Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2016 (04/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Jueves 4 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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fiscal provincial penal competente, a fin de que evalúe la conducta de los responsables. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. CORNEJO GUERRERO FERNÁNDEZ ALARCÓN CHANAMÉ ORBE RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1411592-1

Declaran infundado recurso de apelación y confirman el Acuerdo de Concejo N° 01-2016-/MDH, que rechazó el pedido de vacancia contra alcalde de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad
RESOLUCIÓN N° 1026-2016-JNE Expediente N° J-2016-00050-A01 HUANCHACO - TRUJILLO - LA LIBERTAD RECURSO DE APELACIÓN Lima, doce de julio de dos mil dieciséis VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación que Teodora Trujillo Neyra interpuso en contra del Acuerdo de Concejo N° 01-2016-/MDH, del 2 de enero de 2016, que rechazó el pedido de vacancia contra José Prudencio Ruiz Vega, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES La solicitud de vacancia Teodora Trujillo Neyra solicitó ante el Concejo Distrital de Huanchaco la vacancia del alcalde José Prudencio Ruiz Vega, por considerarlo incurso en la causal de restricciones en la contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Los hechos en que se sustenta el pedido de vacancia (fojas 18 a 30) son los siguientes: a. Al haberse revocado a más de un tercio de los miembros del Concejo Distrital de Soplin, los accesitarios asumieron los cargos de alcalde y regidores, así Dilia Mestanza Rengifo y José Prudencio Ruiz Vega, asumieron los cargos de alcaldesa y regidor, respectivamente, tal como se aprecia del acta de proclamación de resultados de fecha 2 de agosto de 2013, emitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo. b. Precisamente, durante esta gestión (agosto 2013 - marzo 2014), el regidor provisional José Prudencio Ruiz Vega, como presidente de la comisión de obras "so pretexto de no haber encontrado los expedientes técnicos de las obras ya licitadas, se acordó invalidar tres procesos de selección convocados por la gestión del alcalde Fernando Julio Bazán Pinillos". Dichas obras fueron i) ampliación de las redes de agua potable y alcantarillado, sector Las Lomas, primera y segunda etapa del distrito de Huanchaco, ii) creación del servicio vial entre las principales calles de los sectores San Carlos I y Huanchaquito Alto, distrito de Huanchaco y iii) creación

del servicio de transitabilidad en el AA.HH. Ramón Castilla del centro poblado El Tópico del distrito de Huanchaco y que comprende la avenidas Húsares de Junín, calle Los Libertadores, calle Las Tunas, calle Siete de Junio, calle César Vallejo y pasaje Pumacahua. c. Luego de invalidar los procesos de selección, se convocó a nuevos procesos en el mes de noviembre de 2013, en los cuales se aumentó el precio base. d. Los miembros del comité encargado de los procesos de selección tuvieron una estrecha amistad con el entonces regidor José Prudencio Ruiz Vega hasta el extremo de apoyar la candidatura de este último a la alcaldía distrital en las nuevas elecciones municipales de 2014. e. La empresa ganadora en dichos procesos de selección fue RVJ Ingeniería Avanzada S.AC. que ganó la buena pro de las tres obras que en su momento fueron anuladas a petición de José Prudencio Ruiz Vega. La solicitante afirma que las iniciales RVJ corresponden a José Ruiz Vega. f. Dicha empresa fue constituida el 19 de noviembre de 2008 y tuvo como gerente general a Víctor Hugo Zunini Lara, amigo y compañero de universidad del actual alcalde distrital. g. La mayor parte de pagos a la referida empresa la efectúo el actual alcalde distrital, tal como se verifica en el reporte de transparencia económica del Ministerio de Economía y Finanzas. Los descargos del alcalde El 4 de enero de 2016, el alcalde distrital José Prudencio Ruiz Vega presentó sus descargos (fojas 330 a 332), bajo los siguientes argumentos: a. Los hechos imputados por la solicitante de la vacancia están referidos a un periodo municipal anterior y no al actual, por lo que opera la sustracción de la materia, es decir, la inaplicación de la causal porque no corresponden a hechos sucedidos ni alegados durante el periodo municipal 2015-2018. b. Arguye que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en diversas resoluciones señala que "para presentar solicitudes de vacancias, estas se ven limitadas a que sus fundamentos señalen hechos producidos dentro de la gestión municipal para la cual la autoridad ha sido elegida y en caso de autoridades reelectas, las solicitudes de vacancia no se fundamenten en hechos ocurridos en su gestión anterior". c. Se ha establecido en el fundamento 7 de la Resolución N° 753-2012-JNE, que los hechos denunciados pueden ser investigados por otras instancias, tal como sucede en el presente caso, en que el Ministerio Público se encuentra realizando las investigaciones correspondientes en la Carpeta Fiscal N° 2306015500-2015-333-0. El pronunciamiento del Concejo Distrital de Huanchaco En la Sesión Extraordinaria N° 00-2016-CM/MDH, del 5 de enero de 2016 (fojas 298 a 307), el Concejo Distrital de Huanchaco, por mayoría (siete votos en contra y tres a favor), rechazó el pedido de vacancia presentado por Teodora Trujillo Neyra. Dicha decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo N° 01-2016/MDH, de la misma fecha (fojas 308 a 309). El recurso de apelación El 26 de enero de 2016, Teodora Trujillo Neyra interpuso recurso de apelación (fojas 3 a 13) en contra del Acuerdo de Concejo N° 01-2016/MDH, bajo los siguientes argumentos: a. No se le notificó la fecha y hora en que se realizaría la sesión extraordinaria donde se resolvería su solicitud de vacancia. b. El alcalde distrital no le "hizo llegar copia de sus descargos de defensa", pues solo fueron puestos en conocimiento de los regidores en la misma sesión extraordinaria.

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