Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2014 (12/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 116

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agricolas de Coprocorp, Siglo XIII y Cambrune, con una poblacion de 415 habitantes, haciendo un total de 16,048 habitantes beneficiados directamente; Que, conforme al analisis costo beneficio, se preve que la instalacion de la nueva Oficina Receptora en el Centro Poblado Menor de San MORDAZA tambien beneficiaria indirectamente a los pobladores del distrito de MORDAZA el mismo que cuenta con 33,371 habitantes, con lo cual se estaria brindando servicios registrales a un total de 49,419 habitantes; Que, respecto al local para funcionamiento de la Oficina Receptora, se ha suscrito un Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la Municipalidad del Centro Poblado de San MORDAZA y la MORDAZA Registral N° XIII ­ Sede Tacna, a traves del cual se garantiza el uso gratuito de un ambiente dentro del local municipal que cuenta con los servicios basicos para el desarrollo de las labores registrales; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Sede Central, mediante Informe N° 492-2014-SUNARP/ OGPP, senala que teniendo en cuenta la inversion inicial y los desembolsos anuales correspondientes al pago por concepto de remuneraciones CAS, asi como el gasto por bienes y servicios, se ha previsto una proyeccion favorable por concepto de tasas registrales para los periodos comprendidos entre el 2015 al 2017, por lo que considera viable la puesta en marcha de la referida Oficina Receptora; Que, mediante Informes N° 191-2014-SUNARP/OGA y N° 082-2014-SUNARP/DTR, tanto la Oficina General de Administracion como la Direccion Tecnica Registral se han pronunciado senalando que es viable la creacion de la Oficina Receptora solicitada por la Jefatura Zonal de Tacna; Que, en ese contexto contandose con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica, se observa que el Expediente Tecnico cuenta con los estudios preliminares emitidos por las areas funcionales, asi como las conformidades legal, presupuestal y administrativa, considerandose que cumple con todos los sustentos tecnicos conforme a la Directiva N° 002-2008-SUNARP-GPD/SN; Que, estando a lo acordado en Sesion de Consejo Directivo N° 290 de fecha 05 de febrero de 2013, que faculta al Superintendente Nacional autorizar la creacion de Oficinas Receptoras en el ambito nacional, dando cuenta al Directorio (hoy Consejo Consultivo), y con los vistos de Secretaria General; las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto; Administracion; Asesoria Juridica, asi como de la Direccion Tecnica Registral; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la creacion de la Oficina Receptora en el Centro Poblado Menor de San MORDAZA, ubicado en la provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, bajo la jurisdiccion de la MORDAZA Registral N° XIII - Sede Tacna. Articulo Segundo.- La Jefatura de la MORDAZA Registral N° XIII - Sede Tacna, mediante resolucion, detallara los servicios registrales que brindara la Oficina Receptora cuya creacion se autoriza en el articulo que antecede. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Publicos CONSIDERANDO:

El Peruano Miercoles 12 de noviembre de 2014

Que, mediante Ley Nº 30045, Ley de Modernizacion de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento - OTASS, como organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - MVCS, con personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia funcional, economica, financiera y administrativa con competencia a nivel nacional; el cual desarrolla su objeto en concordancia con la politica general, objetivos, planes y programas del sector saneamiento y en coordinacion con el ente rector; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2013VIVIENDA se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 30045, que establece, entre otros, la naturaleza, el ambito de competencia, la organizacion y las funciones generales y especificas del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2014VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento, el cual en su articulo 6 establece la estructura organica del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento, dentro de la cual se encuentra la Oficina de Asesoria Juridica; Que el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento establece las funciones especificas de los organos de la Entidad; Que, en tal sentido resulta necesario designar al Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento, atendiendo a lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y de acuerdo a las facultades conferidas a la Direccion Ejecutiva en el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento - OTASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR, a partir de la fecha a la Abogada MORDAZA MORDAZA Campanile MORDAZA en el cargo de Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA Directora Ejecutiva Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento

1163187-1

1163092-1

Designan Jefe de la Oficina Administracion del OTASS
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 003-2014-OTASS/DE
MORDAZA, 11 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO:

de

ORGANISMO TECNICO DE LA ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Designan Jefa de la Oficina de Asesoria Juridica del OTASS
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2014-OTASS/DE
MORDAZA, 11 de noviembre de 2014

Que, mediante Ley Nº 30045, Ley de Modernizacion de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento - OTASS, como Organismo Publico Tecnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - MVCS, con personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia funcional, economica, financiera y administrativa con competencia a nivel nacional; el cual desarrolla su objeto en concordancia con la politica general, objetivos, planes y programas del sector saneamiento y en coordinacion con el ente rector;

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