Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 277

El Peruano / Sábado 31 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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ORDENANZA DE CONSTITUCION Y RECONOCIMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE NIÑAS Y NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE MI PERÚ CCONNA - MI PERÚ Artículo Primero.- APROBAR, LA CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE MI PERÚ, BAJO LAS SIGLAS CCONNA ­ MI PERÚ, como un espacio de participación de carácter consultivo de niñas, niños y adolescentes a nivel distrital, que tiene como objetivo lograr que sus iniciativas puedan ser debidamente canalizadas para favorecer su desarrollo integral, siendo su finalidad la de proponer, coordinar y participar en la formulación de políticas públicas distritales sobre infancia y adolescencia. Artículo Segundo.- El Consejo Consultivo Distrital de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Mi Perú, CCONNA ­ Mi Perú, está constituido por dos Sub Consejos Consultivos: Sub Consejo Consultivo Distrital de Niñas, y Niños representado por niñas y niños de 8 a 12 años de edad, elegidos democráticamente, titulares y alternos integrado por 04 Niños y Niñas: 02 Titulares y 02 Suplentes, y el Sub Consejo Consultivo Distrital de Adolescentes representado por adolescentes de ambos sexos de 13 a 16 años de edad, elegidos democráticamente, titulares y alternos integrado por 08 Adolescentes: 04 Titulares y 04 Suplentes. Cada Sub Consejo Consultivo, elige a su Equipo Coordinador, de acuerdo a la siguiente estructura: - Un representante, quien lo presidirá. - Un representante, quien ejercerá la secretaria técnica. - Representantes consejeros. Artículo Tercero.- La vigencia del Consejo Consultivo Distrital de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Mi Perú, CCONNA ­ Mi Perú, será por el periodo de dos años, culminado su ejercicio, la Gerencia de Desarrollo Humano llevará a cabo el proceso de elección democrática para un nuevo periodo. Artículo Cuarto.- Funciones del Consejo Consultivo Distrital: - Elaborar y presentar propuestas de políticas en materia de infancia y adolescencia ante la Alcaldía de la Municipalidad Distrital de Mi Perú. - Emitir opinión sobre todas las consultas que le realicen en materia de políticas sobre infancia y adolescencia. - Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y políticas que los afecten y les sea pertinente, a través de una Declaración ante el Alcalde, quien lo trasladará a la instancia competente. - Difundir y promover los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes en coordinación con la Sub Gerencia de DEMUNA. - Representar a las niñas, niños y adolescentes del Distrito de Mi Perú ante las autoridades e instituciones distritales, regionales y nacionales cuando sean requeridos, para abordar temas sobre infancia y adolescencia, en coordinación con la Gerencia de Servicios Sociales, Sub. Gerencia de DEMUNA. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Desarrollo Humano, brindar las facilidades con recursos necesarios y asistir técnicamente al CCONNA - Mi Perú para el cumplimento de sus funciones. Artículo Sexto.- RECONOCER LA CONFORMACIÓN DEL PRIMER CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE MI PERÚ - CCONNA MI PERÚ, para el periodo 20162018, elegidos democráticamente con fecha 05 de octubre de 2016, así como a los representantes distritales ante el CCONNA CALLAO (regional), cuya relación se adjunta en anexo. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde ANEXO ORDENANZA DE CONSTITUCION Y RECONOCIMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE NIÑAS Y NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE MI PERU CONNA - Mi Perú PRIMER CONSEJO CONSULTIVO DISTRITAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE MI PERU, PERIODO 2016-2018
Nº 1 2 3 4 5 6 NOMBRES Y APELLIDOS Daniel Anthony Astete Cadenas Rosmery Neysha Rojas Bedón Yeremis María Ames Trigozo Bryan Alexander Caicedo Liza Sharlot Geraldine Lazaro Baltazar Christian Antonio Rojas Cruz PUESTO TITULAR SUPLENTE TITULAR SUPLENTE TITULAR SUPLENTE CARGO Coordinador General Coordinador General Sub Coordinador Sub Coordinador Coordinador de Actas Coordinador de Actas Coordinador de TITULAR Organizaciones Coordinador de SUPLENTE Organizaciones

7 Marlon Buendía Trujillo 8 Wendy Mirella Medina Flores

REPRESENTANTES ANTE EL CONSEJO CONSULTIVO REGIONAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA REGION CALLAO - CCONNA CALLAO
Nº 1 2 3 4 NOMBRES Y APELLIDOS Aldo del Rosario Tuanama Jade Kariño Salazar Condori Jordán Javier Rojas Ventura Jazmín Guadalupe Sánchez Ledesma PUESTO TITULAR TITULAR TITULAR TITULAR CARGO Coordinador General Sub Coordinador Coordinador de Actas Coordinador de Organizador

1468926-1

Prohíben la quema de muñecos, llantas, artículos pirotécnicos y otros que contaminen en la vía pública en las Fiestas Navideñas y de Año Nuevo en el distrito
ORDENANZA Nº 043-MDMP Mi Perú, 16 de diciembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: Los Informes Ns. 083 y 092-2016-MDMP/SGCGASGSALP, de la Subgerencia de Saneamiento Ambiental y Limpieza Pública, los Informes Ns. 823 y 829-2016-MDMP/ GSC, emitido por el Gerente de Servicios a la Ciudad, el informe N° 304-2016/MDMP/GAJ, presentado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Dictamen Conjunto N° 002-2016-CSC-CSyMA-MDMP, de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Comisión de Salud y Medio Ambiente. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional,

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