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El Peruano Sábado 16 de agosto de 2014 530074 del despegue, la autorización o instrucciones que expida el controlador debe iniciarla con la instrucción: “MANTENGA POSICIÓN”. 6.9.3.8 El controlador debe prever y tomar medidas, al dar autorización o instrucciones a las aeronaves “pesadas”, que estas podrían usar una potencia mayor a la normal para el rodaje o para entrar a una pista. Las aeronaves “pesadas”, cuando se encuentre en el punto de espera de la pista no deben ser autorizadas para un despegue inmediato. 6.9.4 Cancelación de la autorización de despegue 6.9.4.1 Cuando una autorización de despegue debe ser cancelada, el controlador debe instruir al piloto para que mantenga posición y esperar el acuse recibo de la instrucción. Fraseología: “(Ident aeronave) MANTENGA POSICIÓN FUERA DE PISTA (HOLD SHORT OF RUNWAY)” 6.9.4.2 En circunstancias en que el controlador de aeródromo considere necesario cancelar la autorización de despegue después que el piloto haya comenzado la carrera de despegue, el piloto será instruido para que se detenga inmediatamente y acuse recibo de la instrucción. Fraseología: “(Ident aeronave) PARE INMEDIATAMENTE (STOP INMEDIATELY)” 6.9.4.3 La cancelación de la autorización de despegue cuando la aeronave ya haya comenzado la carrera de despegue sólo debe ocurrir cuando la aeronave se encuentre en un serio e inminente peligro en caso de continuar. Los controladores deberán estar conscientes de la potencial posibilidad que una aeronave sobrepase el fi nal de la pista si abandona el procedimiento de despegue en una fase avanzada, especialmente por aeronaves grandes o por aquellas que están cerca a su límite de performance en casos de máximo peso de despegue, alta temperatura o cuando la acción del frenado en la pista pueda estar adversamente afectada. Debido a ello, aún en el caso de que sea cancelada la autorización de despegue, el piloto de la aeronave puede considerar que es más seguro continuar el despegue que intentar detener la aeronave. 6.9.4.4 Los controladores deberán prever que una aeronave que abandona su despegue puede sufrir sobrecalentamiento del sistema de frenado u otra situación anormal y debe estar preparado para declarar la apropiada categoría de emergencia o proveer otro tipo de asistencia. 6.9.5 Autorización para vuelos IFR 6.9.5.1 Una aeronave con plan de vuelo IFR no recibirá la autorización de despegue hasta que haya recibido y colacionado la autorización ATC, emitida por el centro de control o dependencia de aproximación, según corresponda. 6.9.5.2 Cuando la aeronave deba recibir cualquier otra instrucción específi ca antes de despegar (p.ej.: después de la salida virar, mantener rumbo, nivel(es) a mantener), el controlador debe anteponer la frase: DESPUÉS DE LA SALIDA…… 6.10 CONTROL DE LAS AERONAVES QUE LLEGAN 6.10.1 Separación entre una aeronave que aterriza y una aeronave precedente que aterriza o despega utilizando la misma pista No debe permitirse, en general, cruzar el umbral de la pista, en su aproximación fi nal, a ninguna aeronave que vaya a aterrizar hasta que la aeronave saliente que la preceda haya cruzado el extremo de la pista en uso, haya iniciado un viraje, o hasta que todas las aeronaves que acaben de aterrizar hayan dejado la pista libre. 6.10.2 Autorización de aterrizaje 6.10.2.1 El controlador de aeródromo debe autorizar a aterrizar a una aeronave cuando tenga un grado razonable de seguridad de que la separación que fi gura en 6.10.1, existirá cuando la aeronave cruce el umbral de la pista. 6.10.2.2 Para cumplir con 6.10.2.1 el controlador de aeródromo se asegurará de no conceder la autorización de aterrizaje hasta que la aeronave precedente en la secuencia de aterrizaje haya cruzado dicho umbral. 6.10.2.3 El controlador de aeródromo debe incluir en todas las autorizaciones de aterrizaje el designador de la pista de aterrizaje. 6.10.2.4 Durante las fases fi nales de una aproximación para aterrizar, el controlador no debe emitir instrucciones al piloto, excepto en caso de aproximación frustrada u otra situación que afecte la seguridad. 6.10.2.5 Cumpliendo con lo dispuesto en 6.10.2.4, cuando el controlador de aeródromo requiera agilizar la liberación de la pista después de los aterrizajes, puede instruir al piloto, directamente o través del control de aproximación, para que abandone la pista por una determinada calle de rodaje. Se debe asegurar la colación y aceptación del piloto a dichas instrucciones. 6.10.3 Maniobras de aterrizaje y recorrido en tierra 6.10.3.1 Cuando sea necesario o conveniente para acelerar el tránsito, puede pedirse a la aeronave que aterrice que: a. espere cerca de una pista intersecante después del aterrizaje; b. aterrice más allá de la zona de toma de contacto con la pista; c. abandone la pista en una calle de rodaje de salida especifi cada; d. acelere la maniobra de abandonar la pista. 6.10.3.2 Al pedirse a una aeronave que ejecute determinada maniobra de aterrizaje o de recorrido en tierra, debe tenerse en cuenta lo siguiente: a. el tipo de aeronave; b. la longitud de la pista; c. el emplazamiento de las calles de rodaje de salida; d. la efi cacia de frenado notifi cada sobre la pista y sobre calles de rodaje; y e. las condiciones meteorológicas reinantes. 6.10.3.2.1 No debe pedirse a una aeronave PESADA que aterrice más allá de la zona de toma de contacto de una pista. 6.10.3.3 Si el piloto al mando considera que no puede cumplir con la maniobra solicitada debe notifi carlo sin demora al controlador. 6.10.3.4 Cuando sea necesario o conveniente, p. ej., debido a malas condiciones de visibilidad, pueden darse instrucciones a una aeronave que aterrice o que esté en rodaje de que notifi que el momento en que ha abandonado la pista. El informe debe transmitirse cuando la aeronave esté más allá del punto de espera de la pista pertinente. 6.11 MÍNIMAS DE SEPARACIÓN REDUCIDAS ENTRE AERONAVES QUE UTILIZAN LA MISMA PISTA Todos los procedimientos relativos a la aplicación de mínimas de separación reducidas en la pista se publicarán en la AIP PERÚ para cada aeropuerto donde sea aplicable y, asimismo, en las instrucciones locales de control de tránsito aéreo. Los controladores deben recibir una capacitación apropiada y sufi ciente en el uso de esos procedimientos. 6.12 PROCEDIMIENTOS PARA OPERACIONES EN CONDICIONES DE ESCASA VISIBILIDAD Los procedimientos específicos para un aeródromo, respecto a operaciones en condiciones de escasa visibilidad se muestran en la AIP - PERÚ.