Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2013 (13/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Jueves 13 de junio de 2013

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hace llegar a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento la documentacion sustentatoria para la creacion de la Unidad Ejecutora UGEL Huarmaca; Que, mediante Informe Nº 028-2013/GOB.REG.PIURA410000 de fecha 04 de marzo de 2013, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, precisa "(...) Que la Direccion Regional de Educacion MORDAZA ha emitido opinion favorable relacionada a la creacion de la Unidad Ejecutora UGEL Huarmaca, asi mismo en el presente informe se considera que la creacion de esta unidad ejecutora atenuaria la solucion a los problemas pedagogicos y administrativos para un mejor servicio educativo; conforme se advierte, esta gerencia garantiza los recursos presupuestales y financieros, asi como los recursos humanos y materiales que demande la implantacion como nueva unidad ejecutora y recomienda que se disponga tramitar ante el ministerio de economia y finanzas para su autorizacion"; Que, con Oficio Nº 1001-2013/GOB.REG.PIURA10000 del 04 de marzo de 2013, Presidencia Regional remite a la Direccion General del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas la informacion para la creacion de la Unidad Ejecutora UGEL HUARMACA del Pliego 457 Gobierno Regional MORDAZA, solicitando se disponga su evaluacion y opinion favorable; Que, mediante Memorandum Nº 885-2013/GOB.REG. PIURA.410000 del 02 de MORDAZA de 2013, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, alcanza el Oficio Nº 311-2013-EF/50.07 (HRyC Nº 13034) de fecha 15 de marzo de 2013, por el cual la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas comunica su opinion favorable para la creacion de la Unidad Ejecutora UGEL HUARMACA, al cumplirse con los parametros establecidos en la normatividad vigente, la misma que no generara demanda de recursos adicionales para el presente ano fiscal 2013 y los subsiguientes; Que, la Oficina Regional de Asesoria Juridica ha senalado, mediante Informe Nº 1007-2013/GRP460000 del 23 de MORDAZA de 2013, que se ha cumplido con lo establecido en el articulo 58º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y habiendose emitido opinion favorable del Ministerio de Economia y Finanzas donde senalo que la citada Unidad Ejecutora no generara demandas de recursos adicionales al presente ano fiscal, corresponde su aprobacion mediante Ordenanza Regional; y contando con la opinion favorable del Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional, mediante informe 032-2013/GRP-200010ACCR del 27 de MORDAZA de 2013; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Ordinaria Nº 05-2013, de fecha 31 de MORDAZA de 2013, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA "UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL-UGEL HUARMACA" Articulo Primero.- Aprobar la creacion de la Unidad Ejecutora denominada: "Unidad de Gestion Educativa Local -UGEL Huarmaca", durante el presente ejercicio 2013, sujetandose al monto autorizado por el PIA 2013 del Pliego Gobierno Regional MORDAZA, sin demandar mayores recursos nacionales al Tesoro Publico, y a las disposiciones establecidas en la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013. Articulo Segundo.- Encargar a Gerencia General Regional en coordinacion con Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, llevar a cabo la implementacion financiera y presupuestaria y todas las acciones administrativas necesarias para el adecuado y efectivo funcionamiento de la Unidad Ejecutora "Unidad de Gestion Educativa Local -UGEL Huarmaca"; debiendo coordinar con el Ministerio de Economia y Finanzas a fin de implementar la presente Ordenanza Regional.

POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias -Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establecen, respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c) que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales la formulacion y aprobacion de su organizacion interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; asimismo, conforme a lo establecido en el inciso a) del articulo 15º de la referida ley organica son atribuciones del Consejo Regional: aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educacion, dispone en su articulo 141º que la Unidad de Gestion Educativa Local "Es una instancia de ejecucion descentralizada del Gobierno Regional. La Unidad de Gestion Educativa Local tiene funciones de Unidad Ejecutora presupuestal, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Presupuesto. Su creacion, funcionamiento, fusion o supresion es autorizado por el Gobierno Regional, con opinion del Ministerio de Educacion"; Que, de conformidad con el articulo 58º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, los Titulares de los pliegos presupuestarios proponen a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico la creacion de unidades ejecutoras, debiendo contar para dicha creacion con un presupuesto anual por toda fuente de financiamiento no inferior a DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 000 000,00) y que, para la creacion de unidades ejecutoras, la entidad debe contar con los recursos necesarios humanos y materiales para su implementacion, no pudiendo demandar recursos adicionales a nivel de pliego presupuestario y cumplir con los demas criterios y requisitos que establezca la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; Que, la Resolucion Directoral Nº 07-2013-EF/50.01 que aprueba la Directiva Nº 002-2013-EF/50.01 -Directiva para la Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico, en el articulo 19º dice: "El Titular del Pliego, luego de efectuar la evaluacion de sus Unidades Ejecutoras, remite a la Direccion General de Presupuesto Publico, en un plazo que no exceda al plazo establecido en el Anexo Nº 3 de la presente Directiva, la relacion de las Unidades Ejecutoras con las que contara (...) La creacion de Unidades Ejecutoras se sujeta a lo establecido en el articulo 58º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto"; Que, con Oficio Nº 324-2013/GOB.REG.PIURADREP-DADM-J del 26 de febrero de 2013, la Direccion de la Oficina de Administracion de la Direccion Regional de Educacion manifiesta "(...) que la creacion de la Unidad de Gestion Educativa Local -UGEL Huarmaca se encuentra dentro de la Resolucion Suprema Nº 205-2002-ED, con disponibilidad presupuestal de sus metas de ocupacion en las diferentes instancias educativas en los niveles y modalidades educativas que vienen atendiendose por la Unidad Ejecutora 300-Piura y lo que corresponde la creacion de la UGEL, dispone de siete (07) plazas de especialistas presupuestadas de la red educativa de Huarmaca y la contratacion de cinco (05) plazas administrativas por la modalidad de CAS"; con Oficio Nº 1936-2013/GOB.REG.PIURA-DREP-DADMD del 27 de febrero de 2013, la Direccion Regional de Educacion

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