Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2014 (31/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014

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Articulo 43.- Incompatibilidades de los servidores civiles Los servidores civiles de la SUCAMEC se encuentran sujetos a las siguientes incompatibilidades: a. Incompatibilidad de doble percepcion: Los servidores civiles no pueden percibir del Estado mas de una compensacion economica, remuneracion, retribucion, emolumento o cualquier MORDAZA de ingreso, salvo las excepciones previstas expresamente en normas que resulten aplicables. b. Incompatibilidad de doble vinculo a tiempo completo: Los servidores civiles no podran mantener vinculo con dedicacion a tiempo completo para la SUCAMEC y, a la vez, para otra entidad publica, de manera simultanea. c. Incompatibilidades por competencia funcional directa: Los servidores civiles que accedan a informacion privilegiada o relevante o cuya opinion es determinante en la toma de decisiones, respecto a empresas o instituciones privadas, no podran, respecto de estas, mientras preste servicios en la SUCAMEC: i. Prestar servicios, bajo cualquier modalidad. ii. Adquirir directa o indirectamente acciones o participaciones de estas, de sus subsidiarias o las que pudiera tener vinculacion economica. iii. Celebrar contratos civiles o mercantiles. iv. Ejercer actos de gestion establecidos en la Ley Nº 28024, Ley que regula la gestion de intereses en la administracion publica y su Reglamento o normas que las sustituyan. Los impedimentos se extienden hasta un (1) ano posterior al cese o culminacion de los servicios prestados. d. Nepotismo: Los servidores civiles que gozan de la facultad de designacion y contratacion de personal reguladas en la Ley Nº 30057 o que tengan injerencia directa o indirecta en el MORDAZA de seleccion o contratacion de personas, estan prohibidos de ejercer dicha facultad en el ambito de su entidad respecto a sus parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad, MORDAZA de afinidad y por razon de matrimonio, de convivencia o de union de hecho. Entiendase por injerencia directa aquella situacion en la que el acto de nepotismo se produce dentro de la unidad o dependencia administrativa. Entiendase por injerencia indirecta aquella que no estando comprendida en el supuesto contenido en el parrafo anterior, es ejercida por un servidor civil, que sin formar parte de la unidad administrativa en la que se realizo la contratacion o el nombramiento tiene, por razon de sus funciones, alguna injerencia en quienes toman o adoptan la decision de contratar o nombrar en la unidad correspondiente. e. Los servidores civiles con vinculo matrimonial o de convivencia o parentesco hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad, quedan impedidos de laborar en una misma unidad organica. CAPITULO IX Remuneraciones Articulo 44.- Politica remunerativa La politica remunerativa de la SUCAMEC se aprueba mediante MORDAZA refrendada por el Ministerio de Economia y Finanzas, a propuesta de la SUCAMEC, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Todos los servidores civiles de la SUCAMEC tienen derecho a la remuneracion previamente establecida segun el MORDAZA de puesto, en concordancia con la politica remunerativa de la institucion, asi como de aquellos beneficios que se deriven de disposiciones internas o dictadas que MORDAZA aplicables. Articulo 45.Oportunidad de pago de remuneraciones Las remuneraciones seran pagadas segun el cronograma dispuesto por el Ministerio de Economia y Finanzas. Mensualmente se entregara al servidor civil su boleta de pago correspondiente, cuya MORDAZA debera ser firmada y devuelta en senal de conformidad.

expresa del Superintendente Nacional y/o de la Oficina de Comunicacion e Imagen Institucional. g. Proporcionar los datos y documentos que se les solicite, de acuerdo con las normas, procedimientos y disposiciones vigentes. h. Conservar y hacer uso austero y responsable de las instalaciones y del patrimonio de la SUCAMEC y no disponer de estos en beneficio propio, particularmente de aquellos bienes que le hubiera sido entregados para el desempeno de sus funciones o los que se encuentran bajo su responsabilidad. i. Devolver a la SUCAMEC, al momento de concluir su vinculo laboral, los materiales e implementos que le fueron entregados, con el solo desgaste proveniente de su buen uso. El servidor civil debera pagar el valor de los materiales e implementos que MORDAZA deteriorado o perdido por su negligencia, sin perjuicio de las medidas disciplinarias que correspondan. j. Respetar el MORDAZA de autoridad y los niveles jerarquicos, salvo los supuestos de arbitrariedad o ilegalidad manifiestos, los que deberan ponerse en conocimiento del superior jerarquico del que emite la orden. k. Usar los implementos de vestir, de seguridad y el uniforme, en tanto estos hayan sido proporcionados por la entidad al servidor civil. l. Comunicar, en forma inmediata y por escrito a la OGRH, los cambios de domicilio, variaciones en la composicion familiar (nacimiento, fallecimiento, estado civil o convivencia), numero de telefono fijo o movil, grado de estudios y otros. Mientras el servidor civil no comunique la actualizacion de estos datos, la OGRH actuara validamente sobre la base de la informacion que mantiene en su legajo personal. m. Cumplir con el horario de ingreso, salida y refrigerio establecidos por la entidad y permanecer en las instalaciones de la entidad, salvo que por razones de servicio, se encuentre desarrollando funciones asignadas fuera de las instalaciones de la entidad. n. Comunicar y justificar su tardanza o su inasistencia, de conformidad con las normas senaladas para estos casos. o. No atender asuntos particulares durante el horario de servicio. p. Registrar en forma personal su ingreso y salida de los locales de la SUCAMEC. q. Portar en lugar visible el documento de identificacion institucional. r. Cumplir con las normas de seguridad informatica y obligaciones referidas al uso adecuado del internet, software y correo electronico que se imparten en la SUCAMEC, asi como mantener en reserva las claves y accesos que se les proporcione. s. Cooperar con la SUCAMEC en los casos de emergencia, siniestros o accidentes relacionados con el personal y las instalaciones, asi como en simulacros de estos. t. Permitir la revision de sus vehiculos, efectos personales o paquetes cada vez que le sea exigido, al ingresar o salir de los locales de la Institucion. u. Contar con autorizacion expresa del Superintendente Nacional, Gerente General o Directivos Superiores, segun corresponda, para dictar conferencias, charlas, efectuar publicaciones o participar activamente en eventos, si los temas a tratar estan relacionados con la SUCAMEC. v. Presentarse en el lugar de traslado o desplazamiento establecido por su superior. w. Someterse a examenes medicos ocupacionales convocados por la Institucion y cuando la conservacion de la salud o su aptitud fisica o psiquica afecte las labores a su cargo, la seguridad o a otros servidores civiles. x. Comunicar a la OGRH en caso de ser denunciado por delito de funcion. y. Comunicar a la OGRH o a la Oficina de Fortalecimiento Etico y Lucha Contra la Corrupcion los actos de indebida conducta funcional de algun servidor civil de la institucion, inmediatamente conocidos y MORDAZA de iniciar cualquier otra accion. Asimismo, debera colaborar en las investigaciones sobre presuntas irregularidades que se generen y de las cuales tengan conocimiento. z. Participar en las evaluaciones laborales que establezca la institucion, asi como en las encuestas de Clima Laboral.

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