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El Peruano Jueves 13 de junio de 2013 497051 de Caylloma, Región y Departamento de Arequipa, por el monto de Dos millones doscientos cuatro mil setecientos dos con 25/100 (S/. 2,204,702.25) nuevos soles, para la ejecución de la Obra denominada: “Mejoramiento de la Carretera Vecinal 550 Sector Coporaque – Chivay, Provincia de Caylloma – Arequipa”, debiendo suscribirse un nuevo Convenio. Segundo: La Municipalidad Distrital favorecida por la presente transferencia fi nanciera deberá ejecutar los plazos, especifi caciones técnicas y presupuestales conforme al Expediente Técnico. Tercero.- El monitoreo y seguimiento de la Obra mencionada en el artículo precedente, recaerá en el Órgano del Ejecutivo Regional y la fi scalización se efectuará a través de los Consejeros Regionales de Arequipa. Cuarto.- La Transferencia Financiera aprobada NO PODRÁ ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al identifi cado de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12.3) del artículo 12 de la Ley 29951 / Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; en consecuencia, la Gerencia General Regional deberá: ((a)) Monitorear y hacer el respectivo seguimiento de los fondos públicos transferidos en forma mensual a través del Informe correspondiente; ((b)) Verifi car el cumplimiento efectivo de los fi nes, metas físicas y fi nancieras del Proyecto de Inversión, debiendo presentar un Informe detallado al fi nal de su ejecución. Quinto.- Disponer la publicación de la presente norma regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, conforme a Ley 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2013, a través de la Secretaría del Consejo Regional de Arequipa, debiendo realizar el pago respectivo el Órgano Ejecutivo Regional. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. JOSE CARCAMO NEYRA Presidente del Consejo Regional de Arequipa 948866-1 ACUERDO REGIONAL Nº 082-2013-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 4 de Junio del 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 39° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional de Arequipa es competente para emitir Acuerdos Regionales que expresen la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, al amparo de lo dispuesto en artículo 47° incisos d), j) de la ley precitada, es función de los Gobierno Regionales: ((a)) promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos; ((b)) promover e incentivas la investigación, la extensión en las universidades y en otras instituciones educativas de nivel superior, en función al desarrollo regional; consecuentemente, para lograr tales objetivos es importante promover la distribución y descentralización de los recursos económicos, mediante la aprobación de transferencias fi nancieras, para la consecución de las políticas de desarrollo regional en materia de educación; Que, conforme a la Ley General de Presupuesto Público – Ley N° 28411 – son transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, los traspasos de fondos públicos sin contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; y, en el caso de gobiernos regionales se aprueba mediante Acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces; Que, el Gobierno Regional de Arequipa recibe, de OSITRAN (Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de transporte de usos público) por instrucción de PROINVERSION, el 10% del depósito que realiza la Empresa TISUR por concepto de retribución mensual; en tal sentido, el Consejo Regional de Arequipa mediante Acuerdo Regional N° 034-2007-GRA/CR- AREQUIPA, aprobó ceder el derecho que percibe el Gobierno Regional de Arequipa a favor de la Municipalidad Provincial de Islay; por lo que, se encomendó al Órgano Ejecutivo Regional: i.- efectuar las acciones necesarias ante el Consejo Directivo de Pro-Inversión, y ii.- gestionar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Islay; Que, mediante Ofi cio N° 703-2013-GRA/PR-GGR, la Gerencia General Regional informa que el Contrato de Concesión no ha sido modifi cado, y tampoco, en los años sucesivos, se ha solicitado y/o aprobado a correspondiente transferencia; por cuanto, propone al Consejo Regional Primero.- apruebe la transferencia fi nanciera por el monto de S/. 120,224.65 nuevos soles a favor de la Municipalidad Provincial de Islay, siendo su destino el fi nanciamiento de los pagos acordados con la Universidad Nacional de San Agustín, Segundo.- reiterar la aprobación de cesión del derecho del 10% del Gobierno Regional de Arequipa a favor de la Municipalidad Provincial de Islay, solicitándose la modifi cación del Contrato de Concesión, para que partir del ejercicio presupuestal 2014, el referido porcentaje OSITRAN lo deposite directamente; Que, mediante Informe Nro. 148-2013-GRA/ORPPOT, la Ofi cina Regional de Planeamiento y Presupuesto y Ordenamiento Territorial informa que se ha verifi cado la recaudación de OSITRAN correspondiente al primer trimestre del presente año por el monto de S/. 120,224.65 nuevos soles, corroborando de esta manera que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia fi nanciera, siendo los componentes el siguiente: Componentes de la Transferencia Financiera Transfi ere Gobierno Regional de Arequipa A favor de Municipalidad Provincial de Islay Monto S/. 120,224.65 (Ciento veinte mil doscientos veinticuatro con 65/100 nuevos soles) F u e n t e Financiamiento Recursos Directamente Recaudados Ejercicio Fiscal 2013 Objeto “Financiamiento para la capacitación formación de profesionales en la Provincia de Islay”. Que, para la ejecución de las transferencias fi nancieras, la Municipalidad Provincial de Islay deberá presentar de manera previa el Convenio suscrito con la Universidad Nacional de San Agustín; Que, estando (i) a la solicitud de autorización de transferencia fi nanciera, (ii) a la verifi cación del informe favorable de la Ofi cina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial, y (iii) correspondiendo al Consejo Regional formalizar su aprobación; entonces, por estas consideraciones, al amparo del Decreto Supremo N° 304-2012-EF, la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR- AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA. SE ACUERDA: Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Islay, Región Arequipa, por el monto de S/. 120,224.65 (Ciento veinte mil doscientos veinticuatro con 65/100 nuevos soles), así como de los futuros depósitos a partir del mes de abril del presente año hasta la duración de la vigencia del Contrato de Concesión, que por concepto de retribución percibe el Gobierno Regional de Arequipa de OSITRAN. Segundo.- RATIFICAR, el Acuerdo Regional N° 034- 2007-GRA/CR-AREQUIPA, en el sentido de “Ceder el