Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2016 (29/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de junio de 2016 /

El Peruano

así, en la presente asignación de plaza al magistrado solicitante señor Elio Duval Vásquez Rodríguez, se cumple el segundo requisito, referente a mantener el nivel y la especialidad de la plaza del juez. Sexto. Que, del análisis de los presentes actuados, en ejercicio del correspondiente control de legalidad respecto a la asignación de plaza al magistrado Elio Duval Vásquez Rodríguez, en el marco del traslado del Juzgado Especializado en lo Civil de Mollendo al Sexto Juzgado de Trabajo de Arequipa con competencia en procesos contencioso administrativos, materia de la Resolución Administrativa N° 002-2015-CED-CSJAR/PJ, remitida conjuntamente con sus antecedentes, como lo dispone el artículo 6° del Reglamento de Traslados de Jueces del Poder Judicial, se comprueba que el Consejo Ejecutivo Distrital de Arequipa ha actuado dentro de sus facultades y, conforme a lo ordenado en la Resolución Administrativa N° 106-2013-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respecto a la asignación de plaza de igual jerarquía y especialidad a favor del señor Vásquez Rodríguez; siendo ello así, corresponde ratificar la citada Resolución Administrativa N° 002-2015-CED-CSJAR-PJ. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 516-2016 de la vigésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidias Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz; de conformidad con el informe del señor De Valdivia Cano, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.Ratificar la Resolución Administrativa N° 002-2015-CED-CSJAR-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que resuelve asignar la plaza de Juez del Sexto Juzgado de Trabajo de Arequipa con competencia en procesos contencioso administrativos, al señor magistrado Elio Duval Vásquez Rodríguez; ello en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 106-2013-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al señor Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; Gerencia General del Poder Judicial; y al juez recurrente, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1398142-1

CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana, en mérito del Informe N° 001-2015-ODAJUPCSJSU/PJ y Oficio N° 033-2015-ODAJUP-CSJSU/PJ, de la Coordinadora de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial, y la solicitud presentada por autoridades y pobladores del distrito de Lobitos, propone la creación de un Juzgado de Paz en el Distrito de Lobitos, Provincia de Talara y Región de Piura, Distrito Judicial de Sullana. Segundo. Que los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que, evaluando la realidad de la población del referido distrito, la distancia de los órganos jurisdiccionales más próximos; y la finalidad del Estado de hacer más accesible el servicio de administración de justicia en los sectores de menores recursos, más aún si el acceso a la justicia es considerado como el derecho de las personas, sin distinción de sexo, raza, edad, identidad sexual, ideología política o creencias religiosas, a obtener una respuesta satisfactoria a sus necesidades por medio de toda clase de mecanismo eficaz que permita solucionar un conflicto; es oportuno y viable la creación de un juzgado de Paz en el Distrito de Lobitos, Provincia de Talara y Región de Piura. Cuarto. Que, siendo así, y teniendo en cuenta que dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, se encuentra eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país; así como brindar un servicio de justicia en forma rápida y eficaz; resulta procedente la creación del órgano jurisdiccional propuesto. Quinto. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 539-2016 de la vigésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, de conformidad con el informe de la señora Consejera Vera Meléndez; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Distrito de Lobitos, Provincia de Talara y Región Piura del Distrito Judicial de Sullana. Artículo Segundo.- Los límites geográficos del órgano jurisdiccional materia de creación son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1398142-2

Crean Juzgado de Paz en el distrito de Lobitos, provincia de Talara y Región Piura, Distrito Judicial de Sullana
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 145-2016-CE-PJ Lima, 15 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio N° 1961-2015-P-CSJSU-PJ y N° 3215-2015-P-CSJSU-PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana; y el Informe N° 001-2015-ODAJUP-CSJSU/PJ y Oficio N° 033-2015-ODAJUP-CSJSU/PJ, remitidos por la Coordinadora de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz (ODAJUP) de la referida sede judicial.

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