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El Peruano Jueves 13 de junio de 2013 497056 Que, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, defi nen y establecen pautas para la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones relativo a la asignación de los recursos públicos en los procesos de elaboración del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo; Que, por Ordenanza Nº 179-2013-MDC, se aprobó el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo para el año fi scal 2014 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 005-2012-A-MDC, se aprobó el Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2014; Que, el artículo tercero de la Ordenanza Nº 179- 2013-MDC, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias, Ampliatorias y Reglamentarias tomando en consideración la presente ordenanza; Que, considerando la falta de disponibilidad del ambiente para la realización de todos los talleres del proceso de Presupuesto Participativo 2014, se tiene la necesidad de modifi car el Cronograma de Actividades de dicho proceso, considerando el nuevo lugar para la realización de los cuatro talleres de capacitación y trabajo en la Casa de Retiro Alvernia Hermanas Franciscanas de Bamberga, ubicado en el Ovalo de Cieneguilla a una cuadra de la Municipalidad, así como, cambiando la fecha del segundo taller denominado “Taller sobre presentación del diagnóstico del distrito, visión y objetivos estratégicos del PDLC 2012-2021, identifi cación y priorización de problemas y criterios de priorización de alternativas y/o proyectos” por el día jueves 06 de junio de 2013, de acuerdo al nuevo cronograma de actividades que forma parte integrante del presente documento; Que, con el Informe Nº 043-2013-GPP/MDC la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto remite el Nuevo Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2013; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y la Ordenanza Nº 179-2013-MDC; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2014, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2013- A-MDC, en lo referente al lugar de la realización de los talleres de capacitación y trabajo, así como cambio de fecha del segundo taller, según cuadro adjunto que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Gerente de Planifi cación y Presupuesto, Gerente de Desarrollo Urbano y Rural, Gerente Desarrollo Social, Gerente de Administración Tributaria y Rentas y Gerente Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía en cuanto le corresponda. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla – www.municieneguilla.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 948665-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Declaran en situación de desabastecimiento inminente el servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos generados en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2013-MDC EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COMAS POR CUANTO: VISTO; En Sesión Ordinaria de fecha 05.06.2013; el Informe Nº 281-2013-GSC-GM/MC de fecha 03.06.2013, emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad; el Informe Nº 307-2013-SGLPCA-GSC/MC de fecha 31.05.2013, emitido por la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Control del Ambiente; el Informe Nº 281-2013-GSC-GM/ MC de fecha 03.06.2013, emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad; el Informe Nº 360-2013-SGL/GAF/ MDC de fecha 04.06.2013, emitido por la Sub Gerencia de Logística; el Informe Nº 289-2013-GPP/MC de fecha 04.06.2013, emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe Nº 199-2013-GAF/MC de fecha 05.06.2013, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Memorándum Nº 327-2013-GM-MDC de fecha 05.06.2013, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 503-2013-GAJ-MDC de fecha 05.06.2013, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada mediante Ley Nº 28607 que aprueba la reforma constitucional, establece que las Municipalidades son órganos del gobierno local, que gozan de autonomía económica, política, administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.L. Nº 1017, en su artículo 20º inciso c) establece que están exoneradas de los procesos de selección las contrataciones que se realicen ante una situación de desabastecimiento debidamente comprobada que afecte o impida a la entidad cumplir con sus actividades u operaciones, debiendo determinarse, de ser el caso, las responsabilidades de los funcionarios o servidores cuya conducta hubiera originado la confi guración de esta causal; asimismo en el artículo 22º de la ley acotada, especifi ca que se considera desabastecimiento a aquella situación inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la entidad tiene a su cargo; facultando a la entidad a la contratación de los bienes, servicios u obras solo por el, tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; en el artículo 21º de la ley se señala que las contrataciones derivadas de exoneración de procesos de selección deberán ser aprobadas mediante acuerdo de concejo, en función de los informes técnico y legal previos que obligatoriamente deberán emitirse, debiendo realizarse esta contratación de manera directa, regulado en el artículo 135º del reglamento de la Ley de contrataciones del Estado D.S. Nº 184-2008-EF, asimismo en el artículo 134º del reglamento acotado, en concordancia con el artículo 21º de la Ley, exige que los acuerdos de concejo que aprueben las exoneraciones y los informes que los sustenten sean publicados a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación. En el mismo plazo la referida información deberá ser comunicada a la Contraloría General de la República, con copia al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad; Que, mediante Informe Nº 281-2013-GSC-GM/MC, la Gerencia de Servicios a la Ciudad comunica que constantemente se ha solicitado se inicie el proceso para la Contratación de una Empresa prestadora del Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de los Residuos Sólidos generados en el Distrito, adjuntando los términos de referencia, en tanto se encontrara cubriéndose este servicio con el periodo de Desabastecimiento Inminente la EPS-RS PRISMA S.A.C.; Que, mediante Informe Nº 307-2013-SGLPCA-GSC/ MC, la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Control del Ambiente comunica que el Contrato fi rmado con la Empresa PRISMA S.A.C., ha culminado el 31.05.2013, por lo que es inminente el Desabastecimiento para la prestación del Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos; por lo que solicita la Contratación de una Empresa que brinde dicho servicio hasta por cuarenta y cinco (45) días, mientras se realice la adjudicación respectiva; Que, mediante el Informe Nº 360-2013-SGL/GAF/ MDC, la Sub Gerencia de Logística establece que en el