Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2014 (16/08/2014)


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proximidad, asi como los vehiculos y personal que se encuentren en el area de maniobras. Los controladores de aerodromo deben vigilar por observacion visual, aumentandola en condiciones de baja visibilidad por medio de un sistema de vigilancia ATS, cuando dicho sistema este disponible. Se controlara el MORDAZA aereo de conformidad con lo establecido en esta Regulacion y con todas las disposiciones aplicables de MORDAZA especificadas por la DGAC. Si existen otros aerodromos dentro de la MORDAZA de control, el MORDAZA de todos los aerodromos dentro de tal MORDAZA debe coordinarse de manera que se evite interferencia entre los circuitos de transito. 6.1.1.3 Las funciones de la MORDAZA de control de aerodromo pueden ser asumidas por distintos puestos de control o de trabajo, tales como: a. controlador de aerodromo, normalmente responsable de las operaciones en la pista y de las aeronaves que vuelan dentro del area de responsabilidad de la MORDAZA de control de aerodromo; b. controlador de tierra, normalmente responsable del MORDAZA en el area de maniobras, a excepcion de las pistas; c. puesto de entrega de autorizaciones, normalmente responsable de la entrega de autorizaciones de puesta en marcha y ATC, para los vuelos IFR que salen. 6.1.1.3.1 El Proveedor ATS debe realizar una evaluacion para determinar la necesidad de los puestos de trabajo o las funciones en una MORDAZA de control de aerodromo. Dicha evaluacion debe contar con la aprobacion de la DGAC. Los factores que el Proveedor ATS debe considerar en esta evaluacion seran, por lo menos: a. la densidad del MORDAZA en la hora pico del mes pico; b. la carga de trabajo del controlador; y c. la capacidad ATS actualizada. 6.1.1.4 Obligacion del proveedor ATS respecto a la publicacion de instrucciones locales. El proveedor ATS debe elaborar, implantar y publicar en la AIP PERU los procedimientos e instrucciones locales, aplicables a cada aerodromo, de conformidad con las disposiciones del presente reglamento. A su vez, estos procedimientos e instrucciones locales deben ser incorporados en los manuales o instructivos de trabajo del proveedor ATS. 6.1.1.5 Obligacion del proveedor ATS respecto a la seguridad y acceso a la MORDAZA de Control. 6.1.1.5.1 El proveedor ATS, como parte de sus manuales de procedimientos o instructivos de trabajo, deben elaborar e implantar medidas de seguridad que apliquen la prohibicion al acceso de personal no autorizado a la MORDAZA de Control. En la MORDAZA solo deben desempenarse personal habilitado o en MORDAZA de habilitacion que sea titular de licencias bajo la RAP 65, salvo las excepciones que senala dicha Regulacion. Solo puede acceder a la MORDAZA, como parte de sus funciones; a. personal de supervision/instruccion ATS; b. personal alumno controlador debidamente autorizado; c. personal tecnico CNS, d. jefes operacionales, e. personal del explotador del aerodromo, f. pilotos si es requerido para MORDAZA de planes de vuelo, g. personal militar vinculado a las actividades ATS y h. personal de la DGAC debidamente acreditado. El proveedor ATS es responsable de establecer los procedimientos para la autorizacion de ingreso en la MORDAZA de personas no incluidas en el listado anterior, asegurandose que se realizan en horas que el MORDAZA aereo lo permite, y que no perturban el normal desempeno de las funciones del personal ATS. 6.1.1.5.2 Asimismo, el proveedor ATS debe disponer de bitacoras escritas en cada MORDAZA de Control para

El Peruano Sabado 16 de agosto de 2014

cada uno de los puestos operacionales, en donde se registre la identidad del ATCO y/o alumno controlador que se desempena en el puesto de trabajo, incluso bajo instruccion operacional - OJT, en determinado periodo de tiempo, asi como los relevos respectivos, incluyendo la rubrica del mencionado titular y del instructor designado. Estas bitacoras deben archivarse y conservarse al menos 6 meses conforme a la Regulacion RAP 311. 6.1.1.5.3 El proveedor ATS debe contar con un registro de ocurrencias en la MORDAZA de Control que debe ser llenado por el personal en servicio, donde se anoten las incidencias y/o eventos relevantes de las actividades ATS. Este registro de ocurrencias debe archivarse y conservarse al menos 6 meses. 6.1.2 Servicio de alerta prestado por las MORDAZA de control de aerodromo 6.1.2.1 Los controladores de la MORDAZA de control deben alertar a los servicios de salvamento y extincion de incendios, siempre que: a. MORDAZA ocurrido un accidente de aeronave en el aerodromo o en sus cercanias; o b. se reciba informacion de que pueda ponerse en peligro o ya se MORDAZA puesto en peligro la seguridad de una aeronave que este o que estara bajo la jurisdiccion de la MORDAZA de control de aerodromo; o c. lo solicite la tripulacion de vuelo; o d. cuando se juzgue necesario o conveniente por otros motivos. 6.1.2.2 Los procedimientos para alertar a los servicios de salvamento y extincion de incendios debe estar incluidos en las instrucciones locales elaboradas por el Proveedor ATS. En tales instrucciones debe especificarse el MORDAZA de informacion que MORDAZA de proporcionarse a los servicios de salvamento y extincion de incendios, incluidos el MORDAZA de aeronave y MORDAZA de emergencia, y cuando se conozca el numero de personas a bordo si se transportan en la aeronave mercancias peligrosas. 6.1.2.3 Los controladores deben informar a la dependencia de control de aproximacion, al ACC, o al centro coordinador de salvamento o al subcentro de salvamento, de conformidad con las instrucciones locales especificadas por el Proveedor ATS, acerca de las aeronaves que dejen de notificar despues de haber sido transferidas a una MORDAZA de control de aerodromo o que, despues de haber hecho una notificacion, suspendan el contacto por radio y que, en uno u otro caso, dejen de aterrizar cinco minutos despues de la hora prevista. 6.1.3 MORDAZA o irregularidad de las ayudas y del equipo Las MORDAZA de control de aerodromo deben notificar inmediatamente, de conformidad con las instrucciones locales especificadas por el Proveedor ATS, toda MORDAZA o irregularidad de funcionamiento de cualquier equipo, luz u otro dispositivo instalado en un aerodromo para guiar el MORDAZA del mismo; y a las tripulaciones de vuelo, o segun sea necesario, para el suministro del servicio de control de MORDAZA aereo. 6.2 SELECCION DE LA PISTA EN USO 6.2.1 La expresion "pista en uso" debe emplearse para indicar la pista o pistas que el controlador de aerodromo considera mas adecuada, en un momento dado, para los tipos de aeronaves que se espera aterrizaran o despegaran en dicho aerodromo. 6.2.1.1 Segun corresponda, las pistas separadas pueden ser designadas como pista en uso para las aeronaves que lleguen y para las que salgan. 6.2.2. Normalmente, la aeronave aterrizara y despegara contra el viento, a menos que condiciones de seguridad, la configuracion de la pista, o las condiciones meteorologicas, los procedimientos de aproximacion por instrumentos disponibles o las condiciones de MORDAZA aereo determinen que otro sentido es preferible. Sin embargo para seleccionar la pista en uso, la dependencia

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