Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2014 (14/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Viernes 14 de marzo de 2014

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por subasta publica seran de cargo del Gobierno Regional de La Libertad. 6.1.6. La venta por subasta publica podra tener hasta una tercera convocatoria. Si la MORDAZA convocatoria se declara desierta, se podra vender, aplicandose el procedimiento establecido para la venta directa; de no producirse la venta se remitira todo lo actuado a la Procuraduria Publica Regional para que inicie el MORDAZA de reivindicacion y accesion respecto del bien inmueble ocupado por terceros poseedores de mala fe, u otras acciones legales que correspondan. 6.2. Procedimiento: 6.2.1. La Direccion Ejecutiva del P.E. MORDAZA Industrial de MORDAZA identificara y propondra los predios a subastarse y organizara el expediente respectivo con los siguientes documentos por cada inmueble: - Plano perimetrico con coordenadas UTM a escala 1/100, 1/200 o 1/500, indicando el area linderos, angulos y medidas perimetricas. - Plano de ubicacion a escala 1/1000 o 1/5000. - Memoria Descriptiva indicando la ubicacion, MORDAZA, el perimetro, los linderos, las medidas perimetricas, la zonificacion y las observaciones que se consideran pertinentes. - MORDAZA certificada de la respectiva Partida Registral. - Fotografias del predio. - Informe Tecnico y Legal sobre viabilidad de la propuesta, suscrito por los respectivos profesionales. - Opinion de la Direccion Ejecutiva sobre validacion o conformidad de los informes tecnicos legales de viabilidad. - Tasacion comercial del predio, efectuada por organismo oficial o un perito tasador oficialmente autorizado como tal. - Proyecto de la Carta de Compromiso. - Modelo de Minuta de Compra Venta. - Proyecto de bases administrativas de la subasta publica, que por lo menos contenga los predios a subastar, sus caracteristicas tecnicas, los requisitos y condiciones de participacion en la subasta, modalidad de la misma, precio base que debe ser igual al de tasacion comercial, plazo y forma de pago del precio de venta, causas de resolucion, entre otros. 6.2.2. La Direccion Ejecutiva del P.E. MORDAZA Industrial de MORDAZA, pondra el expediente a consideracion de su Consejo Directivo, para que en ejercicio de sus atribuciones acuerde aprobar la propuesta para su remision a la Presidencia Regional. 6.2.3. La propuesta ante la Presidencia Regional sera formalizada por la Direccion Ejecutiva del P.E. MORDAZA Industrial de MORDAZA, elevando todo lo actuado conjuntamente con el proyecto de bases administrativas de venta por subasta publica que se propone. 6.2.4. La Presidencia Regional y/o Gerencia General por delegacion, solicitara la respectiva opinion legal a la Gerencia Regional de Asesoria Juridica, y luego, con nota de atencion, remitira todo lo actuado al Consejo Regional. 6.2.5. El Consejo Regional mediante Acuerdo autorizara la venta por subasta publica y facultara al Presidente Regional a aprobar a traves de Resolucion Ejecutiva Regional, las bases administrativas de la subasta, asi como a suscribir la minuta y respectiva escritura publica de compraventa de los predios que fueren vendidos en la subasta publica autorizada. 6.2.6. Emitido el Acuerdo Regional Autoritativo, para la venta por subasta publica, la Presidencia Regional remitira el expediente respectivo a la Gerencia Regional de Asesoria Juridica, para la emision del proyecto resolutivo que disponga la convocatoria, apruebe las bases administrativas y encargue su ejecucion a la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial MORDAZA Industrial de MORDAZA, quien actuara sujetandose a lo autorizado; 6.2.7. La Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial MORDAZA Industrial de MORDAZA, de acuerdo con las bases administrativas y procedimiento establecido en la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA; y demas normas afines a la materia se avocara a realizar la subasta publica. 6.2.8. Concluida la subasta publica y luego de pagado el precio de venta, la Direccion Ejecutiva del Proyecto

