Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2014 (31/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Sabado 31 de MORDAZA de 2014

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Aprobacion del Manual de Operaciones El Ministerio de Educacion, aprobara el Manual de Operaciones del PRONIED, en un plazo que no exceda los treinta (30) dias calendario contados a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo. Segunda.- Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion El Ministerio de Educacion adecuara su Reglamento de Organizacion y Funciones de acuerdo a las disposiciones contenidas en el presente Decreto Supremo. Tercera.- Proyectos en ejecucion El PRONIED asume la ejecucion de los proyectos a cargo de la Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educacion a traves de la Unidad Ejecutora Nº 108, en el MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 018-2012-ED. Cuarta.- Normas Complementarias Facultese al Ministerio de Educacion a aprobar, mediante resolucion ministerial, las normas complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicacion del presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1090648-1

c) Elaborar los instrumentos tecnicos necesarios para la ejecucion de los proyectos de infraestructura educativa a su cargo, asi como asesorar aquellos que esten a cargo de los Gobiernos Regionales o Locales, a solicitud de estos. d) Promover la participacion del sector privado y la sociedad civil en el financiamiento, ejecucion de infraestructura y estudios relacionados, asi como en la gestion, mantenimiento, implementacion y evaluacion de infraestructura educativa publica, en las formas previstas por el MORDAZA normativo aplicable. e) Celebrar convenios y contratos conforme a normatividad vigente y a las funciones conferidas mediante el presente dispositivo. f) Intervenir, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, en instituciones educativas publicas, MORDAZA de gestion directa o de gestion privada, siendo la naturaleza de la intervencion: la instalacion, mejoramiento, ampliacion de la capacidad y/o recuperacion del servicio de educacion. g) Construir nueva infraestructura educativa publica de calidad en todos los niveles y modalidades de la Educacion Basica y de la Educacion Superior Pedagogica, Tecnologica y Tecnico-Productiva. h) Mejorar, ampliar, rehabilitar y/o sustituir la infraestructura educativa publica en todos los niveles y modalidades de la Educacion Basica y de la Educacion Superior Pedagogica, Tecnologica y Tecnico-Productiva. i) Gestionar y ejecutar la infraestructura educativa publica y su mantenimiento, en todos los niveles y modalidades de la Educacion Basica y de la Educacion Superior Pedagogica, Tecnologica y TecnicoProductiva. j) Dotar del mobiliario y/o equipamiento necesarios a las instituciones educativas publicas en todos los niveles y modalidades de la Educacion Basica y de la Educacion Superior Pedagogica, Tecnologica y Tecnico-Productiva. k) Las demas que se establezcan en su Manual de Operaciones. Articulo 3.- Ambito de intervencion y criterios de priorizacion El PRONIED tiene como ambito de intervencion las instituciones educativas publicas de Educacion Basica y de Educacion Superior Pedagogica, Tecnologica y Tecnico-Productiva. El PRONIED interviene a nivel nacional, a traves de convenios de encargo de gestion suscritos con los Gobiernos Regionales y/o Locales, para la ejecucion de proyectos de inversion publica y mantenimiento de infraestructura educativa de su competencia y/o estudios relacionados. La definicion de sus criterios de priorizacion e intervencion se MORDAZA en funcion a las brechas de acceso a los servicios educativos, deficit de calidad y situacion de riesgo en infraestructura educativa, entre otros, que seran aprobados por el Ministerio de Educacion mediante resolucion ministerial. El Ministerio de Educacion, mediante resolucion ministerial, determinara la priorizacion de las intervenciones del PRONIED de acuerdo al presupuesto asignado. Articulo 4.- Organizacion del PRONIED La organizacion y funciones del PRONIED se desarrollaran en el respectivo Manual de Operaciones, que sera aprobado mediante resolucion ministerial del Ministerio de Educacion. El PRONIED estara a cargo de un(a) Director(a) Ejecutivo(a) que sera designado(a) mediante resolucion ministerial del Ministerio de Educacion. Sus funciones se establecen en el manual de operaciones del programa. Articulo 5.- Financiamiento El PRONIED se financia con cargo al presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educacion en el MORDAZA de las leyes anuales de presupuesto publico, por toda fuente de financiamiento, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Adicionalmente, para el cumplimiento del objeto del PRONIED, se podra contar con financiamiento del sector privado y de instituciones internacionales, conforme a la normativa vigente. Articulo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion.

Aprueban MORDAZA Tecnica denominada "Normas y orientaciones para la organizacion y funcionamiento de la forma de atencion a distancia en el ciclo avanzado de los Centros de Educacion Basica Alternativa publicos y privados"
RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL Nº 613-2014-MINEDU MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, el articulo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, establece que el Ministerio de Educacion es el organo de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, segun lo dispuesto en el articulo 37 de la referida Ley, la Educacion Basica Alternativa es una modalidad que tiene los mismos objetivos y calidad equivalente a la Educacion Basica Regular; enfatiza la preparacion para el trabajo y el desarrollo de capacidades empresariales; se organiza flexiblemente en funcion de las necesidades y demandas especificas de los estudiantes; Que, el articulo 69 del Reglamento de la Ley General de Educacion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, establece que el Centro de Educacion Basica Alternativa se organiza mediante diversas formas de atencion, siendo una de ellas, a distancia, la cual utiliza medios electronicos y/o digitales, impresos o no, que intermedian al MORDAZA educativo, segun normas especificas, aprobadas por el Ministerio de Educacion; Que, conforme a lo dispuesto por el literal b) del articulo 32 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, la Direccion General de Educacion Basica Alternativa, se encarga de normar, investigar, coordinar, asesorar, monitorear y evaluar la aplicacion de la politica educativa de la modalidad;

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