Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2014 (28/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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... Habiendo determinado que la situacion imperante en Cote d'Ivoire sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales en la region, Actuando en virtud del Capitulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, 1. Decide que, durante un periodo que finalizara el 30 de MORDAZA de 2015, todos los Estados tomaran las medidas necesarias para impedir el suministro, la venta o la transferencia a Cote d'Ivoire, de forma directa o indirecta, desde su territorio o por sus nacionales, o mediante buques o aeronaves de su pabellon, de MORDAZA y cualquier otro material mortifero conexo, independientemente de que procedan o no de sus territorios; 2. Decide que el suministro de equipo no mortifero y la prestacion de cualquier MORDAZA de asistencia tecnica, capacitacion o asistencia financiera cuyo fin sea permitir que las fuerzas de seguridad de Cote d'Ivoire MORDAZA unicamente un uso de la fuerza apropiado y proporcionado en el mantenimiento del orden publico ya no requeriran la notificacion al Comite; 3. Observa que las medidas relativas a las MORDAZA y el material mortifero conexo senaladas en el parrafo 1 no son aplicables a la prestacion de capacitacion, asesoramiento, asistencia tecnica o financiera o conocimientos especializados no mortifero, incluidos vehiculos civiles a las fuerzas de seguridad de Cote d'Ivoire; 4. Decide que las medidas impuestas en virtud del parrafo 1 de la presente resolucion no seran aplicables a: a) Los suministros destinados exclusivamente a apoyar a la Operacion de las Naciones Unidas en Cote d'Ivoire (ONUCI) y las fuerzas francesas que la respaldan o para su uso, y los suministros destinados a apoyar a las operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento MORDAZA que se hallen en MORDAZA por Cote d'Ivoire o para su uso; b) Los suministros que se exporten temporalmente a Cote d'Ivoire para las fuerzas de un Estado que este tomando medidas, de conformidad con el derecho internacional, directa y exclusivamente para facilitar la evacuacion de sus nacionales y de las personas sobre las que tenga responsabilidad consular en Cote d'Ivoire, previa notificacion al Comite establecido en virtud del parrafo 14 de la resolucion 1572 (2004); c) Los suministros de MORDAZA y material mortifero conexo a las fuerzas de seguridad de Cote d'Ivoire destinados unicamente a apoyar el MORDAZA de reforma del sector de la seguridad de Cote d'Ivoire o al uso en este, previa notificacion al Comite establecido en virtud del parrafo 14 de la resolucion 1572 (2004), con excepcion de las MORDAZA y el material mortifero conexo indicados en el anexo de la presente resolucion, que requieren la aprobacion previa del Comite establecido en virtud del parrafo 14 de la resolucion 1572 (2004); 5. Decide que el Comite anadira o eliminara articulos en la lista de MORDAZA y material mortifero conexo que figura en el anexo de la presente resolucion o proporcionara aclaraciones al respecto, segun proceda; ... 12. Decide prorrogar hasta el 30 de MORDAZA de 2015 las medidas financieras y relativas a los viajes impuestas en los parrafos 9 a 12 de la resolucion 1572 (2004) y el parrafo 12 de la resolucion 1975 (2011), y destaca su intencion de reconsiderar la permanencia en la lista de las personas sujetas a esas medidas siempre y cuando participen en iniciativas que promuevan el objetivo de la reconciliacion nacional; 13. Decide poner fin, a partir de la fecha de aprobacion de la presente resolucion, a las medidas encaminadas a impedir la importacion por cualquier Estado de diamantes en MORDAZA procedentes de Cote d'Ivoire impuestas por el parrafo 6 de la resolucion 1643 (2005), a la luz de los progresos realizados para aplicar el Sistema de Certificacion del MORDAZA de Kimberley y mejorar la gobernanza del sector; ... 17. Exhorta a todos los Estados Miembros, en particular a los de la subregion, a que apliquen integramente las

El Peruano Miercoles 28 de MORDAZA de 2014

medidas mencionadas en los parrafos 1 y 6 de la presente resolucion; ... 24. Decide prorrogar el mandato del Grupo de Expertos enunciado en el parrafo 7 de la resolucion 1727 (2006) por un periodo de 13 meses, hasta el 30 de MORDAZA de 2015, y solicita al Secretario General que adopte las medidas necesarias en apoyo de su labor; ... 34. Insta a todos los Estados, organismos competentes de las Naciones Unidas y otras organizaciones y partes interesadas a que cooperen plenamente con el Comite, el Grupo de Expertos, la ONUCI y las fuerzas francesas, en particular proporcionando cualquier informacion de que dispongan sobre posibles violaciones de las medidas impuestas en los parrafos 1, 2 y 3 de la presente resolucion, los parrafos 9 y 11 de la resolucion 1572 (2004), el parrafo 6 de la resolucion 1643 (2005) y el parrafo 12 de la resolucion 1975 (2011), y ademas solicita al Grupo de Expertos que coordine sus actividades, segun proceda, con todos los agentes politicos y cumpla su mandato de conformidad con el informe del Grupo de Trabajo Oficioso del Consejo de Seguridad sobre Cuestiones Generales Relativas a las Sanciones (S/2006/997); ... 37. Decide seguir ocupandose activamente de la cuestion." 1088506-2

Autorizan viaje de Directora de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA a Espana, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0336/RE-2014 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, del 29 al 30 de MORDAZA de 2014, se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, la Reunion sobre Diplomacia Cultural organizada por la Secretaria General Iberoamericana (SEGIB); Que, el citado encuentro con Directores de Academias Diplomaticas servira de plataforma para conocer e intercambiar experiencias en la formacion de funcionarios, asi como disenar una propuesta basica en materia de diplomacia cultural; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) N° 2674, del Despacho Viceministerial, de 14 de MORDAZA de 2014; y los Memoranda (ADP) N° ADP0070/2014, de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, de 9 de MORDAZA de 2014, y (OPP) Nº OPP0679/2014, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 16 de MORDAZA de 2014, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, su Reglamento y modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Olarte MORDAZA de MORDAZA Muga, Directora de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, del 29 al 30 de MORDAZA de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion.

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