5.3. La venta de lotes de terreno debera ser autorizada sin excepciones por el Consejo Regional, con arreglo a la normatividad legal vigente. 5.4. El Gobierno Regional La MORDAZA a traves de la Presidencia Regional se encuentra facultado para reservar la disposicion de uno o mas lotes de terreno para uso o finalidad especifica, de conformidad con la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes y su Reglamento aprobado por D. S. Nº 0072008-VIVIENDA. 5.5. La venta de los referidos lotes de terreno se realizara a precio comercial, cuya valuacion o tasacion comercial sera efectuada por el organismo publico oficial y/o por un perito tasador autorizado oficialmente como tal. 5.6. Seran objeto de venta los lotes de terreno destinados a uso industrial, debidamente saneados e inscritos en los Registros Publicos a favor del Gobierno Regional La Libertad. 5.7. No obstante lo dispuesto en el numeral que antecede, la existencia previa de procesos judiciales, cargas o gravamenes, sobre los inmuebles materia de transferencia, no limita la posibilidad de disposicion del bien, siempre que tales circunstancias MORDAZA puestas a conocimiento del adquirente del bien o derecho y se consignen en el acuerdo autoritativo, en el acto resolutivo que aprueba el acto de disposicion y en la minuta y escritura publica de compraventa. Esta normativa comprende expresamente los denominados bienes sujetos a litigio a los que se refiere el Articulo 1409º del codigo civil. 5.8. No seran objeto de venta, en ningun caso, los terrenos que se encuentren en zonas de alto riesgo o MORDAZA intangible debidamente establecidas por el Sistema Nacional de Defensa Civil y la Municipalidad que corresponda respectivamente. 5.9. Estan prohibidos de adquirir los lotes de terreno a que se refiere el presente reglamento, las autoridades y trabajadores del Gobierno Regional de La MORDAZA, sea en forma directa, indirecta o por interposita persona, asi como sus parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad, MORDAZA de afinidad o por matrimonio, bajo sancion de nulidad y demas penalidades que la ley establece. Articulo 6°.- PROCEDIMIENTO PARA LA VENTA POR SUBASTA PUBLICA. 6.1. Disposiciones Especificas: 6.1.1. La venta por subasta publica estara a cargo de la Direccion Ejecutiva del P.E. MORDAZA Industrial de MORDAZA, quien realizara los actos administrativos para el MORDAZA de venta, de acuerdo a las normas del presente reglamento y a la normatividad nacional vigente. En cada procedimiento de venta por subasta publica se debera invitar a un funcionario del Organo de Control Institucional, quien actuara en calidad de veedor. 6.1.2. Seran objeto de venta, mediante subasta publica, los lotes de terreno de dominio privado del Estado de libre disponibilidad, que se encuentran dentro del Perimetro del MORDAZA Industrial de MORDAZA de propiedad del Gobierno Regional La MORDAZA, esten o no en uso u ocupados por su legitimo propietario, y que no obstante lo acotado se verifique que existe un area ocupada sin haber sido autorizado por el organo regional, o en litigio judicial que afecte su condicion de bien de propiedad estatal; se les tendra en la condicion de terceros poseedores de mala fe y por ende estaran impedidos de participar en la subasta publica al no haberse acogido al procedimiento de regularizacion. 6.1.3. En el caso de existir procesos judiciales en tramite, en los que no se cuestione el derecho de propiedad del Estado, u otras cargas o gravamenes, estas circunstancias deberan ser publicadas en los avisos de convocatoria, y consignarse bajo sancion de nulidad en los documentos pertinentes, indicando el numero del expediente asi como el organo judicial a su cargo. De igual modo se dejara MORDAZA expresa en el Acuerdo autoritativo y en el Contrato respectivo. No habra lugar bajo ninguna circunstancia, a reclamo, devolucion o compensacion alguna por los compradores o litigantes por el resultado de la accion judicial. 6.1.4. La venta por subasta publica de lotes de terreno sera autorizada mediante Acuerdo del Consejo Regional, que dispondra la aprobacion de las bases administrativas para el procedimiento respectivo. 6.1.5. Los gastos que irrogue el procedimiento de venta

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