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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2014 (14/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 66

El Peruano Viernes 14 de marzo de 2014 518880 Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2012- VIVIENDA, publicado en el diario ofi cial El Peruano con fecha 03 de Junio del 2012, modifi can: el inciso c) del numeral 9.3, del Artículo 9°, inciso f) del Artículo 10° y los Artículos 25, 36, 70, 74, 77, 78, 79, 100, 107, 108 y 121, del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado por D. S. N° 007-2008 -VIVIENDA; Que las modifi caciones establecidas en el Decreto Supremo N° 013-2012- VIVIENDA, al tener incidencia en lo aprobado por el Decreto Regional N° 002-2009-GRLL- PRE, conlleva a realizar las modifi catorias correspondientes en dicha norma regional; Que, la Directora Ejecutiva del Proyecto Especial Parque Industrial de Trujillo, con los documentos del visto, eleva el INFORME LEGAL N° 02-2013-GRLL-GGR- PEPIT/OBM, mediante el cual se propone la modifi catoria de los Artículos 3° , 6° y 7° del Decreto Regional N° 002- 2009-GRLL-PRE - Reglamento para la venta de lotes de terreno en el Parque Industrial de Trujillo, a fi n que se cumpla con los lineamientos legales emitidos por el Gobierno Nacional y de esta manera evitar vacíos en su ejecución, siendo necesario actualizar para su correcta aplicación al haberse emitido el acotado Decreto Supremo N° 013-2012-VIVIENDA que modifi ca diversos Artículos del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, lo que permite se apruebe el Texto Sustitutorio del Reglamento para la Venta de Lotes de Terreno del Parque Industrial de Trujillo, destinados a uso industrial; Que, el Artículo 9º de la Ley N° 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y el Art. 18º de su Reglamento aprobado por D.S. N° 007-2008-VIVIENDA, establecen que los actos que ejecuten los Gobiernos Regionales respecto de los bienes de su propiedad y de los bienes del Estado que están bajo su administración, se rigen por la Ley N° 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley N° 27783 -Ley de Bases de las Descentralización, la Ley Nº 29151 y su Reglamento; Que, el Gobierno Regional La Libertad, en su condición de propietario del terreno que comprende el Parque Industrial de Trujillo, cuyos lotes están destinados a uso industrial, viene transfi riéndolos a empresas del sector privado industrial, con lo cual promueve la inversión, generación de puestos de trabajo y reactivación del Parque Industrial de Trujillo como polo de desarrollo regional; Que, para tal efecto y de conformidad a lo establecido en la normatividad vigente, se hace necesario aprobar la modifi cación propuesta a fi n de actualizar para su correcta aplicación y proseguir con los procedimientos de venta de los terrenos del Parque Industrial de Trujillo acorde con la realidad existente, el mismo que se presenta como Texto Sustitutorio a efecto de mantener en un solo documento normativo el acotado Reglamento; Estando a lo acordado por el Directorio de Gerentes Regionales y, en ejercicio de las atribuciones que confi ere la Ley N° 27867 -Ley de Gobiernos Regionales. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR EL TEXTO SUSTITUTORIO DEL DECRETO REGIONAL N° 002- 2009-GRLL-PRE “REGLAMENTO PARA LA VENTA DE LOTES DE TERRENO DEL PARQUE INDUSTRIAL DE TRUJILLO, DESTINADOS A USO INDUSTRIAL”, el mismo que contiene las modifi catorias e incorporaciones al haberse emitido dispositivos legales que modifi can y adicionan normas al Reglamento de la Ley N° 29151 aprobada por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Proyecto Especial Parque Industrial de Trujillo, órgano desconcentrado del Gobierno Regional de La Libertad, para que promueva la venta de los terrenos y tramite los procedimientos de conformidad con el nuevo texto del presente Reglamento. Artículo Tercero.- El presente Decreto Regional será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano y difundido a través del portal electrónico del Gobierno Regional La Libertad. Dado en Trujillo, en la sede central del Gobierno Regional La Libertad a los 20 días del mes de febrero del año dos mil catorce. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional REGLAMENTO PARA LA VENTA DE LOTES DE TERRENO DEL PARQUE INDUSTRIAL DE TRUJILLO DESTINADOS A USO INDUSTRIAL Artículo 1º OBJETO El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas que regulan el procedimiento para la venta de lotes de terreno destinados a uso industrial del Parque Industrial de Trujillo, propiedad del Gobierno Regional de la Libertad, en el marco del proceso de descentralización, por constituir bienes de dominio privado a su cargo. Artículo 2º FINALIDAD El presente reglamento tiene por fi nalidad establecer el procedimiento de transferencia de la propiedad de lotes de terreno del Parque Industrial de Trujillo, destinados a uso industrial, como un mecanismo de promoción de la inversión privada y reactivación del Parque Industrial como polo de desarrollo en la Región La Libertad. Artículo 3º BASE LEGAL - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización. - Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización. - Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. - Ley N° 28183 - Ley Marco de Desarrollo de Parques Industriales y su modifi catoria Ley N° 28566. - Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes. - D. S. Nº 007-2008-VIVIENDA “Reglamento de la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes, y su modifi catoria D. S. N° 013-2012-VIVIVENDA. - Resolución Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA, Artículo 1º, señala que la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, será el órgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas públicas. - D.S. Nº 025-2006-VIVIENDA, que dispone la fusión de CONATA al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. - Ordenanza Regional Nº 008-2011-GRLL/CR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional La Libertad modifi cada por la Ordenanza Regional Nº 012-2012-GRLL/CR. - Decreto Supremo N° 004-2011-PRODUCE Reglamento de la Ley N° 28183 - Decreto Supremo N° 013-2012-VIVIENDA modifi ca Artículos del Reglamento de la Ley Nº 29151. - Directiva N° 004-2013/SBN aplicable de manera supletoria en la ejecución de bienes de propiedad de los Gobiernos Regionales. Artículo 4º AMBITO DE APLICACION Las disposiciones del presente reglamento son de cumplimento por los Órganos de Gobierno y de Administración del Gobierno Regional de la Región La Libertad que intervengan en la transferencia de la propiedad de lotes de terreno del Parque Industrial de Trujillo a través del procedimiento de Venta Directa y de Subasta Pública, siendo de observancia obligatoria por la Dirección Ejecutiva del P.E. Parque Industrial de Trujillo y por los administrados que tengan interés en la compraventa de terrenos del Parque Industrial de Trujillo. Artículo 5º DISPOSICIONES GENERALES RESPECTO A LA VENTA 5.1. El Gobierno Regional La Libertad en su condición de propietario de los lotes de terreno del Parque Industrial de Trujillo tiene a su cargo la potestad de impulsar y sustentar el trámite de aprobación de la transferencia de la propiedad a través de la Dirección Ejecutiva del referido proyecto especial, que como órgano desconcentrado actuará como Ofi cina de Adjudicaciones. 5.2. La venta de los lotes de terreno se realiza mediante los procedimientos de subasta pública y por excepción por venta directa, acorde a los casos estipulados en el Artículo 77° del Reglamento de la Ley N° 29151 aprobado por D. S. 007-2008-VIVIENDA y demás disposiciones legales concordantes.