Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2013 (02/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Miercoles 2 de octubre de 2013

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ademas de tramitar un MORDAZA de querella (expediente Nº 946-2006) donde incumple con los principios de nuestro ordenamiento juridico. En su absolucion el magistrado indica que referente a la querella, la misma fue planteada como queja ante el organo de control donde se declaro improcedente, vii) Documentos remitidos por el Ministerio de Justicia Toma, Adjuntando el Oficio Nº 555-2010-JUS/ DM, el 1 de septiembre de 2010, sobre Resumen Ejecutivo de los Informes y MORDAZA sobre Quejas y Denuncias contra Operadores Jurisdiccionales formuladas por Procuradores Publicos, en los casos de funcionamiento ilegal de juegos de casino y maquinas tragamonedas. En su absolucion el magistrado indica que los directos encargados en la notificacion recaen en el tecnico jurisdiccional del despacho y una entidad privada ajeno al Poder Judicial por lo que respecto al cargo senalado el suscrito no tendria directa responsabilidad. En su absolucion el magistrado indica que el contenido de la queja son aspectos intrascendentes que no cuestionan en el fondo la idoneidad en la gestion judicial del suscrito que se avoca a resolver aspectos sustanciales del proceso; En lo referente a los referendums realizados por el Colegio de Abogados de MORDAZA, en los anos 2006 y 2012, la comunidad juridica lo aprobo; y, en el 2007 en el Colegio de Abogados de MORDAZA Norte, su aprobacion fue regular, no registra sancion alguna. No tiene antecedentes policiales, judiciales ni penales. En lo correspondiente a su asistencia y puntualidad, durante el periodo evaluado no registra tardanzas ni ausencias injustificadas. Si registra movimiento migratorio. En el aspecto patrimonial, no se aprecia desbalance entre sus ingresos y gastos, conforme ha sido declarado periodicamente en su institucion; En condicion de demandante tiene dos procesos judiciales, uno por accion de MORDAZA y otro, por accion de cumplimiento. Como demandado registra cinco procesos judiciales por Habeas MORDAZA, de los cuales dos estan en calificacion, uno en apelacion, otro con sentencia y el ultimo en tramite; En conclusion, considerando la evaluacion conjunta de los parametros que comprende el rubro conducta, permite concluir que el magistrado en el periodo sujeto a evaluacion, denota graves deficiencias en el ejercicio de su funcion jurisdiccional, situacion que se acredita con las sanciones disciplinarias impuestas en su contra, las que afectan negativamente al conjunto de parametros de la evaluacion en este aspecto; Cuarto.- Que, considerando el rubro idoneidad, se evaluaron quince documentos emitidos, siendo el puntaje obtenido en promedio de 1.68 puntos por cada uno, siendo su puntaje total de 25.13 sobre 30 puntos. En cuanto a la gestion de los procesos, la muestra en este rubro comprende doce procesos; donde obtuvo en promedio el puntaje de 1.49 puntos por cada expediente, siendo su puntaje total 17.83 sobre 20 puntos. En cuanto a celeridad y rendimiento, obtiene un puntaje total de 8 sobre treinta puntos, lo cual demuestra un deficit en este sub rubro. Respecto a la organizacion del trabajo, sus informes presentados obtuvieron una calificacion de 2.65 sobre 10 puntos. No registra publicaciones. En relacion a su desarrollo profesional registra 5 puntos, ademas es egresado de la Maestria en Derecho Constitucional en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA y tiene estudios de Doctorado en Derecho en la Universidad San MORDAZA de Porres. Por otro lado, ejerce docencia universitaria dentro de los limites previstos por la ley. Asimismo, durante la entrevista se le formularon preguntas sobre sus conocimientos juridicos de su especialidad; sin embargo, sus respuestas no fueron satisfactorias para el Pleno del Consejo, al denotarse imprecisiones en las mismas, lo que difiere de la documentacion que en materia de capacitacion fue presentada por el magistrado. Por lo que, en este extremo el magistrado si bien ha obtenido puntaje favorable, no refleja suficientes elementos que conlleven a determinar su idoneidad para el ejercicio del cargo que ostenta; Quinto.- Que, de lo actuado en el MORDAZA de evaluacion integral y ratificacion de don MORDAZA MORDAZA Jallo, es un magistrado que no evidencia conducta ni idoneidad apropiada al cargo que desempena, puesto que registra indicadores negativos y/o deficiencias como son las medidas disciplinarias impuestas en su contra ademas de la falta de seguridad en sus conocimientos juridicos y que han sido materia de preguntas durante su entrevista publica y que el magistrado no ha logrado desvirtuar, lo que refleja una serie de deficiencias que el magistrado ha incurrido en su ejercicio jurisdiccional; por lo que, se puede

