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El Peruano Sábado 31 de mayo de 2014 524295 Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 26 de marzo de 2014, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana ELENA BEATRIZ VÁSQUEZ SANTOS, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de Uso de documento público falso, en agravio del Estado peruano y de la Embajada de España en Lima (Expediente Nº 52-2014); Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N.º 080-2014/COE-TC, del 16 de mayo de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Italiana, suscrito en la ciudad de Roma, el 24 de noviembre de 1994; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana ELENA BEATRIZ VÁSQUEZ SANTOS, formulada por el Octavo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de Uso de documento público falso, en agravio del Estado peruano y de la Embajada de España en Lima; y disponer su presentación por vía diplomática a la República Italiana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1090650-8 PRODUCE Aceptan renuncia de Director General de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 183-2014-PRODUCE Lima, 29 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1047 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, asimismo mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE se aprobó su Reglamento de Organización y Funciones, determinando su estructura orgánica; Que, con Resolución Ministerial Nº 165-2013- PRODUCE del 09 de mayo de 2013, se designó al señor Henry Aguilera Rodriguez, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Producción; Que, el referido profesional ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto de administración correspondiente; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y, la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad a partir del 01 de junio de 2014, la renuncia formulada por el señor HENRY AGUILERA RODRIGUEZ, al cargo de Director General de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Ofi cina General de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1090609-1 Modifican R.M. Nº 301-2013-PRODUCE que autoriza inicio de la Segunda Temporada de Pesca del recurso anchoveta blanca en zona del litoral RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 184-2014-PRODUCE Lima, 29 de mayo de 2014 VISTOS: El Ofi cio Nº PCD-100-244-2014-PRODUCE/ IMP, el Ofi cio Nº PCD-100-275-2014-PRODUCE/IMP y el Ofi cio N° DEC-100-110-2014-PRODUCE/IMP del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, el Informe Nº 116- 2014-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero y el Informe Nº 060- 2014-PRODUCE/OGAJ-igonzalez de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Pesca – Decreto Ley Nº 25977, en su artículo 2, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos; Que, la citada Ley, en su artículo 9, establece que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que