Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2014 (02/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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la Republica Oriental del Uruguay, mediante la cual convocan a participar de la Primera Reunion Preparatoria de la XVIII edicion de la Cumbre, la cual se realizara del 4 al 6 de agosto de 2014, en la MORDAZA de Montevideo ­ Uruguay, bajo el eje tematico "Hacia la consolidacion de la Seguridad Juridica, la Cultura de Paz y el Desarrollo Social"; en tal sentido invita a designar delegados para el citado evento. CONSIDERANDO: Que, resulta de particular interes para el Poder Judicial realizar todas las acciones que tengan como objeto propiciar la cooperacion con instituciones judiciales tanto de nuestro MORDAZA como en el extranjero. Que, el Poder Judicial ha participado decididamente en las diversas actividades de la Cumbre Judicial Iberoamericana, calificado como espacio de coordinacion entre todos los Poderes Judiciales y los Consejos Nacionales de la Magistratura de MORDAZA, Espana, MORDAZA y Andorra. Que, conforme se aprecia de la invitacion realizada, los organizadores de la Primera Reunion Preparatoria de la XVIII edicion de la Cumbre Judicial Iberoamericana, se han comprometido a asumir los gastos de estadia y alimentacion, debiendo los paises miembros asumir los demas gastos que pudieran corresponder, precisando que en este caso el comisionado, sufragara el costo de los pasajes aereos. Que, en uso de las funciones y atribuciones conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, modificado por la Ley 27465 y estando debidamente visado por la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, miembro del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, como delegado del Poder Judicial del Peru, en la Primera Reunion Preparatoria de la XVIII edicion de la Cumbre Judicial Iberoamericana, la cual se realizara del 4 al 6 de agosto de 2014, en la MORDAZA de Montevideo ­ Uruguay, concediendosele licencia con goce de haber del 4 al 7 de agosto del ano en curso, debiendo dar cuenta de su participacion a la Presidencia del Poder Judicial. Articulo Segundo.- PRECISAR, que el detalle de los gastos a ser asumidos por el Poder Judicial, a fin de viabilizar la comision del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estaran a cargo de la Unidad Ejecutora Gerencia General del Pliego Presupuestal Poder Judicial, bajo los siguientes conceptos: viaticos, assist card, y gastos de instalacion.
CONCEPTO ASSIST CARD VIATICOS MONTO U$ 24.00 U$370.00 MONTO EN LETRAS Veinticuatro y/00 dolares americanos Trescientos setenta y/00 dolares americanos Trescientos setenta y/00 dolares americanos Setecientos sesenta y cuatro y/00 dolares americanos

El Peruano Sabado 2 de agosto de 2014

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan Jueza Coordinadora encargada del MORDAZA de remision y redistribucion de expedientes de diversos juzgados de trabajo transitorios liquidadores de descarga procesal desactivados en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 221-2014-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2014 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 223-2014-CE-PJ del veintisiete de junio del dos mil catorce, la Resolucion Administrativa N° 204-2014-P-CSJLI/PJ, publicadas del ocho de MORDAZA del dos mil catorce y; el informe 077-2014AEPR-UPD/CSJLI/PJ. CONSIDERANDO: Primero.- Que, por Resolucion Administrativa N° 204-2014-P-CSJLI/PJ, de vista, la Presidencia de este Distrito Judicial dispone las medidas administrativas para la redistribucion de los expedientes de los convertidos y reubicados 1°, 2°, y 4 ° Juzgados de Trabajo Transitorios Liquidadores de Descarga Procesal de esta Superior Corte. Segundo.- Que, en el articulo MORDAZA de la citada Resolucion, se indica que, son los Magistrados los responsables de los organos jurisdiccionales comprendidos en la remision y distribucion de expedientes a remitir diariamente al Centro de Distribucion General. Tercero.- Que, en virtud a la conversion y desactivacion de estos organos jurisdiccionales, los Magistrados integrantes de los mismos, ya no laboran ni tiene competencia funcional sobre ellos por lo cual, la figura del Magistrado Coordinador de los Juzgados de Trabajo Transitorios Liquidadores de Descarga Procesal; tambien ha corrido la misma suerte y ante la coyuntura descrita anteriormente se hace necesaria la designacion de un responsable e idoneo que realice las coordinaciones pertinentes y necesarias para la remision y redistribucion de expedientes de los Juzgados de Trabajo Transitorios Liquidadores de Descarga Procesal; por lo que entonces, se colige la necesidad de adoptar una decision administrativa que asegure la correcta y oportuna supervision y coordinacion en la remision de expedientes, razon por la cual se hace preciso nombrar a un Juez Coordinador, cuya funcion se enmarca dentro de una politica de trabajo coordinado entre la Presidencia y los Jueces, delegandosele asi facultades de supervision en el MORDAZA de remision y redistribucion de causas de manera ordenada Cuarto.- Que en merito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de que se de cumplimiento a lo MORDAZA citado; en consecuencia, se debe ordenar y ejecutar las medidas pertinentes para tal fin, con sujecion a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolucion Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Quinto.- Que, por razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial e inciso 3 del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolucion Administrativa N°214-2012-CE-PJ de fecha 05 de noviembre del 2012.

GASTOS DE U$ 370.00 INSTALACION TOTAL: U$764.00

Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolucion no exonera de pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR el contenido de la presente Resolucion a la Secretaria Permanente de la Cumbre Judicial Iberoamericana, Gerencia General del Poder Judicial, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, asi como al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 1117742-1

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