TEXTO PAGINA: 49
El Peruano Jueves 13 de junio de 2013 497055 Preliminar de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27181 - Ley General Transporte y Tránsito Terrestre, la Ordenanza N° 1599-MML y el Informe N° 028-2013-MML/ GTU-SETT de fecha 14 de enero de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°: Reubicar el paradero de transporte regular ubicado en la Av. Armendáriz con aproximación a la Ca. Las Acacias (sentido O-E) hacia la Av. Armendáriz (con aproximación al Malecón Armendáriz) (sentido O- E) y el paradero ubicado en la Av. Ricardo Palma con aproximación a la Ca. Esperanza (sentido O-E) hacia la Av. Ricardo Palma (con aproximación a la Ca. Mariano Odicio) (sentido O-E), tal y como se detalla a continuación: EJE UBICACIÓN SENTIDO E-O O-E LEYENDA AC DC AC DC Antes del Cruce AC AV. ARMENDARIZ CA. LAS DALIAS 1 Después del Cruce DC AV. VASCO NUÑEZ DE BALBOA 1 1 CA. LAS ACACIAS 1 MALECON ARMENDARIZ 1 EJE UBICACIÓN SENTIDO LEYENDA E-O O-E Antes del Cruce AC AC DC AC DC Después del Cruce DC AV. RICARDO PALMA CA. MARIANO ODICIO 1 Artículo 2°: Autorizar la implementación de paradero de transporte regular en la Av. La Mar (Tramo Ca. Jorge Polar – Av. Santa Cruz), Av. Santa Cruz (Tramo Plaza Centro América – Plaza Ovalo Gutiérrez) y Av. Av. Oscar R. Benavides (Ex Diagonal) (Tramo Av. José Pardo – Ca. Schell), tal y como se detalla a continuación: EJE UBICACIÓN SENTIDO E-O O-E AC DC AC DC AV. LA MAR CA. MANUEL TOVAR 1 LEYENDA CA. IGNACIO MERINO 1 Antes del Cruce AC AV. FEDERICO VILLARREAL 1 Después del Cruce DC CA. HIPOLITO UNANUE 1 EJE UBICACIÓN SENTIDO N-S S-N AC DC AC DC AV. SANTA CRUZ AV. LA MAR 1 LEYENDA AV. ANGAMOS 1 1 Antes del Cruce AC CA. MENDIBURO 1 Después del Cruce DC EJE UBICACIÓN SENTIDO LEYENDA N-S S-N Antes del Cruce AC AC DC AC DC Después del Cruce DC AV. OSCAR R. BENAVIDES (EX DIAGONAL) CA. JUAN FIGARI 1 Artículo 3°: Los Paraderos Autorizados serán de tipo universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte público en esas vías. Artículo 4°: Los Paraderos Autorizados podrán ser identifi cados mediante la señalización horizontal y/o vertical respectiva, además por el mobiliario urbano (módulo), en cada una de las vías señaladas en la presente resolución. Artículo 5°: La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variación que la autoridad administrativa considere técnicamente necesaria, para la implementación del nuevo Sistema Metropolitano de Transporte. Artículo 6°: Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros, deberán informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizará en los respectivos paraderos autorizados. Artículo 7º: Encargar a la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito los trabajos de mantenimiento y señalización de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Artículo 8º: Encargar a la Subgerencia de Fiscalización del Transporte, la supervisión, fi scalización y cumplimiento de la presente Resolución; de ser el caso, deberá coordinar con la Policía Nacional del Perú encargada del control del tránsito, para que de acuerdo a su competencia y facultades, garantice el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que éstos sean debidamente señalizados. Artículo 9º: Dejar sin efecto cualquier disposición que se contraponga a la presente Resolución. Artículo 10º: Disponer la publicación de la presente resolución en la página Web de la Gerencia de Transporte Urbano y en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 11º: La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO RAMIREZ SOTOMAYOR Sugerente Sugerencia de Regulación de Transporte Gerencia de Transporte Urbano 948743-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Modifican el Cronograma de actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2014, aprobado mediante D.A. Nº 005- 2013-A-MDC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2013-A-MDC Cieneguilla, 27 de mayo de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: El Informe Nº 043-2013-GPP/MDC de fecha 24 de mayo de 2013, sobre la Modifi cación del Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2014; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Distritales, son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias, conforme se ha establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el artículo Único de la Ley Nº 28607, concordante con lo previsto en los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;