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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (02/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 71

El Peruano Sábado 2 de agosto de 2014 529225 públicas sobre la responsabilidad social del sector minero, el grado de relación que existe entre la Universidad y la industria minera principalmente, debiendo visitar con dicha estancia al 1)The University of nevadas Mackay School of Earth Sciencies and Engineering, Mining Enginering Department; 2)Organizaciones del gobierno del Estado de Nevada, diferentes condados; 3)Visitar unidades mineras en diferentes condados (por ejemplo; Eureka y Elko), a partir del 17 de agosto hasta el 02 de setiembre de 2014; Que, mediante el documento del visto, el Jefe de la Ofi cina General de Investigación y Cooperación Técnica de la UNASAM, solicita se emita Resolución de autorización de viaje y aprobación del fi nanciamiento respectivo, al país de los Estados Unidos de Norteamérica, Estado de Nevada, para el docente investigador Dr. Julio Gregorio Poterico Huamayalli, responsable del Proyecto de Investigación: Valoraciones Multicriterial Optimizada del Impacto Ambiental en el Área de Infl uencia del Proyecto Pierina Ancash - Perú, 2014-2015, para el Diseño de un Modelo de Convivencia Sustentable”, con la fi nalidad de intercambiar experiencias, a partir del 17 de agosto al 02 de setiembre de 2014; Que, en mérito al pedido expuesto precedentemente, con Ofi cio Nº 276-2014-UNASAM-OGPL/UPP-J, de fecha 21 de julio de 2014, la Ofi cina General de Planifi cación, opina por la procedencia del pedido, por existir disponibilidad presupuestal ya que el presupuesto del mencionado Proyecto se encuentra aprobado con la Resolución Rectoral Nº 258-2014-UNASAM, de fecha 19 de mayo de 2014, por lo que el viaje solicitado y el fi nanciamiento del mismo debe ser afectado a dicho proyecto, siendo el total del fi nanciamiento S/. 23,410.00 nuevos soles, así como el presupuesto del viaje al exterior debe comprender también el costo de publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, siendo uno de los fi nes de la UNASAM “formar humanistas, científi cos y profesionales con alta calidad académica; así como promover, organizar y realizar investigación científi ca humanística y tecnológica y fomentar la creación intelectual artística” y siendo deberes de los profesores universitarios, perfeccionar permanentemente y mejorar su capacidad docente realizando labor intelectual creativa, así como dicha participación conllevará al desarrollo de nuestra Casa Superior de Estudios, con Hoja de Envío Nº 2247-14, de fecha 23 de julio de 2014, el Rector (e) de la UNASAM, dispone la emisión de la Resolución de autorización de viaje y aprobación del fi nanciamiento del mismo a favor del Dr. Julio Gregorio Poterico Huamayalli, responsable del Proyecto de Investigación Titulado: Valoraciones Multicriterial Optimizada del Impacto Ambiental en el Área de Infl uencia del Proyecto Pierina Ancash - Perú, 2014-2015, para el Diseño de un Modelo de Convivencia Sustentable”, a partir del 17 de agosto al 02 de setiembre de 2014; De conformidad a lo establecido en la Ley Universitaria y en uso de las atribuciones conferidas en el Art.151º del Estatuto de la UNASAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje del Dr. Julio Gregorio Poterico Huamayalli, responsable del Proyecto de Investigación Titulado: “Valoraciones Multicriterial Optimizada del Impacto Ambiental en el Área de Infl uencia del Proyecto Pierina Ancash - Perú, 2014-2015, para el Diseño de un Modelo de Convivencia Sustentable”, al país de Estados Unidos de Norteamérica, Estado de Nevada, para el proceso de ejecución del mencionado Proyecto, a partir del 17 de agosto al 02 de setiembre de 2014. Artículo 2º.- FINANCIAR el viaje autorizado precedentemente, para cubrir los gastos de viajes domésticos (nacionales) e Internacionales, por el monto total de VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 23,410.00), a favor del Dr. Julio Gregorio Poterico Huamayalli, afectándose a la Fuente de Financiamiento: 18. Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones y a la Meta Presupuestal: 0014.19, con cargo al Proyecto de Investigación Titulado: Valoraciones Multicriterial Optimizada del Impacto Ambiental en el Área de Infl uencia del Proyecto Pierina Ancash - Perú, 2014-2015, para el Diseño de un Modelo de Convivencia Sustentable”. Artículo 3º.- AUTORIZAR a la Unidad de Adquisiciones de la Ofi cina General de Economía y Abastecimiento, gastos adicionales específi camente para efectos de publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- DAR cuenta de la presente resolución al Consejo Universitario. Así como los docentes a la culminación del viaje autorizado al extranjero, deben informar el resultado del mismo. Regístrese, comuníquese y archívese. GUILLERMO JACINTO GOMERO CAMONES Vicerrector Académico Rector (e) 1117732-1 Otorgan duplicado de diploma de título profesional en Pedagogía y Humanidades de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCIÓN Nº 2564-CU-2014 Huancayo, 20 de febrero de 2014. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 003844 de fecha 20.01.2014, por medio del cual doña ALEJANDRA LUZ CAPCHA PAUCAR, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional en Pedagogía y Humanidades. Especialidad: Español y Literatura, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso; asimismo promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 1895- 2006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, mediante la Resolución Nº 01304-CU-2007 del 19.01.2007, la Universidad aprueba la “Directiva Nº 001- SG-2006-UNCP para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Perú”; Que, doña Alejandra Luz Capcha Paucar, solicita duplicado de Diploma de Título Profesional, por pérdida; el Diploma de Título Profesional en Pedagogía y Humanidades. Especialidad: Español y Literatura, fue expedido el 11.08.2004, Diploma registrado con el Nº 7386, registrado a Fojas 014 del Tomo 027-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 03 de Febrero del 2014. RESUELVE: 1º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL EN PEDAGOGÍA Y HUMANIDADES. ESPECIALIDAD: ESPAÑOL Y LITERATURA, a doña ALEJANDRA LUZ CAPCHA PAUCAR, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 7386, registrado a Fojas 014 del Tomo 027-T. 2º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley 28626. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Ofi cina de Secretaria General y la Facultad de Educación. Regístrese y comuníquese. JESÚS EDUARDO POMACHAGUA PAUCAR Rector MAURO RODRÍGUEZ CERRÓN Secretario General 1117296-1