Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 282

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NORMAS LEGALES

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter confiscatorio; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 033-2016-AL/ CPB, se aprueba estructura de Costos y los Criterios de Distribución, para la Determinación de Tasa de Arbitrios Municipales para el año 2017, que comprende los servicios de Limpieza Pública, Mantenimiento de Parques y Jardines y Serenazgo, que brinda la Municipalidad Provincial de Barranca; pero sin embargo no se estableció la Subvención por parte de la Entidad. Que, los arbitrios municipales por tratarse de servicios esenciales de carácter municipal atienden simultáneamente al interés particular y general, por consiguiente, los Gobiernos locales no pueden eludir su obligatoriedad de prestación, y en esa medida por tratarse de servicios que benefician a toda la comunidad, hace recaer de manera indiscriminada la mayor carga tributaria por efectos de costos reales o reducción de arbitrios municipales por casos excepcionales únicamente el Sector de Contribuyentes, lo que podría generar un desbalance en su capacidad contributiva y puntualidad de pago; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º, numeral 8), 39° y 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el voto UNÁNIME de los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, se aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA SUBVENCIÓN DEL COSTO DE ARBITRIOS MUNICIPALES QUE RESULTE DE LA APLICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 032-2016-AL/CPB Articulo 1º.- APROBAR, la Subvención del Costo de Arbitrios Municipales, que resulte de la aplicación de la Ordenanza Municipal N° 032-2016-AL/CPB, que aprueba la Estructura de Costos, Tarifa y los Criterios de Distribución, para la Determinación de la Tasa de Arbitrios Municipales para el año 2017; hasta por el importe que vienen pagando los contribuyentes en el año fiscal 2016. Articulo 2º.- APROBAR, las tarifas subvencionadas para el periodo 2017, las cuales forman parte del anexo de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- PUBLÍQUESE, la presente norma local en el Diario Oficial "El Peruano", en el Portal Institucional www.munibarranca.aob.pe/ y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley N° 29091. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTAR, al señor Alcalde dictar las disposiciones complementarias necesarias, mediante Decreto de Alcaldía, para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza así como la ampliación de su vigencia. Segunda.- ENCARGAR, a Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas y la Sub Gerencia de Estadística y Sistemas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los 23 días del mes de Diciembre del año Dos Mil Dieciséis. JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 1469086-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: Los Informes Nº 172-2016-SGC/BRFA-MPB, Nº 321-2016-SGC/BRFA-MPB y Nº 385-2016-SGC/BRFAMPB emitidos por la Subgerencia de Comercialización, y los Memorándum Nº 136-2016-GSP/MAC-MPB y Nº 243-2016-GSP/MAC-MPB, emitido por la Gerencia de Servicios Públicos, el Informe Legal N° 1368-2016-GAJMPB, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el DECRETO DE ALCALDÍA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN O INCORPORACIÓN DE NUEVAS INFRACCIONES AL CUADRO DE INFRACCIONES ESCALA DE MULTAS Y MEDIDAS COMPLEMENTARIAS, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 014-2014-AL/CPB, y modificado por Ordenanza Nº 10-2015-AL/CPB; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Art. 194°, reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precepto constitucional establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con fecha 21 de Diciembre del 2014, se publica en el Diario El Peruano, la Ordenanza Municipal Nº 0142014-AL/CPB, que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones ­ RAS y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS); asimismo, con fecha 01 de Mayo del 2015 se publica en el referido Diario, la Ordenanza Municipal Nº 010-2015-AL/CPB, que modifica el Reglamento de Aplicación de Sanciones ­ RAS. Que, la Ordenanza que modifica el RAS, en su Art. 3°, Incorpora a la Ordenanza Municipal Nº 014-2014AL/CPB, lo siguiente: DISPOSICIONES FINALES: (...) Segunda.- "FACÚLTESE, al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda modificar, o incorporar, nuevas infracciones al Cuadro de infracciones Escala de Multas y Medidas Complementarias introduciendo las especificaciones o graduaciones que contribuyan a la más correcta identificación de las conductas o a la precisa determinación de las sanciones correspondientes, la misma que deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano u en uno de mayor circulación local, a efectos de que se encuentre incorporada a derecho". Que, a través de informe de vistos, la Gerencia de Servicios Públicos, hace suyo el informe de la Sub Gerencia de Comercialización, en el cual se realiza una serie de sugerencias, respecto a la necesidad de incluir nuevos códigos en el CUIS, por lo que, se solicita la incorporación de algunas infracciones, a fin de coadyuvar su aplicación efectiva. En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del Artículo 20º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo 1°.- MODIFICAR E INCORPORAR, al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Provincial de Barranca, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2014-AL/CPB, las infracciones señaladas en el anexo único que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2°.- PUBLICAR, el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y el CUIS en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Barranca, (www.munibarranca.gob.pe). Artículo 3°.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 1468973-1

Modifican el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 014-2014-AL/CPB
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2016-AL/MPB Barranca, 7 de setiembre del 2016

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