Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2016 (24/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Domingo 24 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

594399

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 111-2016-PROMPERÚ/SG Lima, 15 de julio de 2016 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha contemplado participar en el "Virtuoso Travel Week 2016", que se realizará en la ciudad de Las Vegas, Nevada, Estados Unidos de América, del 6 al 12 de agosto de 2016, dirigido a agencias de viaje de ofertas de lujo, con la finalidad de fomentar negociaciones directas para comercialización de nuestro destino en el segmento de altos ingresos económicos; Que, es importante la participación porque permitirá contactar y actualizar a más de mil agentes de viaje de la red virtuoso sobre la variada oferta turística que el Perú ofrece, con énfasis en el turismo de lujo; además de conocer las nuevas tendencias, estilos de viaje y expectativas de los consumidores finales; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción del Turismo de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior de las señoras Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim y Cecilia Milagros Berrocal Pérez Albela, quienes prestan servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Las Vegas, Estados Unidos de América, para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú; Que, la Ley N° 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de las señoras Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim y Cecilia Milagros Berrocal Pérez Albela, a la ciudad de Las Vegas, Estados Unidos de América, del 4 al 13 de agosto de 2016, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante el evento a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos N° Total Clase Económica día días Viáticos US $ Martha Elisabeth Quezada Bamberger 1 079,00 440,00 8 3 520,00 de Hakim Cecilia Milagros Berrocal Pérez Albela 1 079,00 440,00 8 3 520,00 Nombres y apellidos

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante los eventos al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1407921-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban el Reglamento Aduanero y Tributario del Curso

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 176-2016/SUNAT Lima, 22 de julio de 2016 VISTO El Informe Nº 01-2016-SUNAT/1S5000 emitido por la Gerencia de Formación Interna del Instituto Aduanero y Tributario; CONSIDERANDO: Que según la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29816, la SUNAT deberá implementar las medidas que resulten necesarias para mejorar la productividad y rendimiento de sus trabajadores y que en sus planes y programas deberá contemplar los mecanismos necesarios para mejorar la eficiencia y eficacia de sus procesos internos; Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61º-A del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias, el Instituto Aduanero y Tributario se encarga de realizar los cursos para el ingreso de personal profesional a la institución, en concordancia con las estrategias y políticas institucionales; Que según el inciso f) del artículo 61º-B del citado Reglamento, el Instituto Aduanero y Tributario propone las disposiciones normativas internas relacionadas a su competencia, evaluando la mejora de los procesos a su cargo; Que conforme se indica en el Informe Nº 01-2016-SUNAT/1S5000 emitido por la Gerencia de Formación Interna del Instituto Aduanero y Tributario, resulta necesario contar con un Reglamento que regule

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