Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2014 (13/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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b) Designacion de responsable o constitucion del Comite de Seleccion, segun fuere el caso. c) Aprobacion de las bases del proceso. Es el acto de formalizacion que realiza la Oficina de Recursos Humanos, mediante el cual se instituyen las reglas y requisitos necesarios para realizar la convocatoria y reclutamiento. Las bases deben contener toda la informacion que el postulante debe conocer para presentarse al concurso y que garanticen el respeto de los principios del servicio civil previstos en la normatividad. Como minimo, deben contener: i) El perfil del puesto ii) Condiciones del puesto: Periodo de prueba, horario, compensacion, la familia de puestos, rol y nivel al que pertenece el puesto, si fuera el caso. iii) El cronograma detallado del concurso publico de meritos. iv) La descripcion de los medios y tipos de evaluacion que se utilizaran. v) El contenido minimo de la hoja de MORDAZA solicitado al postulante. vi) Las declaraciones juradas solicitadas. vii) La documentacion sustentatoria solicitada al postulante. viii) Los criterios de calificacion en el concurso publico de meritos. ix) Mecanismos de impugnacion. Articulo 171.- Convocatoria y Reclutamiento 171.1. Esta etapa consiste en asegurar la publicidad de la busqueda del candidato idoneo para cubrir el puesto y establecer los mecanismos para la postulacion de los candidatos. 171.2. La convocatoria a un concurso debe contener la definicion de toda la informacion que un postulante debe presentar para ser considerado como participante del concurso publico de meritos. La convocatoria debe publicarse mediante aviso, como minimo y simultaneamente, durante diez (10) dias habiles, en el MORDAZA web institucional y en el Servicio Nacional de Empleo asi como en otros medios que promuevan el acceso a las oportunidades de trabajo y la transparencia. En caso que las entidades no cuenten con MORDAZA web institucional, la convocatoria se publicara en un lugar visible de acceso publico. La difusion de la convocatoria debera tomar en cuenta la naturaleza del puesto o de los puestos a convocar. 171.3. El aviso de convocatoria debe contener, como minimo: a) Los plazos de postulacion b) Los medios por los cuales se puede acceder a las bases del concurso, el cronograma y a los resultados del concurso. c) Una descripcion basica del perfil de puesto, incluyendo la entidad para la cual se realiza la convocatoria y la compensacion asociada al puesto. d) Los medios por los cuales se realizara la postulacion y la MORDAZA de la hoja de MORDAZA u otros documentos solicitados. Articulo 172.- Evaluacion La evaluacion se realiza tomando en consideracion los requisitos previstos en el perfil de puesto. Comprende, como minimo, la evaluacion curricular, la evaluacion de conocimientos o de habilidades y la entrevista final. Los tipos de evaluacion se regulan mediante directiva de SERVIR, pudiendo aplicarse otros distintos con su autorizacion, siempre que los mismos garanticen la transparencia y objetividad de la seleccion. Las medidas de accion afirmativa que corresponda aplicar en cumplimiento de normas especiales y especificas se aplicaran una vez determinada la calificacion de los postulantes en el concurso publico de meritos y en ningun caso podran ser utilizadas para superar la calificacion minima requerida para el puesto materia de concurso. Articulo 173.- Eleccion Es la definicion del candidato idoneo, de acuerdo con los resultados del concurso publico de meritos.

El Peruano Viernes 13 de junio de 2014

En caso que culminadas las evaluaciones exista empate de dos o mas candidatos, se considerara como ganador del MORDAZA al candidato que MORDAZA obtenido mayor puntaje en la entrevista final. SERVIR podra establecer disposiciones generales, asi como especificas para determinados puestos, niveles o familias de puestos, u otros criterios que lo ameriten, los cuales deberan ser incorporados por cada entidad en sus concursos publicos de meritos. Articulo 174.- Responsabilidades durante el Concurso Publico de Meritos Durante el concurso publico de meritos, las responsabilidades en la entidad son las siguientes: a) La Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces es el organo tecnico responsable de gestionar y conducir los concursos publicos de meritos, de acuerdo con la directiva aprobada por SERVIR. Asimismo, define y aprueba las bases y gestiona el desarrollo del resto de las etapas del proceso. Tambien es responsable de hacer las publicaciones y comunicaciones oficiales del MORDAZA, de la verificacion de la informacion presentada por el postulante y de la custodia de la documentacion del concurso publico de meritos. b) El area usuaria, quien participa en el concurso publico de meritos. c) El Comite de Seleccion es responsable de la entrevista y eleccion de los participantes sin perjuicio de que la Oficina de Recursos Humanos gestione las otras etapas. d) El concursante es responsable de realizar el seguimiento de la publicacion de los resultados parciales y totales del Concurso Publico de Meritos, de acuerdo con el cronograma establecido en las bases del concurso publico. Articulo 175.- Del Comite de Seleccion Todos los Comites de Seleccion tienen como miembro al jefe de la Oficina de Recursos Humanos o un representante de este, asi como al Jefe del area usuaria que formulo el requerimiento o su representante. El Jefe del area usuaria o su representante cuenta con MORDAZA dirimente. La formalizacion de la constitucion del Comite de Seleccion se realiza mediante comunicacion de la Oficina de Recursos Humanos o de quien haga sus veces. El RIS establecera el medio por el cual se realizara dicha comunicacion. En el caso de los procesos para seleccionar directivos publicos o para la incorporacion a los puestos de los dos niveles mas altos de la MORDAZA para cada familia de puestos o para la seleccion de personal altamente especializado, el representante debera ser el jefe inmediato al que reporta el puesto y debera participar el jefe de recursos humanos o quien haga sus veces, no pudiendo delegar esta responsabilidad en otro servidor civil. Los comites para la seleccion de Directivos publicos seran presididos por un tercer miembro que sera el representante del titular de la entidad. El Comite debera llevar un registro de sus actuaciones en el concurso publico de meritos a traves de actas. En las mismas, dejara MORDAZA de los acuerdos e informacion necesaria para garantizar el cumplimiento del MORDAZA de transparencia. En el caso de concursos publicos de meritos convocados para puestos de servidores de actividades complementarias, se conformaran Comites solo para los casos en que un puesto involucre responsabilidades jefaturales y otros en los que la entidad considere conveniente. En los demas casos, sera la Oficina de Recursos Humanos la responsable de la seleccion y asumira todas las funciones correspondientes a un Comite. Articulo 176.- Comunicaciones durante el Concurso Publico de Meritos Las comunicaciones durante el concurso publico de meritos pueden realizarse por medios electronicos si asi lo establecen las bases. Se presume que el contenido de toda comunicacion y/o resultado realizada por el medio establecido en las bases es conocida por el concursante

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