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611835 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2016 El Peruano / ORDENANZA DE CONSTITUCION Y RECONOCIMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE NIÑAS Y NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE MI PERÚ CCONNA - MI PERÚ Artículo Primero.- APROBAR, LA CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE MI PERÚ, BAJO LAS SIGLAS CCONNA – MI PERÚ, como un espacio de participación de carácter consultivo de niñas, niños y adolescentes a nivel distrital, que tiene como objetivo lograr que sus iniciativas puedan ser debidamente canalizadas para favorecer su desarrollo integral, siendo su fi nalidad la de proponer, coordinar y participar en la formulación de políticas públicas distritales sobre infancia y adolescencia. Artículo Segundo.- El Consejo Consultivo Distrital de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Mi Perú, CCONNA – Mi Perú, está constituido por dos Sub Consejos Consultivos: Sub Consejo Consultivo Distrital de Niñas, y Niños representado por niñas y niños de 8 a 12 años de edad, elegidos democráticamente, titulares y alternos integrado por 04 Niños y Niñas: 02 Titulares y 02 Suplentes, y el Sub Consejo Consultivo Distrital de Adolescentes representado por adolescentes de ambos sexos de 13 a 16 años de edad, elegidos democráticamente, titulares y alternos integrado por 08 Adolescentes: 04 Titulares y 04 Suplentes. Cada Sub Consejo Consultivo, elige a su Equipo Coordinador, de acuerdo a la siguiente estructura: - Un representante, quien lo presidirá. - Un representante, quien ejercerá la secretaria técnica. - Representantes consejeros. Artículo Tercero.- La vigencia del Consejo Consultivo Distrital de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Mi Perú, CCONNA – Mi Perú, será por el periodo de dos años, culminado su ejercicio, la Gerencia de Desarrollo Humano llevará a cabo el proceso de elección democrática para un nuevo periodo. Artículo Cuarto.- Funciones del Consejo Consultivo Distrital: − Elaborar y presentar propuestas de políticas en materia de infancia y adolescencia ante la Alcaldía de la Municipalidad Distrital de Mi Perú. − Emitir opinión sobre todas las consultas que le realicen en materia de políticas sobre infancia y adolescencia. − Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y políticas que los afecten y les sea pertinente, a través de una Declaración ante el Alcalde, quien lo trasladará a la instancia competente. − Difundir y promover los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes en coordinación con la Sub Gerencia de DEMUNA. − Representar a las niñas, niños y adolescentes del Distrito de Mi Perú ante las autoridades e instituciones distritales, regionales y nacionales cuando sean requeridos, para abordar temas sobre infancia y adolescencia, en coordinación con la Gerencia de Servicios Sociales, Sub. Gerencia de DEMUNA. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Desarrollo Humano, brindar las facilidades con recursos necesarios y asistir técnicamente al CCONNA - Mi Perú para el cumplimento de sus funciones. Artículo Sexto.- RECONOCER LA CONFORMACIÓN DEL PRIMER CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE MI PERÚ - CCONNA MI PERÚ, para el periodo 2016- 2018, elegidos democráticamente con fecha 05 de octubre de 2016, así como a los representantes distritales ante el CCONNA CALLAO (regional), cuya relación se adjunta en anexo. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde ANEXO ORDENANZA DE CONSTITUCION Y RECONOCIMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE NIÑAS Y NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE MI PERU CONNA - Mi Perú PRIMER CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE MI PERU, PERIODO 2016-2018 Nº NOMBRES Y APELLIDOS PUESTO CARGO 1 Daniel Anthony Astete Cadenas TITULAR Coordinador General 2 Rosmery Neysha Rojas Bedón SUPLENTE Coordinador General 3 Yeremis María Ames Trigozo TITULAR Sub Coordinador 4 Bryan Alexander Caicedo Liza SUPLENTE Sub Coordinador 5 Sharlot Geraldine Lazaro Baltazar TITULAR Coordinador de Actas 6 Christian Antonio Rojas Cruz SUPLENTE Coordinador de Actas 7 Marlon Buendía Trujillo TITULAR Coordinador de Organizaciones 8 Wendy Mirella Medina Flores SUPLENTE Coordinador de Organizaciones REPRESENTANTES ANTE EL CONSEJO CONSULTIVO REGIONAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA REGION CALLAO - CCONNA CALLAO Nº NOMBRES Y APELLIDOS PUESTO CARGO 1 Aldo del Rosario Tuanama TITULAR Coordinador General 2 Jade Kariño Salazar Condori TITULAR Sub Coordinador 3 Jordán Javier Rojas Ventura TITULAR Coordinador de Actas 4 Jazmín Guadalupe Sánchez Ledesma TITULAR Coordinador de Organizador 1468926-1 Prohíben la quema de muñecos, llantas, artículos pirotécnicos y otros que contaminen en la vía pública en las Fiestas Navideñas y de Año Nuevo en el distrito ORDENANZA Nº 043-MDMP Mi Perú, 16 de diciembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: Los Informes Ns. 083 y 092-2016-MDMP/SGCGA- SGSALP, de la Subgerencia de Saneamiento Ambiental y Limpieza Pública, los Informes Ns. 823 y 829-2016-MDMP/ GSC, emitido por el Gerente de Servicios a la Ciudad, el informe N° 304-2016/MDMP/GAJ, presentado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Dictamen Conjunto N° 002-2016-CSC-CSyMA-MDMP, de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Comisión de Salud y Medio Ambiente. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional,