Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2016 (04/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de agosto de 2016 /

El Peruano

Permanente del mismo distrito y provincia, la cantidad de 500 expedientes que al 31 de agosto de 2016 no se encuentren expeditos para sentenciar, ni cuenten con vista de causa programada a dicha fecha. 22) Que el 10º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima remita al 9º Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma Corte Superior, la carga pendiente en trámite y ejecución. 23) Que el 1º y 2º Juzgados Mixtos del Distrito de Tarapoto, Provincia de San Martín, Corte Superior de Justicia de San Martín, remitan al Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de Tarapoto, Provincia y Corte Superior de San Martín la carga procesal pendiente correspondiente a los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales que al 31 de agosto de 2016 no tengan vista de causa programada ni se encuentran expeditos para sentenciar. 24) Que el 2° Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Tarapoto, Provincia de San Martín, Corte Superior de Justicia de San Martín remitan al 2° Juzgado Civil Permanente del mismo Distrito, provincia y Corte Superior, la carga procesal pendiente en materia civil que al 31 de agosto de 2016 no tengan vista de causa programada ni se encuentren expeditos para sentenciar. 25) Que el Juzgado Civil Permanente de Caraz, Provincia de Huaylas, Corte Superior de Justicia de Ancash, remita al Juzgado Civil Transitorio del mismo distrito y provincia. como máximo la cantidad de 1,000 expedientes, de la denominada "carga inicial", que al 31 de agosto de 2016 no tengan vista de causa programada ni se encuentran expeditos para sentenciar 26) Que el 2° Juzgado Civil Permanente del Distrito de San Vicente de Cañete, Corte Superior de Justicia de Cañete, remita al 1° Juzgado Civil Permanente del mismo Distrito la carga pendiente en materia laboral de los procesos bajo el amparo de la Ley Nº 26636 y los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales, que al 31 de agosto de 2016 no se encuentren expeditos para sentenciar ni cuenten con vista de causa programada a dicha fecha. 27) Que el 1° Juzgado Civil Permanente del Distrito de San Vicente de Cañete, Corte Superior de Justicia de Cañete, remita al 2° Juzgado Civil Permanente del mismo distrito la cantidad de 400 expedientes en materia civil, en etapa de trámite, que al 31 de agosto de 2016 no se encuentren expeditos para sentenciar ni cuenten con vista de causa programada a dicha fecha. 28) Que el 1º Juzgado de Trabajo Transitorio de Chimbote, Corte Superior de Justicia del Santa, remita al Juzgado de Trabajo Transitorio de Chimbote, la carga procesal pendiente en trámite y en ejecución que tenga al 31 de agosto de 2016. Artículo Vigésimo Sexto.- Las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Cajamarca Cañete, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Piura, San Martín, Santa, y Ucayali; así como la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, realizarán las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones antes mencionadas. Artículo Vigésimo Sétimo.- El funcionamiento operativo de la reubicación de órganos jurisdiccionales transitorios reubicados en la presente resolución se financiará con la correspondiente reasignación presupuestal y con los bienes muebles asignados según inventario, en tanto sea correspondiente; debiendo en el caso de las Cortes Superiores de Justicia que a su vez son Unidades Ejecutoras, asumir los gastos de implementación requeridos con cargo a su marco presupuestal asignado. Artículo Vigésimo Octavo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina de Productividad Judicial;

y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1411472-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan y reasignan jueces supernumerarios y titulares, y establecen conformación de la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 461-2016-P-CSJLI/PJ Lima, 2 de agosto de 2016 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante la razón que antecede se pone a conocimiento el descanso médico expedido a favor de la doctora Frida Margarita Carrión Nin, Juez Titular del Quinto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria, por el periodo de 08 días a partir del día 01 de agosto del presente año. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Quinto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria, adoptar las medidas administrativas pertinentes, procediéndose a la designación del Juez conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor OSCAR FERNANDO MARTINEZ TEJADA, como Juez Supernumerario del 4° Juzgado de Paz Letrado de Lima Cercado a partir del día 01 de agosto del presente año por la promoción del doctor De La Cruz Tipian. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MARIA TERESA CABRERA VEGA, como Juez Supernumeraria del 5° Juzgado de Paz Letrado de La Victoria a partir del día 03 de agosto del presente año y mientras dure la licencia de la doctora Carrión Nin. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Coordinación de Personal de esta Corte Superior, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1411690-1

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