Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2014 (16/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Sabado 16 de agosto de 2014

530085

Amargura S/N, Barrio Centro, Distrito de Huaripampa, Provincia de Jauja, Departamento de Junin; Articulo Segundo.- Es responsabilidad de EL SENATI renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 0252008-MTC durante la vigencia de la autorizacion, MORDAZA del vencimiento de los plazos senalados en el siguiente cuadro:
ACTO Primera renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Tercera renovacion de carta fianza Cuarta renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Fecha MORDAZA de MORDAZA 30 de MORDAZA del 2015 30 de MORDAZA del 2016 30 de MORDAZA del 2017 30 de MORDAZA del 2018 30 de MORDAZA del 2019

Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales R & U S.A.C. la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la R.D. Nº 3179-2013MTC/15, cambiando ubicacion de local en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2964-2014-MTC/15 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 086278, 098288 y 116931, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES R & U S.A.C.; y, CONSIDERANDO:

En caso que EL SENATI no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- EL SENATI, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 25 de MORDAZA del 2015 25 de MORDAZA del 2016 25 de MORDAZA del 2017 25 de MORDAZA del 2018 25 de MORDAZA del 2019

En caso que EL SENATI, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte del SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL ­ SENATI a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Quinto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo del SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL ­ SENATI, los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1115966-1

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3078-2012MTC/15 de fecha 15 de agosto de 2012, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES R & U S.A.C., con RUC Nº 20548287309 y domicilio en Av. MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA Nº 1306, Mz. D Lt. 13 Urbanizacion Popular El MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA (5to Piso), para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III, y de la Clase B Categoria II-c; asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, los Cursos de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 4509-2012MTC/15 de fecha 14 de noviembre de 2012, se autorizo a La Escuela, para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3179-2013MTC/15 de fecha 07 de agosto de 2013, se autorizo a la Escuela la ampliacion de local ubicado en: Avenida MORDAZA MORDAZA Mz. Q-02 Lote Nº 21, Urb. Chorrillos, Distrito de Chorrillos, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Partes Diarios Nºs. 086278 y 098288 de fecha 19 de MORDAZA de 2014 y 05 de junio de 2014, respectivamente, La Escuela solicita la modificacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral Nº 3179-2013-MTC/15, cambiando la ubicacion de las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica, por el ubicado en: MORDAZA Gran Pajaten Nº 371-375, Urb. MORDAZA, Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 4137-2014-MTC/15.03 de fecha 04 de junio de 2014, notificado el 23 de junio de 2014, la Autoridad Administrativa formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, obteniendo respuesta mediante Parte Diario Nº 116931 de fecha 03 de MORDAZA de 2014; Que, el articulo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de conducir Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento...";

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