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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (06/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 102

El Peruano Jueves 6 de noviembre de 2014 536964 18. No contar o no cumplir con el plan de mantenimiento preventivo o correctivo de infraestructura o instalaciones o equipos médicos en cualquier área de la IPRESS a excepción de las áreas críticas. 19. No cumplir con registrar en el aplicativo informático o interfaz correspondiente aquellos casos en los que se proceda a la utilización del mecanismo de farmacias inclusivas o FARMASIS. 20. No contar o no ejecutar el plan de contingencia para eventos de riesgo operativo, diferentes de las emergencias y desastres, que afecten el acceso, calidad, oportunidad y disponibilidad de los servicios de salud esenciales, de acuerdo a la normatividad vigente. 21. No contar con un plan de contingencia para emergencias y desastres de acuerdo a las disposiciones legales vigentes o no demostrar su difusión y conocimiento por parte del personal. 22. No cumplir con las disposiciones de buenas prácticas de almacenamiento de productos farmacéuticos, sanitarios o dispositivos médicos. 23. No cumplir con las disposiciones de buenas prácticas de dispensación de productos farmacéuticos, sanitarios o dispositivos médicos. 24. No cumplir con las disposiciones vigentes relacionadas a la gestión de residuos sólidos. 25. No comunicar a SUSALUD, dentro de los plazos establecidos, la modifi cación o actualización de la información que está contenida en el Registro Nacional de IPRESS. 26. Modifi car o contravenir el clausulado mínimo de los contratos o convenios suscritos con una IAFAS Modifi car o contravenir el clausulado mínimo de los contratos o convenios suscritos con una IAFAS. 27. No entregar la información requerida por SUSALUD dentro de la periodicidad o plazos determinados. 28. Entregar la información requerida por SUSALUD de manera parcial o incompleta. 29. No cumplir con implementar los compromisos asumidos en las diligencias de vigilancia realizadas por SUSALUD. 30. No entregar la información relativa a sus relaciones de intercambio prestacional dentro de los plazos o periodicidad requerida por SUSALUD. 31. Entregar a SUSALUD la información relativa a sus relaciones de intercambio prestacional en formato o medio o cualquier otra forma distinta a la establecida, salvo se demuestre que la misma responde a fuerza mayor o caso fortuito. 32. Entregar a SUSALUD la información relativa a sus relaciones de intercambio prestacional de manera parcial o incompleta o con errores de validación o inconsistencia, en exceso a los ratios establecidos normativamente. 33. No cumplir con reportar los precios de los productos farmacéuticos al Observatorio Nacional de Medicamentos de DIGEMID. 34. No entregar la información relativa a la atención de reclamos de sus usuarios dentro de los plazos o periodicidad requerida por SUSALUD. 35. Entregar a SUSALUD la información relativa a la atención de reclamos de sus usuarios en formato, medio o cualquier otra forma distinta a la establecida, salvo se demuestre que la misma responde a fuerza mayor o caso fortuito. 36. Entregar a SUSALUD la información relativa a la atención de reclamos de sus usuarios de manera parcial, incompleta, con errores de validación o inconsistencia, en exceso a los ratios establecidos normativamente. 37. No cumplir con los plazos y formas para la atención, notifi cación o traslado de los reclamos de sus usuarios. 38. No poner en conocimiento de su máxima autoridad administrativa las resoluciones de sanción de SUSALUD. INFRACCIONES GRAVES 1. Postergar injustifi cadamente el acceso de los usuarios a las prestaciones de salud, provocando o no el agravamiento de su enfermedad o generando secuelas o complicaciones o poniendo en grave riesgo su vida. 2. No garantizar la operatividad de la cadena de frío. 3. Exhibir o difundir imágenes del asegurado o de la información relacionada a su enfermedad en contravención de la normativa vigente, salvo la requerida por SUSALUD. 4. No realizar el control de los stocks o no realizar el abastecimiento oportuno de productos farmacéuticos o no dar la baja respectiva a los productos farmacéuticos, sanitarios o dispositivos médicos vencidos, deteriorados, sustraídos o robados. 5. Entregar productos farmacéuticos o dispositivos médicos vencidos o deteriorados o falsifi cados o sin registro sanitario. 6. No contar con servicios complementarios en IPRESS habilitadas como establecimiento donador y/o trasplantador. 7. No contar o no cumplir con el plan de mantenimiento preventivo o correctivo de infraestructura o instalaciones o equipos médicos en áreas críticas. 8. No cumplir con las obligaciones estipuladas en el contrato o convenio suscrito con una IAFAS u otra IPRESS o UGIPRESS, afectando o poniendo en riesgo el acceso a los servicios de salud, o la calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad de las prestaciones a sus usuarios. 9. No cumplir con implementar los compromisos asumidos en las diligencias de supervisión realizadas por SUSALUD, salvo caso fortuito o de fuerza mayor debidamente acreditados. 10. No cumplir con las medidas de seguridad o con las medidas correctivas dispuestas por SUSALUD. 11. Proporcionar a SUSALUD información falsa o adulterada. 12. No conservar o destruir la información que estuviere obligado a mantener según la normatividad vigente. 13. No cumplir con las garantías explicitas normadas por el Ministerio de Salud en materia del PEAS. 14. Brindar servicios sin contar con la categorización otorgada por la autoridad Sanitaria, de acuerdo a la normatividad vigente. INFRACCIONES MUY GRAVES 1. Resistir, obstruir, impedir u obstaculizar de cualquier forma la realización y/o desarrollo de la diligencia de supervisión, vigilancia, o investigación de quejas, reclamos o denuncias. En el caso de visitas inopinadas se admitirá una demora razonable de hasta un (1) día hábil, cuando se sustente en causas de fuerza mayor. 2. Negar o condicionar la atención de salud de un usuario en situación de emergencia. 3. No brindar atención oportuna en situaciones de emergencia, incluyendo a los productos farmacéuticos y/o dispositivos médicos críticos, de acuerdo a su nivel de Resolución. 4. Realizar atenciones de salud con fi nes de prevención, promoción, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación, o brindar servicios complementarios o auxiliares de la atención médica, con la fi nalidad de coadyuvar en la prevención, promoción, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación de la salud, sin registro en SUSALUD. 5. Brindar el servicio de salud con personal no autorizado por la normatividad vigente. ANEXO III – B INFRACCIONES REFERIDAS A LA SEGURIDAD DEL PACIENTE INFRACCIONES LEVES 1. No cumplir con las disposiciones vigentes relacionadas a la seguridad del paciente. 2. No cumplir con la normatividad vigente en materia de Cirugía Segura. 3. No cumplir con solicitar al usuario o su representante legal el consentimiento informado por escrito, previo a la realización de procedimientos médico-quirúrgicos, o de diagnóstico o de tratamiento, o tratamientos experimentales o investigación clínica, en la forma prevista por la normatividad vigente. 4. No cumplir con las normas de bioseguridad vigentes.