Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2014 (16/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Sabado 16 de agosto de 2014

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basico de los trabajadores de Construccion Civil, a partir del 1 de junio de 2014; Que, resulta pertinente modificar los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificacion, para las seis (06) areas geograficas correspondientes al mes de junio de 2014; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar, los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edificacion del Sector No Publico, para las seis (6) areas geograficas, correspondientes al mes de junio de 2014, que se indica a continuacion:

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 186-2014INEI de 15 de MORDAZA 2014, se aprobaron los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edificacion, correspondientes a las seis (06) areas geograficas para las Obras del Sector Privado, por variacion de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, ejecutadas en el mes de junio ultimo; Que, en la Convencion Colectiva de Trabajo, se ha suscrito el Acta Final de Negociacion Colectiva en Construccion Civil 2014-2015, de fecha 17 de MORDAZA de 2014, registrada el 13 de agosto 2014, bajo el Expediente Nº 079-2014-MTPE/2.14, por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, con el Auto Directoral General Nº 207-2014-MTPE/2/14, en la cual, como resultado de la negociacion directa del pliego de reclamos, se acordo entre otros, otorgar incrementos diarios sobre el jornal

FACTORES DE REAJUSTE MODIFICADOS CORRESPONDIENTE AL PERIODO DEL 01 AL 30 DE JUNIO DE 2014 (*) OBRAS DE EDIFICACION AREAS GEOGRAFICAS No. 1 2 3 4 5 6 Edificacion de 1 y 2 Pisos Edificacion de 1 y 2 Pisos Edificacion de 3 y 4 Pisos Edificacion de 3 y 4 Pisos (Terminada) M.O. 1,0139 1,0136 1,0128 1,0136 1,0142 1,0131 Resto Elem. 0,9972 0,9967 0,9978 0,9947 0,9972 0,9952 Total 1,0111 1,0103 1,0106 1,0083 1,0114 1,0083 (Casco Vestido) M.O. 1,0161 1,0158 1,0146 1,0154 1,0164 1,0149 Resto Elem. 0,9973 0,9971 0,9979 0,9954 0,9983 0,9955 Total 1,0134 1,0129 1,0125 1,0108 1,0147 1,0104 M.O. 1,0131 1,0131 1,0123 1,0130 1,0132 1,0125 (Terminada) Resto Elem. 0,9951 0,9948 0,9956 0,9938 0,9952 0,9936 Total 1,0082 1,0079 1,0079 1,0068 1,0084 1,0061 (Casco Vestido) M.O. 1,0174 1,0174 1,0162 1,0170 1,0178 1,0165 Resto Elem. 0,9964 0,9962 0,9972 0,9949 0,9971 0,9949 Total 1,0138 1,0136 1,0134 1,0119 1,0149 1,0114

(*) En base al Convenio Colectivo de fecha 17 de MORDAZA de 2014, Exp. Nº 079-2014-MTPE/2.14.

Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 1124535-2

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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