Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2014 (12/11/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 114

537504
a) Los montos depositados en las cuentas que no se agoten durante tres (3) meses consecutivos como minimo, luego que hubieran sido destinados al pago de los conceptos senalados en el articulo 2° de la Ley, seran considerados de libre disposicion. (...) c) La "Solicitud de libre disposicion de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nacion" puede presentarse ante la SUNAT como MORDAZA cuatro (4) veces al ano dentro de los primeros cinco (5) dias habiles de los meses de enero, MORDAZA, MORDAZA y octubre. (...) d) La libre disposicion de los montos depositados comprende el saldo acumulado hasta el ultimo dia del mes precedente al anterior a aquel en el cual se presente la "Solicitud de libre disposicion de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nacion", debiendo verificarse, respecto de dicho saldo, el requisito de los dos (2) o tres (3) meses consecutivos a los que se refiere el inciso a), segun sea el caso". Articulo 8°.- MODIFICACION DE LITERAL m) DEL NUMERAL 10 DEL ANEXO 3 DE LA RESOLUCION Modifiquese el literal m) del numeral 10 del anexo 3 de la Resolucion por el siguiente texto: "(...) Se excluye de esta definicion: (...) m) El servicio de espectaculo publico y otras operaciones realizadas por el promotor". Articulo 9°.- MODIFICACION DEL ANEXO 4 DE LA RESOLUCION Sustituyase el anexo 4 de la Resolucion por el anexo adjunto a la presente resolucion.

El Peruano Miercoles 12 de noviembre de 2014

minimo, luego que hubieran sido destinados al pago de los conceptos senalados en el articulo 2° de la Ley, son considerados de libre disposicion. (...) c) La "Solicitud de libre disposicion de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nacion" puede presentarse ante la SUNAT como MORDAZA cuatro (4) veces al ano dentro de los primeros cinco (5) dias habiles de los meses de enero, MORDAZA, MORDAZA y octubre. (...) d) La libre disposicion de los montos depositados comprende el saldo acumulado hasta el ultimo dia del mes precedente al anterior a aquel en el cual se presente la "Solicitud de libre disposicion de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nacion", debiendo verificarse respecto de dicho saldo el requisito de los dos (2) o tres (3) meses consecutivos a los que se refiere el inciso a), segun sea el caso". Segunda.- MODIFICACION DEL ARTICULO 15° DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 0732006/SUNAT Sustituyase: el primer parrafo del inciso a), el primer parrafo del inciso c) y el inciso d) del numeral 15.1 del articulo 15° de la Resolucion de Superintendencia Nº 073-2006/ SUNAT, que dicta normas para la aplicacion del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 940 al transporte de bienes realizado por via terrestre, por los siguientes textos: "Articulo 15.- SOLICITUD DE LIBRE DISPOSICION DE LOS MONTOS DEPOSITADOS 15.1 Procedimiento general (...) a) Los montos depositados en las cuentas que no se agoten durante tres (3) meses consecutivos como minimo, luego que hubieran sido destinados al pago de los conceptos senalados en el articulo 2° de la Ley, son considerados de libre disposicion. (...) c) La "Solicitud de libre disposicion de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nacion" puede presentarse ante la SUNAT como MORDAZA cuatro (4) veces al ano durante los primeros cinco (5) dias habiles de los meses de enero, MORDAZA, MORDAZA y octubre. (...) d) La libre disposicion de los montos depositados comprende el saldo acumulado hasta el ultimo dia del mes precedente al anterior a aquel en el cual se presente la "Solicitud de libre disposicion de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nacion", debiendo verificarse respecto de dicho saldo el requisito de los dos (2) o tres (3) meses consecutivos a los que se refiere el inciso a), segun sea el caso".

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entra en vigencia el primer dia calendario del mes de enero de 2015 con excepcion de lo dispuesto en el articulo 7° y las modificaciones a los articulos 13° y 15° de las Resoluciones de Superintendencia Nº 0572007/SUNAT y 073-2006/SUNAT, que entraran en vigencia a partir del 1 de MORDAZA de 2015, y es aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligacion tributaria del impuesto general a las ventas se generen a partir de la entrada en vigencia de acuerdo a lo MORDAZA senalado. Respecto de las operaciones exoneradas del IGV, es aplicable a aquellas cuyo nacimiento de la obligacion tributaria del IGV se habria originado a partir de dicha fecha si no estuviesen exoneradas de dicho impuesto.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS
PRIMERA.- MODIFICACION DEL ARTICULO 13° DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 0572007/SUNAT Sustituyase: el primer parrafo del inciso a), el primer parrafo del inciso c) y el inciso d) del numeral 13.1 del articulo 13° de la Resolucion de Superintendencia Nº 057-2007/SUNAT, que dicta normas para la aplicacion del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 940 al transporte publico de pasajeros realizado por via terrestre, por los siguientes textos: "Articulo 13°.- SOLICITUD DE LIBRE DISPOSICION DE LOS MONTOS DEPOSITADOS 13.1 Para solicitar la libre disposicion de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nacion se observa el siguiente procedimiento: a) Los montos depositados en las cuentas que no se agoten durante tres (3) meses consecutivos como

DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Primera.- DEROGACION DE ARTICULOS DE LA RESOLUCION Deroguense los articulos 2° al 6°, el numeral 17.2 del articulo 17°, el literal g.3 del inciso g) del articulo 18° y el literal b.2 del inciso b) del numeral 25.2 del articulo 25° de la Resolucion. Segunda.- DEROGACION DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 250-2012/SUNAT Deroguese la Resolucion de Superintendencia Nº 250-2012/ SUNAT que MORDAZA la aplicacion del SPOT a los espectaculos publicos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.