enero de 2013, habiendose garantizado el acceso previo al expediente e informe final para su lectura respectiva, por lo que corresponde adoptar la decision; Tercero.- Que, con relacion al rubro conducta, revisados los documentos que obran en su expediente, don MORDAZA MORDAZA Jallo durante el periodo de evaluacion registra dieciseis medidas disciplinarias: i) una multa del 10% de su haber, en el Expediente Nº 00078-2012, por graves irregularidades en la tramitacion del MORDAZA judicial Nº 2007-1062 sobre solicitud de extradicion, ii) una multa del 10% de su haber, en el Expediente Nº 140-2007, por graves irregularidades en la tramitacion de un MORDAZA de rectificacion de partida; iii) una multa del 2% de su haber en el Expediente Nº 0000014-2007 por negligencia inexcusable por retardo en el tramite de causas penales, iv) una multa del 2% de su haber en el Expediente Nº 00000632007 por graves irregularidades en el tramite de procesos judiciales a su cargo, v) una multa del 2% de su haber en el Expediente Nº 2364-2008, vi) ocho apercibimientos recaidos en los expedientes Nos. 118-2007, 123-2007, 2182007, 223-2007, 111-2008, 2828-05, 63-2006, 469A-2006, por irregularidades en la tramites de procesos judiciales a su cargo, y vii) tres amonestaciones; asimismo, segun lo informado por la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura. Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, el magistrado registra ciento diez procesos disciplinarios, de los cuales ciento seis se encuentran archivados y cuatro en tramite; En el sub rubro participacion ciudadana, el magistrado registra los siguientes cuestionamientos a su conducta y labor realizada, tales como: i) Denuncia presentada por Camela MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, atribuyendole inconducta funcional haber dilacion en el tramite de su expediente Nº 753-2002, con lo que se buscaba la prescripcion del MORDAZA penal. En su absolucion el magistrado refiere que la demora del tramite del expediente tiene relacion con la carga procesal que afrontaba su juzgado; ii) Denuncia formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, atribuyendo abuso de autoridad de parte del magistrado contra su persona por calificarlo de inculpado en el delito de Lesiones Graves, siendo el denunciante el agraviado. En su absolucion el magistrado indica que quien formula denuncia penal luego de una investigacion preliminar es el representante del Ministerio Publico quien en base a los presupuestos facticos y la adecuacion al MORDAZA penal formula la denuncia personal todo ello en cumplimiento al MORDAZA acusatorio y a lo dispuesto en el inciso 5º articulo 159 de la Constitucion Politica del Estado, iii) Denuncia formulada por Zozimo MORDAZA Policio MORDAZA, quien senala que en el tramite de la Instruccion Nº 2007-0387-0-2703-JR-PE-01, a cargo del magistrado, este falsifico una acta de diligencia de inspeccion ocular que tenia realizarse el 19 de junio de 2007, acta que se encuentra firmada por todos los denunciados, con el proposito de perjudicar y violentar su irrestricto derecho de defensa. En su absolucion el magistrado indica que si se llevo a cabo dicha diligencia, la representante del Ministerio Publico quien en su funcion de velar el MORDAZA de legalidad, certifico el hecho participando en dicha diligencia y donde incluso los propios denunciados firmaron la correspondiente acta de inspeccion ocular, iv) Denuncia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balmaceda, atribuyendo al evaluado haber incurrido en un error manifiesto en el expediente Nº 2711-2011-80 al resolver el pedido del agraviado y no haber emitido la decision judicial correspondiente conforme lo ha verificado en su resolucion la MORDAZA Sala Penal Permanente de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. El magistrado en su absolucion menciona que no se cumplia el requisito de la verosimilitud, en razon de que el inicio de un MORDAZA penal se sustenta en la existencia de indicios de la comision del delito y su posible vinculacion con el denunciado, por ello el inculpado ha sido absuelto, conforme se desprende del sistema de reportes judiciales, v) Denuncia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chullun, atribuyendo al magistrado, haber cometido fraude procesal ademas de incurrir en delito contra la administracion de justicia y otros, por haberle negado ver su expediente. En su absolucion el magistrado indica que los fundamentos facticos expuestos por los denunciantes, no se adecuan a los elementos objetivos constitutivos de los tipos penales denunciados, en razon a que los supuestos de hechos alegados, han sido realizados de manera generica, vi) Denuncia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Boleje, atribuyendo al magistrado los delitos de prevaricato, denegacion y retardo de justicia,

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