Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2014 (31/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 52

El Peruano Sábado 31 de mayo de 2014 524298 público de personas en los ámbitos regional y provincial, así como aquellos que presten servicio de transporte terrestre de mercancías que a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, no han realizado el cambio de la placa antigua por la nueva Placa Única Nacional de Rodaje. Artículo 3.- Procedimientos sancionadores culminados Lo dispuesto en la presente norma no tendrá efecto respecto a los procedimientos sancionadores que hayan culminado con resolución fi rme, en aplicación del penúltimo párrafo del numeral 5) de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje aprobado por Decreto Supremo No. 017-2008-MTC. Artículo 4.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1090649-3 Autorizan viaje de profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2014-MTC Lima, 30 de mayo de 2014 VISTOS: El Informe No. 289-2014-MTC/12 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y el Memorándum No. 983-2014-MTC/02.AL.AAH emitido por el Viceministerio de Transportes, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe No. 289-2014-MTC/12 la Dirección General de Aeronáutica Civil, requiere la participación en la capacitación “Entrenamiento Inicial - Simulador B-737-300-400”, organizado por la Pan Am International Flight Academy, que se llevará a cabo del 05 al 12 de junio de 2014, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, el citado evento tiene como objetivo contar con inspectores de operaciones habilitados y vigentes en las aeronaves B-737 que operan en el parque aéreo nacional; Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento, resulta conveniente autorizar la participación de los señores Víctor Augusto Fajardo Camero y Javier Alfredo Paredes Zúñiga, profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el costo del referido viaje será fi nanciado dentro del marco del Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, de conformidad con los términos de la Autorización de Beca/Misión Int. No. 013-04-2014, suscrita por el Coordinador del Proyecto OACI; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM modifi cado por Decreto Supremo No. 056-2013-PCM, Ley No. 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Víctor Augusto Fajardo Camero y Javier Alfredo Paredes Zúñiga, profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 04 al 13 de junio de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. No. 013-04-2014 y al siguiente detalle: Pasajes aéreos (para dos personas, incluye TUUA) US$ 1,120.00 Viáticos (para dos personas) US$ 7,920.00 Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de su retorno al país, las personas mencionadas en el artículo 1° deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje; las personas mencionadas en el artículo 1° deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DIAZ Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1090648-9 Clasifican jerarquía de carretera como Ruta Vecinal o Rural y reclasifican temporalmente Rutas como Rutas Nacionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 318-2014-MTC/02 Lima, 28 de mayo de 2014 VISTO: El Ofi cio No. 083-2014-GRLL/PRE del Gobierno Regional de La Libertad; el Memorándum No. 698- 2014-MTC/20 e Informe No. 010-2014-MTC/20.7/BEH del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; el Memorándum No. 1016-2014-MTC/14 e Informe No. 169-2014-MTC/14.07 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2013-MTC se aprobó la actualización del Clasifi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras – SINAC;