Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2014 (16/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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encendidas despues de un despegue, segun se especifica a continuacion: a. en los aerodromos en que se suministre servicio de control de MORDAZA aereo y en los que el control de las luces sea centralizado, las luces de una pista deben permanecer encendidas despues de un despegue durante el tiempo que se considere necesario para que regrese la aeronave por emergencia durante el despegue o inmediatamente despues; b. en los aerodromos sin servicio de control de MORDAZA aereo o en los que el control de las luces no sea central, las luces de una pista permaneceran encendidas despues de un despegue durante el tiempo que normalmente se necesitaria para reactivarlas si la aeronave regresara para un aterrizaje de emergencia, y en cualquier caso, por lo menos durante 15 minutos despues del despegue. 6.15.5 Luces de MORDAZA de parada Se deben encender las luces de MORDAZA de parada cuando lo esten las luces de pista correspondientes. 6.15.6 Luces de MORDAZA de rodaje Cuando se requiera proporcionar guia de rodaje deben encenderse las luces de MORDAZA de rodaje en tal orden que den a la aeronave que circule una indicacion continua del MORDAZA que debe seguir. Pueden apagarse las luces de MORDAZA de rodaje o parte de ellas cuando la aeronave que este efectuando el rodaje ya no las necesite. 6.15.7 Barras de parada Deben encenderse las barras de parada para indicar que todo el trafico debe detenerse y se apagaran para indicar que el trafico puede continuar. 6.15.8 Luces de obstaculos 6.15.8.1 Las luces de obstaculos correspondientes a la aproximacion o a la salida de una pista o MORDAZA pueden apagarse o encenderse al mismo tiempo que las luces de la pista. 6.15.8.2 De conformidad con lo establecido en 6.15.2.2, no deben apagarse las luces indicadoras de zonas fuera de servicio, mientras el aerodromo este abierto. 6.15.9 Vigilancia y control de las ayudas visuales 6.15.9.1 Los controladores de aerodromo deben utilizar dispositivos monitores automaticos, para determinar si las luces estan en buenas condiciones y funcionan de acuerdo con la seleccion realizada. 6.15.9.2 De no existir dispositivos monitores automaticos, o como suplemento, el controlador de aerodromo debe observar visualmente las luces que alcance a ver desde la MORDAZA de control del aerodromo y utilizara la informacion obtenida de otras MORDAZA, tales como inspecciones visuales e informes de aeronaves, para mantenerse al corriente de la situacion operacional de las ayudas visuales. 6.15.9.3 Al recibir informacion de que MORDAZA alguna luz, el controlador de aerodromo debe determinar su importancia en las operaciones, tomara las medidas pertinentes para proteger cualesquiera aeronaves o vehiculos afectados e iniciara medidas para que se corrija la falla. 6.16 DESIGNACION DE UN LUGAR CRITICO Cuando sea necesario, el explotador del aerodromo debe designar como lugar o lugares criticos uno o varios sitios en el area de movimiento del aerodromo. Los lugares criticos deben representarse en un plano, de acuerdo con lo establecido en la RAP 304. 6.17 USO DE LA FRASEOLOGIA NORMALIZADA El uso de la fraseologia aeronautica normalizada es de suma importancia en el contexto de los servicios de MORDAZA aereo. Esto ha sido identificado como un factor de seguridad en diversos aspectos, entre otros, los incidentes de incursion en pista y de MORDAZA aereo.

El Peruano Sabado 16 de agosto de 2014

Por consiguiente, tanto los controladores de MORDAZA aereo como las tripulaciones de vuelo deben cenirse estrictamente a la fraseologia autorizada por la OACI, para el servicio de control de aerodromo, la cual se incluye en el Anexo B de esta Regulacion. 6.18 CIERRE O RESTRICCION DE OPERACIONES EN LOS AERODROMOS 6.18.1 Responsabilidades aerodromo del explotador del

El Explotador del aerodromo es responsable de las acciones relacionadas al estado operacional del aerodromo, incluyendo las plataformas y el area de maniobras respecto a: a. Limitaciones operacionales de rutina (p.ej.: trabajos de mantenimiento de la pista); y b. Amenazas imprevistas para la operacion de las aeronaves (p.ej.: superficies deterioradas, obstrucciones etc.). Especificamente, el explotador del aerodromo debe disponer las medidas necesarias en lo concerniente a: i) el cierre o reapertura del aerodromo; ii) la suspension o reapertura de pistas y calles de rodaje; iii) la revision de las distancias declaradas; iv) cualquier senalizacion requerida; v) iniciar las acciones para promulgar NOTAM en casos de cambios en los servicios del aerodromo. 6.18.2 Responsabilidades de la MORDAZA de Control 6.18.2.1 El explotador de aerodromo debe ser informado inmediatamente cuando se prevea en base a notificaciones u observaciones que habra una limitacion o peligro a la circulacion de aeronaves en las plataformas o en el area de maniobras. 6.18.2.2 Considerando que el explotador de aerodromo necesita MORDAZA tiempo para hacerse cargo de la situacion, el controlador debe decidir la accion a tomar de acuerdo a las circunstancias: a. Donde una ocurrencia operacional ha ocasionado una obstruccion en las proximidades de la pista en uso: i) suspender las autorizaciones de despegue y aterrizaje cuando la obstruccion se encuentra dentro de las franjas de la pista: ii) suspender las autorizaciones de despegue y aterrizaje si hay cualquier duda sobre la ubicacion de la obstruccion; b. Los pilotos deben ser informados del motivo de la suspension de las autorizaciones y de la ubicacion y naturaleza de la obstruccion c. Cuando la obstruccion se encuentre claramente fuera de las franjas de la pista pero en las proximidades de la plataforma o area de maniobras el piloto debe ser informado de la ubicacion y naturaleza de la obstruccion y sera responsabilidad del piloto decidir si continua o no con la operacion. d. Cuando el explotador del aerodromo ha decidido el estado operacional de la plataforma o area de maniobras debe informarlo a la MORDAZA de control. e. La MORDAZA de control debe informar al APP y/o ACC asociado sobre cualquier situacion que pueda ocasionar restricciones a las operaciones del aerodromo. 6.19 RESPONSABILIDAD DE LA MORDAZA DE CONTROL RESPECTO AL MOVIMIENTO DE AERONAVES EN LAS PLATAFORMAS DE ESTACIONAMIENTO 6.19.1 Considerando que la MORDAZA de control no tiene jurisdiccion sobre las aeronaves estacionadas en las plataformas, cuando una aeronave solicite remolcar de una posicion de estacionamiento, el control terrestre debe: a) instruir al piloto cual sera la ruta de rodaje que seguira hacia la pista despues que la aeronave salga de

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