Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2014 (16/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

530070
b. las condiciones meteorologicas significativas en el area de despegue y de ascenso inicial, a menos que se sepa que la informacion ya ha sido recibida por la aeronave. 6.4.1.2.3 MORDAZA de que la aeronave entre en el circuito de MORDAZA o inicie la aproximacion para aterrizar, se le deben facilitar los siguientes datos, en el orden en que figuran, excepto aquellos que se sepa que la aeronave ya MORDAZA recibido: a. la pista que ha de utilizarse; b. la direccion y la velocidad del viento en la superficie, incluidas las variaciones importantes de estos; c. el reglaje QNH de altimetro y, cuando sea aplicable de conformidad con acuerdos locales, o si la aeronave asi lo solicita, el reglaje QFE de altimetro. 6.4.1.3 Informacion sobre MORDAZA esencial local 6.4.1.3.1 Debe darse oportunamente informacion sobre el MORDAZA esencial local, ya sea directamente o por conducto de la dependencia que proporcione el servicio de control de aproximacion cuando, a juicio del controlador de aerodromo, sea necesaria dicha informacion en interes de la seguridad, o cuando la solicite la aeronave. 6.4.1.3.2 Debe considerarse informacion indispensable sobre el trafico la referente a toda aeronave, vehiculo o personal que se hallen en el area de maniobras o cerca de MORDAZA, o al que opera en la proximidad del aerodromo, que pueda constituir un peligro para la aeronave en cuestion. 6.4.1.3.3 El MORDAZA esencial local debe describirse de forma que sea facilmente identificado. 6.4.1.4 Incursion obstaculos en la pista o pista con c. detener la aeronave.

El Peruano Sabado 16 de agosto de 2014

6.4.1.5.3 El conductor de un vehiculo que dude sobre la posicion del vehiculo con respecto al area de maniobras inmediatamente debe: a. notificar al controlador las circunstancias (incluida la MORDAZA posicion conocida); b. evacuar, en forma simultanea, a menos que el controlador indique otra cosa, el area de aterrizaje, la MORDAZA de rodaje, o cualquier otra parte del area de maniobras, para alejarse a una distancia MORDAZA lo MORDAZA posible; y despues, c. detener el vehiculo. 6.4.1.5.4 En caso de que el controlador del aerodromo se de cuenta de que una aeronave o un vehiculo ha perdido la posicion en el area de maniobras, o no este seguro de su posicion, debe tomar de inmediato las medidas apropiadas para salvaguardar las operaciones y ayudar a la aeronave o vehiculo en cuestion a determinar su posicion. 6.4.1.6 Turbulencia de MORDAZA y peligrosa por el chorro de los reactores 6.4.1.6.1 Los controladores de aerodromo deberan, cuando proceda, establecer las minimas de separacion por MORDAZA turbulenta especificadas. Cuando la responsabilidad de evitar la MORDAZA turbulenta incumba al piloto al mando, los controladores de aerodromo deberan, siempre que sea factible, advertir a las aeronaves cuando se espere que vaya a haber riesgos inherentes a la MORDAZA turbulenta. 6.1.6.2 Los controladores de MORDAZA aereo, al expedir autorizaciones o instrucciones, deben tener en cuenta los peligros que los chorros de los reactores y las corrientes de las helices pueden ocasionar a las aeronaves en rodaje, a las aeronaves que despegan o aterrizan, y a los vehiculos y personal que circulan y actuan en el aerodromo. 6.4.1.7 Configuracion y condiciones anomalas de las aeronaves 6.4.1.7.1 Siempre que una configuracion o condicion anomalas de una aeronave, incluidas condiciones tales como tren de aterrizaje sin desplegar o semidesplegado, o emisiones desacostumbradas de humo desde cualquier parte de la aeronave, hayan sido observadas o notificadas al controlador de aerodromo, debe notificarse sin demora a la aeronave en cuestion. 6.4.1.7.2 Cuando lo pida la tripulacion de vuelo de una aeronave que sale si sospecha que la aeronave ha sufrido danos, se debe inspeccionar la pista utilizada para el despegue y se notificara a la tripulacion de vuelo, de la forma mas expedita posible, si se han encontrado o no restos de aeronave o de aves o animales. 6.5 INFORMACION ESENCIAL CONDICIONES DEL AERODROMO SOBRE LAS

6.4.1.4.1 En caso de que el controlador de aerodromo, despues de dar una autorizacion de despegue o una autorizacion de aterrizaje, advierta una incursion en la pista o la inminencia de que se produzca, o la existencia de cualquier obstaculo en la pista o en su proximidad que pondria probablemente en peligro la seguridad de un despegue o de un aterrizaje de una aeronave, debe adoptar las siguientes medidas apropiadas: a. cancelar la autorizacion de despegue en el caso de una aeronave que sale; b. dar instrucciones a una aeronave que aterriza para que inicie un procedimiento de aproximacion frustrada; c. en todo caso informar a la aeronave acerca de la incursion en la pista o del obstaculo y de su posicion en relacion con la pista. 6.4.1.4.2 Los pilotos y los controladores de MORDAZA aereo deben notificar todo MORDAZA que suponga una obstruccion o una incursion en la pista. 6.4.1.5 Incertidumbre respecto de la posicion en el area de maniobras 6.4.1.5.1 Salvo lo dispuesto en 6.4.1.5.2, un piloto que duda respecto de la posicion de la aeronave en relacion con el area de maniobras inmediatamente debe: a. detener la aeronave; y b. notificar simultaneamente al controlador las circunstancias (incluida la MORDAZA posicion conocida). 6.4.1.5.2 En las situaciones en las que el piloto dude respecto de la posicion de la aeronave en relacion con el area de maniobras, pero reconozca que la aeronave se encuentra en una pista, el piloto inmediatamente debe: a. notificar al controlador las circunstancias (incluida la MORDAZA posicion conocida); b. evacuar, lo MORDAZA posible, la pista, si es capaz de localizar una MORDAZA de rodaje cercana apropiada, a menos que el controlador le indique otra cosa; y despues,

6.5.1 Informacion esencial sobre las condiciones del aerodromo, es la necesaria para la seguridad de la operacion de aeronaves, referente al area de movimiento o a las instalaciones generalmente relacionadas con ella. Por ejemplo, una obra de construccion en una MORDAZA de rodaje no conectada con la pista en uso, no constituira informacion esencial para ninguna aeronave, excepto para la que pudiera tener que pasar cerca de la obra de construccion. Por otra parte, si todo el MORDAZA debe limitarse a las pistas, ello debe considerarse como informacion esencial para toda aeronave no familiarizada con el aerodromo. 6.5.2 La informacion esencial sobre las condiciones del aerodromo debe incluir lo siguiente: a. obras de construccion o de mantenimiento en el area de movimiento o inmediatamente adyacente a la misma; b. partes irregulares o deterioradas de la superficie de las pistas, calles de rodaje o plataformas, esten senaladas o no; c. nieve, nieve fundente o hielo en las pistas, calles de rodaje o plataformas;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.