General 949487-2

El Peruano Jueves 13 de junio de 2013

vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, por las causales previstas en el articulo 22, numerales 8 y 9, este ultimo concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), sustentando su pedido en lo siguiente: a) Hasta diciembre del ano 2010, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA percibia una remuneracion mensual de S/. 1 040,00 (un mil cuarenta con 00/100 nuevos soles). Sin embargo, la actual gestion MORDAZA, incumpliendo las normas presupuestales, tales como la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector publico para el ano fiscal 2011, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2012, la Ley Nº 28212, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006, y el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, incremento la remuneracion mensual del MORDAZA a la suma de S/. 1 300,00 (un mil trescientos con 00/100 nuevos soles), generando un grave perjuicio economico a la referida entidad MORDAZA, por cuanto la mencionada autoridad MORDAZA habria percibido indebidamente, entre el mes de marzo del ano 2011 y el mes de MORDAZA del ano 2012, la suma de S/. 3 380,00 (tres mil trescientos ochenta con 00/100 nuevos soles). Mediante Auto Nº 1, de fecha 9 de noviembre de 2012, recaido en el Expediente Nº J-2012-01479, este organo colegiado derivo la solicitud de declaratoria de vacancia al respectivo concejo municipal. Sobre la posicion del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA En sesion extraordinaria, de fecha 21 de diciembre de 2012 (fojas 12 a 17), el concejo municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA acordo, por unanimidad, con cuatro votos, rechazar la solicitud de declaratoria de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la referida comuna. La mencionada decision se formalizo mediante el Acuerdo Municipal Nº 04-2012-CDT, de fecha 22 de diciembre de 2012 (fojas 27 a 29).

Confirman Acuerdo Municipal Nº 04-2012-CDT, que recoge acuerdo mediante el cual se rechazo solicitud de declaratoria de vacancia de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de La Union, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 495-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00220 MORDAZA - LA UNION - MORDAZA MORDAZA, veintiocho de MORDAZA de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, los recursos de apelacion interpuestos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo Municipal Nº 04-2012-CDT, de fecha 22 de diciembre de 2012, y contra el acta de sesion extraordinaria de concejo municipal, de fecha 21 de diciembre de 2012, mediante los cuales se rechazo su solicitud de declaratoria de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de La Union, departamento de MORDAZA, por las causales previstas en el articulo 22, numerales 8 y 9, este ultimo concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente Nº J-2012-01479. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 30 de octubre de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito (fojas 2 a 9) la declaratoria de

Con escritos de fechas 30 de enero de 2013 (fojas 19 a 25) y 13 de febrero de 2013 (194 a 199), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion contra el acta de sesion extraordinaria de concejo municipal, de fecha 21 de diciembre de 2012, asi como contra el Acuerdo Municipal Nº 04-2012-CDT, respectivamente, mediante los cuales se rechazo su pedido de vacancia, reafirmando, sustancialmente, los argumentos senalados en su solicitud de declaratoria de vacancia. CUESTION PREVIA Falta de fundamentacion de la solicitud de vacancia en el extremo referido a la causal de nepotismo 1. Tal como se observa de la solicitud de declaratoria de vacancia (fojas 2 a 9), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las causales de vacancia previstas en el articulo 22, numerales 8 y 9, este ultimo concordante con el articulo 63 de la LOM, esto es, por las causales de nepotismo e infraccion de las restricciones a la contratacion, respectivamente. 2. No obstante, tal como se advierte de su solicitud de vacancia, asi como de sus recursos de apelacion, interpuestos contra el acta de sesion extraordinaria de concejo municipal, de fecha 21 de diciembre de 2012, y contra el Acuerdo Municipal Nº 04-2012-CDT, en realidad, los hechos que la solicitante le atribuye a la autoridad cuestionada, asi como la fundamentacion juridica de su pedido de vacancia y de los mencionados recursos, estan solamente referidos a la causal de vacancia por infraccion de las restricciones a la contratacion, no advirtiendose en ningun momento imputacion alguna referida a la causal de vacancia por nepotismo. 3. Asi las cosas, resulta MORDAZA que la conducta que se le atribuye al MORDAZA cuya vacancia se solicita, no esta referida a la causal de nepotismo, debiendo entenderse, en consecuencia, que la solicitud de vacancia unicamente es por la causal de infraccion de las restricciones a la contratacion, razon por la cual, el analisis que se realice se limitara a verificar la concurrencia de dicha causal.

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